La capacitación
en enfoque de género será obligatoria para todos los funcionarios y
funcionarias de la administración pública
El diario oficial El Peruano publicó ayer 4 de
agosto el Decreto Supremo N° 010-2022 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables (MIMP) que dispone “la capacitación obligatoria en enfoque de género
para la prevención de la violencia y discriminación por género en la
Administración pública”.
Esta norma tiene
por objeto disponer la capacitación obligatoria en enfoque de género para la
prevención de la violencia y discriminación por género en las entidades de la Administración
pública y las empresas del Estado, coadyuvando a la mejora de las intervenciones
desarrolladas por el Estado en el marco de una gestión pública con igualdad de
género, pertinencia cultural y no discriminación.
Así mismo, en el
Artículo 2 del Decreto Supremo se informa que la Finalidad de esta norma es que
todas las personas que trabajan en entidades públicas, en los tres niveles de
gobierno, así como en las empresas del Estado, cualquiera sea su nivel de
jerarquía, contribuya a la prevención de la violencia y la discriminación por
género en los referidos centros de trabajo promoviendo una cultura de respeto
libre de estereotipos de género que afectan principalmente a las mujeres en su
diversidad, favoreciendo el proceso de transversalización del enfoque de
género.
Entre los puntos más importantes, se destaca
que los/las funcionarios/as, directivos/as y servidores/as civiles, incluyendo
a servidores/as de confianza de las entidades mencionadas deberán aprobar el
taller “Enfoque de género para la toma de decisiones en la gestión pública”, el
mismo que es de carácter obligatorio con una duración no menor de doce horas
académicas. Así mismo, deben participar en cursos de capacitación de al menos
veinticuatro (24) horas académicas en materia de enfoque de género que brinde
la Autoridad Nacional del Servicio Civil.
Finalmente, se
indica que la implementación se desarrollará de manera progresiva, tras un plan
que integra los enfoques transversales de derechos humanos e interculturalidad,
el cual es aprobado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil en el plazo
máximo de ciento veinte (120) días hábiles contados a partir de la entrada en
vigencia del presente Decreto Supremo.
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