martes, 11 de abril de 2023

Municipalidad Distrital de Grocio Prado ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-

 

    Municipalidad Distrital de Grocio Prado

    ACUERDO DE CONCEJO Nº 006-2023-MDGP

 

Grocio Prado, 26 de enero de 2023

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE GROCIO PRADO

VISTO:

La Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2023; El Informe N° 003-2023-SGAT-GM-MDGP de fecha 09 de enero del 2023, emitido por la Sub Gerencia de Administración Tributaria, remite la propuesta del Proyecto de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023 del distrito de Grocio Prado - Chincha”;  Memorándum N° 190-2023-MDGP/GM, emitido por la Gerencia Municipal; Opinión Legal N° 003-2023-MDGP/SGAJ de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre el proyecto de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023 del Distrito de Grocio Prado - Chincha”; Memorándum N° 247-2023-MDGP/GM emitido por la Gerencia Municipal y;

CONSIDERANDO:

Que, conformidad con el artículo 194° y 1° de la Constitución Política del Perú, reconoce de los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los ámbitos de su competencia; además de administrar sus bienes y rentas; crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley.

Que, el artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, señala que los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidas a asuntos específicos de interés público vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el artículo 15° del T.U.O. de la Ley Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, señala que el Impuesto Predial, podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año. En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del índice de precios al por mayor (IPM) que publica el (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes procedente al pago.

Que, mediante Informe N° 003-2023-SGAT-GM-MDGP de fecha 09 de enero del 2023, la Sub Gerencia de Administración Tributaria, presenta el proyecto de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023” en el Distrito de Grocio Prado – Chincha, en el cual se fija el vencimiento para el pago del Impuesto predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023, conforme lo establecido en el artículo 15° del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF.

Que mediante Opinión Legal N° 003-2023-MDGP/SGAJ, de fecha 11 de enero del 2023, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad, es de opinión declarar VIABLE el Proyecto de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023” en el Distrito de Grocio Prado, debiendo proceder la Sub Gerencia de Secretaria General  con agendar  la propuesta presentada, para su debate, aprobación o denegatoria ante el pleno del Concejo Municipal, de acuerdo a las atribuciones conferidas en el artículo 9° de la Ley Nª 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de enero del 2023, en la estación Orden del Día, los integrantes del Concejo Municipal, procedieron al debate en relación al Proyecto de “Ordenanza que fija los vencimientos para el Pago de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2023” en el Distrito de Grocio Prado, conforme lo establecido en el artículo 15° del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF.

Estando a lo dispuesto en el Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y con el voto UNANIME de los Señores Regidores y con la dispensa del Trámite de lectura y aprobación de acta, se aprobó lo siguiente:

ACUERDO:

ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA LOS VENCIMIENTOS PARA EL PAGO DE IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2023, EN EL DISTRITO DE GROCIO PRADO – CHINCHA

ARTÍCULO SEGUNDO. – ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Desarrollo Urbano y más dependencias competentes el fiel cumplimiento del presente Acuerdo procediendo conforme a sus funciones acorde a Ley.

ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la Secretaria General, la notificación y trámite respectivo del presente procedimiento.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

VICTOR HUGO PACHAS MORAN

ALCALDE

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