La aplicación de la vacuna está dirigida a personas
con mayor riesgo a desarrollar gravemente la enfermedad
El Ministerio de Salud (Minsa), a través de la
Resolución Ministerial N° 823-2022/-MINSA, aprobó la Norma Técnica de Salud N°
193-MIN-SA/DGIESP-2022 que establece la vacunación contra la viruela del mono
(virus del Monkeypox), a fin de proteger la vida y la salud de la población
afectada por este virus, en el marco de la estrategia de prevención y control
de la enfermedad inmunoprevenible por vacuna.
En la norma se detalla las disposiciones para las
actividades de vacunación segura, voluntaria y gratuita contra el virus
Monkeypox, para evitar cuadros severos o complicaciones.
Además, en las disposiciones específicas de la norma
técnica se menciona a la vacunación como una de las medidas de prevención de
esta enfermedad.
Con el primer arribo de 5600 dosis de vacunas Jynneos
del laboratorio danés Bavarian Nordic que forman parte de un total de 9800
dosis adquiridas por el Gobierno peruano, se priorizará a las personas viviendo
con VIH.
De acuerdo a un esquema de vacunación y la
disponilidad de la vacuna se irá incluyendo a otros grupos a vacunar como a
personas con conductas sexuales de riesgo (múltiples parejas sexuales o
relaciones sexuales con parejas casuales), lo cual se prioriza a la población
de hombres que tienen sexo con otros hombres (HCH), mujeres transgénero (MT) y
trabajadoras/es sexuales (TS).
Asimismo, al personal de salud que manipula muestras
de la viruela del mono de manera directa y otra población que considere la
Autoridad Nacional de Salud. De igual manera, a personas que han tenido contacto
directo (incluye exposición ocupacional o contacto sexual) con un caso
confirmado de viruela del mono y que presentan un alto riesgo de complicaciones.
La aplicación de la vacuna contra la viruela símica
está dirigida a personas con mayor riesgo a desarrollar gravemente la
enfermedad y en esta primera etapa se empezará con personas viviendo con VIH, y
recibirán dos dosis con intervalo de 28 días (4 semanas).
Por otro lado, la vacunación para este primer grupo
se realizará en los Centros de Atención y Referencia de Infecciones de
Transmisión Sexual y del VIH (Cerits), Centros de Trata-miento antirretroviral
(centros TAR) y en las Unidades de Atención Médica Periódica (UAMPS) de los
establecimientos de salud.
Cabe mencionar que la norma técnica es de aplicación
y cumplimiento obligatorio en todos los establecimientos de salud del Minsa,
del Seguro Social de Salud (EsSalud), de las sanidades de las Fuerzas Armadas y
de la Policía, los gobiernos regionales, entre otros, así como los establecimientos de salud privados que
realicen actividades de vacunación.
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