viernes, 18 de noviembre de 2022

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA ORDENANZA MUNICIPAL

 

           MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO -  CHINCHA

             ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2022/MDPN

Pueblo Nuevo, 26 de octubre de 2022.

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA.

POR CUANTO:

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO.

VISTO:

En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 24 de octubre de 2022;  el Informe N° 017-2022-MDPN-GM/ECR, presentado por la Gerencia Municipal mediante el que remite la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO – PDLC 2022 AL 2033, DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – PROVINCIA DE CHINCHA – REGIÓN ICA”;  el Informe Legal N° 0158-2022-MDPN-SGAJ/GHA, presentado por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 1, del artículo 9 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y su modificatoria aprobada mediante Ley N° 31433; señala que es atribución del Concejo Municipal: “APROBAR LOS PLANES DE DESARROLLO MUNICIPAL CONCERTADOS Y EL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO”; asimismo, el numeral 8, precisa que corresponde al concejo: “APROBAR, MODIFICAR O DEROGAR LAS ORDENANZAS Y DEJAR SIN EFECTO LOS ACUERDOS”;

Que, el artículo 42 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que es competencia exclusiva de las municipalidades planificar y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción y ejecutar los planes correspondientes.

Que, el Plan de Desarrollo Local Concertado – PDLC 2022 al 2033, del Distrito de Pueblo Nuevo – Provincia de Chincha – Región Ica, tiene como antecedente directo el Plan de Desarrollo Concertado 2009 - 2021 del Distrito de Pueblo Nuevo, realizado por la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, documento evidentemente ya desfasado, por lo que en la condición de Distrito deviene imperativo que se proyecte el nuevo Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Pueblo Nuevo hacia el 2033, tomando como base la normatividad y directivas metodológicas recientemente aprobadas, todo el proceso en armonía con el Plan de Desarrollo Local Concertado de la Provincia de Chincha, el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Ica, y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional Perú al 2050.

Que, por Decreto Supremo N° 095-2022-PCM, publicado en el Diario “El Peruano” con fecha 28 de julio de 2022, se aprueba el “PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO NACIONAL AL 2050” y, se dispone que todas las entidades que integran el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico articulan sus Planes Estratégicos a los Objetivos Nacionales, Objetivos Específicos y a las Acciones Estratégicas previstas en el Plan (…);

Que, el Decreto Legislativo N° 1088 - Ley de Creación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, dispone que el CEPLAN es el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y que sus competencias son de alcance nacional, teniendo como funciones desarrollar metodologías e instrumentos técnicos para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, los Planes Estratégicos Regionales y Locales, así como expedir las normas que corresponda para el adecuado funcionamiento del sistema en los tres niveles de gobierno.

Que, el artículo 5 de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00008-2022/CEPLAN/PCD, dispone que los gobiernos regionales y gobiernos locales a nivel provincial y distrital, inicien la formulación de sus planes de desarrollo concertado con un horizonte del 2023 al 2033; de ser el caso en que los territorios culminen el proceso de formulación del Plan de Desarrollo Concertado antes de junio del presente año, el horizonte temporal del plan deberá ser del 2022 al 2032;

Que, el primer párrafo del artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y su modificatoria, prescribe: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”;

Que, a través del Informe N° 017-2022-MDPN-GM/ECR, de fecha 14 de octubre de 2022,  la Gerencia Municipal remite al despacho de Alcaldia la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO – PDLC 2022 AL 2033, DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – PROVINCIA DE CHINCHA – REGIÓN ICA”, debiendo ser aprobado por el concejo municipal conforme al ámbito de sus atribuciones establecidas en el artículo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Informe Legal N° 0158-2022-MDPN-SGAJ/GHA, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión PROCEDENTE la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el “PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO – PDLC 2022 AL 2033, DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – PROVINCIA DE CHINCHA – REGIÓN ICA”;  debiéndose remitir los actuados al pleno del concejo municipal para su debate y aprobación,

 

conforme a sus atribuciones conferidas en el numeral 1 y 8 del artículo 9° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

En uso de las atribuciones conferidas en los incisos 1 y 8, del artículo 9 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 24 de octubre de 2022, aprobó por MAYORIA, la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO – PDLC 2022 AL 2033, DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – PROVINCIA DE CHINCHA – REGIÓN ICA.

Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO – PDLC 2022 AL 2033, DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – PROVINCIA DE CHINCHA – REGIÓN ICA, que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- ESTABLECER que si bien el PLAN DE PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO – PDLC 2022 AL 2033, DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – PROVINCIA DE CHINCHA – REGIÓN ICA, ha sido aprobado en el mes de octubre de 2022, su vigencia, temporalidad y horizonte de evaluación corresponde al PERIODO 2023 AL 2033.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la ejecución de las acciones que correspondan para el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Cuarto.- DERÓGUESE todo dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza Municipal en el Diario de mayor circulación local, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo - Chincha: http: //www.munipueblonuevochincha.gob.pe, debiéndose cumplir con su difusión en el ámbito jurisdiccional del Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha

Artículo Sexto. - La presente Ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.

Bertha Rosalyn Peña Ormeño

ALCALDESA

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