La Sala Superior
Mixta y Penal de Apelaciones de Nasca, declaró nula la resolución del Juez
Penal de Investigación Preparatoria de de Marcona, que había rechazado el
pedido fiscal de prisión preventiva contra Elmo Fares Pacheco Jurado, en la
investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la
Administración Pública – Cohecho Pasivo Propio en agravio del Estado.
El Superior
Colegiado dispuso que otro Juez de Investigación Preparatoria emita nuevo
pronunciamiento, previa audiencia de prisión preventiva.
La citada Sala
Superior señala en su auto de vista, que la resolución venida en grado de
apelación, ha sido emitida con motivación aparente que es el equivalente a
falta de motivación, aunado a ello, se ha trastocado el derecho a la prueba
al no haberse valorado los elementos de convicción introducido debidamente al
proceso penal, derechos constitucionales de orden procesal que se encuentran
previstos en el inciso 3 y 5 del artículo 139 de la Constitución.
Como es de
conocimiento, el titular de la acción penal, en su requerimiento fiscal,
atribuye a Elmo Fares Pacheco Jurado en su condición de funcionario, alcalde de
la Municipalidad Distrital de Marcona (Autor) del delito de Cohecho Pasivo
Propio, quien habría requerido de forma Indirecta y a través de su subordinada
de confianza, la sub gerenta de Logística Ann Rosmery Zúñiga Vásquez, la suma
de 10% equivalente a S/. 167,733.30 Soles, al ciudadano Amilcar Oswaldo Salazar
Bellido, para realizar un acto en violación a sus funciones (como el plazo
ilegal ofrecido para la firma del contrato) como alcalde en la Licitación Pública
N°. 01-2021, obra “Mejoramiento de pistas y veredas de la ampliación del
Asentamiento Humano Villa Hermosa – Marcona.
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