Municipalidad Distrital de Grocio Prado
ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2023-MDGP
Grocio
Prado, 26 de enero de 2023
EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO
VISTO:
La
Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2023; El Informe N°
003-2023-SGAT-GM-MDGP de fecha 09 de enero del 2023, emitido por la Sub
Gerencia de Administración Tributaria, remite la propuesta del Proyecto de
“Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023 del distrito de Grocio
Prado - Chincha”; Memorándum N°
190-2023-MDGP/GM, emitido por la Gerencia Municipal; Opinión Legal N°
003-2023-MDGP/SGAJ de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto
de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023 del Distrito de Grocio
Prado - Chincha”; Memorándum N° 247-2023-MDGP/GM emitido por la Gerencia
Municipal y;
CONSIDERANDO:
Que,
conformidad con el artículo 194° y 1° de la Constitución Política del Perú,
reconoce de los Gobiernos Locales autonomía política, económica y
administrativa en los ámbitos de su competencia; además de administrar sus
bienes y rentas; crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios,
licencias y derechos municipales conforme a Ley.
Que,
el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, señala que
los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos
de interés público vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano
de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o
norma institucional;
Que,
el artículo 15° del T.U.O. de la Ley Tributación Municipal, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 156-2004-EF, señala que el Impuesto Predial, podrá
cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada
año. En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso,
la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y
deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas
restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto
y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del
índice de precios al por mayor (IPM) que publica el (INEI), por el periodo comprendido
desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes procedente al
pago.
Que,
mediante Informe N° 003-2023-SGAT-GM-MDGP de fecha 09 de enero del 2023, la Sub
Gerencia de Administración Tributaria, presenta el proyecto de “Ordenanza que
fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
para el Ejercicio Fiscal 2023” en el Distrito de Grocio Prado – Chincha, en el
cual se fija el vencimiento para el pago del Impuesto predial y Arbitrios
Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023, conforme lo establecido en el
artículo 15° del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 156-2004-EF.
Que
mediante Opinión Legal N° 003-2023-MDGP/SGAJ, de fecha 11 de enero del 2023, la
Sub Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad, es de opinión declarar
VIABLE el Proyecto de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de
Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023” en el
Distrito de Grocio Prado, debiendo proceder la Sub Gerencia de Secretaria
General con agendar la propuesta presentada, para su debate,
aprobación o denegatoria ante el pleno del Concejo Municipal, de acuerdo a las
atribuciones conferidas en el artículo 9° de la Ley Nª 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.
Que,
en Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2023, en la estación Orden del
Día, los integrantes del Concejo Municipal, procedieron al debate en relación
al Proyecto de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial
y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023” en el Distrito de Grocio
Prado, conforme lo establecido en el artículo 15° del T.U.O. de la Ley de
Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF.
Estando
a lo dispuesto en el Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y
con el voto UNANIME de los Señores Regidores y con la dispensa del Trámite de
lectura y aprobación de acta, se aprobó lo siguiente:
ACUERDO:
ARTÍCULO
PRIMERO. – APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA LOS VENCIMIENTOS PARA EL
PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023,
EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO – CHINCHA
ARTÍCULO
SEGUNDO. – ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Social,
Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y más dependencias competentes el fiel
cumplimiento del presente Acuerdo procediendo conforme a sus funciones acorde a
Ley.
ARTÍCULO
TERCERO. - ENCARGAR a la Secretaria General, la notificación y trámite
respectivo del presente procedimiento.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
VICTOR
HUGO PACHAS MORAN
ALCALDE
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