MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUEBLO NUEVO
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 005-2022/MDPN
Pueblo Nuevo, 14 de setiembre de 2022.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA.
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nro. 006-2022/MDPN; el Informe N° 0211-2022-SGR-GM-MDPN,
emitido por la Sub Gerencia de Rentas; el Informe Legal N°
0138-2022-MDPN-SAJ/GHA, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum
N° 4180-2022/GM/MDPN/ECR, de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada
por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, precisa que las
Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local
con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía que
la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades y su modificatoria aprobada mediante Ley N° 31433, establece
que es Atribución del Alcalde: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con
sujeción a las leyes y ordenanzas”, concordante con el segundo párrafo del
artículo 39° de la misma base legal, que refiere: “El alcalde ejerce las funciones
ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de
alcaldía. (…)”;
Que, el artículo 42 del mismo marco normativo, señala que: “Los decretos
de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas,
sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente
administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de
interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 006-2022/MDPN, de fecha 31 de marzo
de 2022, se aprueba el programa de beneficios tributarios 2022, denominado:
“DEUDA CERO”, en el Distrito de Pueblo Nuevo - Chincha, el mismo que se
encuentra vigente a partir del lunes 04 de abril hasta el jueves 30 de junio de
2022 y, que a través de su Única Disposición Complementaria, faculta a la Sra.
Alcaldesa, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias que se requieran, así como prorrogar la vigencia de la presente
Ordenanza Municipal, con la finalidad de cumplir con los objetivos trazados;
Que, mediante Decreto Supremo N° 108-2022-PCM, publicada en el Diario “El
Peruano” de fecha 28 de agosto de 2022, se declara: “Prorrogar el Estado de
Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 016-2022-PCM,
prorrogado por Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, Decreto Supremo N°
041-2022-PCM, Decreto Supremo N° 058-2022-PCM, Decreto Supremo N° 076-2022-PCM
y Decreto Supremo N° 092-2022-PCM, por el plazo de treinta y tres (33) días
calendario, a partir del 29 de agosto de 2022, por las graves circunstancias
que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19”;
Que, mediante Informe N° 0211-2022-SGR-GM-MDPN, de fecha 12 de setiembre
de 2022, la Sub Gerencia de Rentas señala que la ampliación de la vigencia de
la Ordenanza Municipal N° 006-2022/MDPN, aprobada mediante Decreto de Alcaldía
N° 003-2022/MDPN, se encuentra próxima a su fecha límite, esto es, hasta el día
viernes 30 de setiembre de 2022; y habiéndose extendido el Estado de Emergencia
Nacional mediante Decreto Supremo N° 108-2022-PCM, a partir del 29 de agosto de
2022, por las graves circunstancias que afectan la vida y salud de las personas
como consecuencia de la COVID-19”; ha dado como consecuencia la dificultad de
los contribuyentes para poder movilizarse y acogerse a la realización y
cumplimiento de lo aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 006-2022/MDPN; por
lo que viendo esta necesidad de los contribuyentes, presenta la propuesta del
proyecto de Decreto de Alcaldía para la ampliación de la vigencia de dicha
Ordenanza Municipal, a partir del lunes 03 de octubre hasta el día Viernes, 30
de diciembre de 2022;
Que, a través del
Informe Legal N° 0138-2022-MDPN-SAJ/GHA, de fecha 13 de septiembre de 2022, la
Sub. Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión PROCEDENTE la propuesta
presentada por la Sub Gerencia de Rentas para la AMPLIACIÓN de la vigencia de
la Ordenanza Municipal N° 006-2022-MDPN, a partir del lunes 03 de octubre hasta
el día Viernes, 30 de diciembre de 2022; la misma que deberá ser aprobada a
través de Decreto de Alcaldía por parte del titular de la entidad, conforme a
sus atribuciones establecidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley
Orgánica de Municipalidades;
Estando a lo
expuesto en los informes de vistos, a las facultades conferidas en la Única
Disposición Complementaria de la Ordenanza Municipal N° 006-2022/MDPN y, a las
atribuciones establecidas en el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° de
la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades;
SE DECRETA:
Artículo Primero. – AMPLIAR LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N°
006-2022-MDPN, de fecha 31.03.2022, a
partir del día lunes, 03 de octubre hasta el Viernes, 30 de diciembre de 2022;
en merito a la Única Disposición Complementaria establecida en la referida
norma municipal.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Sub Gerente de
Rentas, y demás Unidades Orgánicas competentes el cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía; a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones,
cumplir con la difusión dentro de la jurisdicción del Distrito de Pueblo Nuevo
para conocimiento de la Población y, a la Secretaría General notificar a las
Unidades Orgánicas para los fines pertinentes.
Artículo Tercero. – PUBLIQUESE el presente Decreto de Alcaldía en el
Diario Oficial de mayor circulación local, y en el Portal Institucional de la
Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo - Chincha:
http://www.munipueblonuevochincha.gob.pe.
Regístrese,
Comuníquese, Publíquese Y Cúmplase.
Bertha Rosalyn Peña Ormeño
ALCALDESA
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