jueves, 2 de marzo de 2023

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE HUACARPANA ORDENANZA MUNICIPAL

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE HUACARPANA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº001-2023-MDSPH

San Pedro de Huacarpana, 15 de febrero del 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PEDRO DE HUACARPANA

POR CUANTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de febrero del 2023.

VISTO

El Acuerdo de Concejo Nº009-2023-MDSPH que aprueba la Ordenanza que aprueba el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 del distrito de San Pedro de Huacarpana, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su Artículo II del Título Preliminar, que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, mediante Ley N°27933, Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y sus modificatorias, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana-SINASEC, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana para garantizar la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, en el marco de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; asimismo, el literal d) del artículo 4° del citado cuerpo legal, señala que son instancias integrantes del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana;

Que, el Decreto Supremo Nº010-2019-IN, que modifica el Reglamento de la Ley N°27933, Ley del SINASEC, aprobado por el Decreto Supremo N°011-2014-IN, en su Artículo 30° señala que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana-CODISEC, cuenta con una Secretaria Técnica como órgano técnico; y entre sus funciones señala que presenta ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana-CODISEC la propuesta de los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana en sus respectivas jurisdicciones

Que, mediante expediente administrativo N°0120-2023 (Oficio N°009-2023-P-COPROSEC-CHINCHA), de la Municipalidad Provincial de Chincha informa que el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 del distrito de San Pedro de Huacarpana, se encuentra APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN, habiendo sido revisado por el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana – COPROSEC.

Que, con fecha 14 de febrero 2023 en Sesión Ordinaria de Concejo, fue debatido el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 del distrito de San Pedro de Huacarpana, conforme a las disposiciones contenidas en las “Orientaciones para la formulación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023”.

Estando a los fundamentos antes expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40º de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 DEL DISTRITO DE SAN PEDRO DE HUACARPANA

ARTÍCULO 1°.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 del DISTRITO DE SAN PEDRO DE HUACARPANA, el que como ANEXO I forma parte integrante de la presente ordenanza, en cumplimiento de lo establecido en la Ley N°27933 – Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, de conformidad a las consideraciones antes expuestas.

ARTÍCULO 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Unidad de Seguridad Ciudadana, y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo municipal.

ARTÍCULO 3°.- ENCARGAR a Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en un diario local de mayor circulación.

POR TANTO:

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

NOEL GUZMAN VILLEGAS FUENTES

ALCALDE

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