Este tipo de
controles, facultados por el Código Tributario, se realizan sin que los
contribuyentes hagan trámites en las oficinas de SUNAT, ni que los auditores
los visiten. El procedimiento es breve, y se sustenta en el uso de información
de registros y comprobantes de pago electrónicos, implementados para agilizar
y simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
La Fiscalización
Parcial Electrónica reduce el tiempo que el contribuyente dedica a la
atención de lo solicitado por SUNAT, enfocándose en aspectos específicos. En
una primera etapa, la verificación se enfoca en las deducciones sustentadas con
comprobantes de pago emitidos por proveedores “No Habidos”, o que, al momento de
la emisión, se encontraban con “Baja de RUC” definitiva y/o de oficio.
Cabe precisar
que este nuevo procedimiento, es una acción de verificación que culmina con la
emisión de una Resolución de Determinación y, de ser el caso, de una multa. En
ese sentido, no debe ser considerada como una disposición pre-ventiva o
inductiva.
Es necesario informar que, en este nuevo tipo
de fiscalización, los contribuyentes tienen un canal único y específico para
presentar sus descargos: la Plataforma Virtual de Fiscalización Parcial
Electrónica, disponible en SUNAT Operaciones en Línea (SOL). Por esa razón no
se pueden presentar documentos por Mesa de Partes de manera física ni
virtual. Procedimiento de la Fiscalización Parcial Electrónica El
contribuyente deberá tener en cuenta los siguientes pasos: • En primer lugar,
la SUNAT envía una carta a su Buzón Electrónico SOL, notificándolo sobre el
inicio del procedimiento. Dicho documento tiene una liquidación preliminar del
tributo a regularizar, con el detalle de las observaciones detectadas. •
Luego, tiene un plazo de 10 días hábiles para subsanar las observaciones o
sustentar sus descargos, usando la Plataforma Virtual de Fiscalización
Electrónica, adjuntando la documentación correspondiente.
Finalmente, la SUNAT tendrá 20 días hábiles
para evaluar la documentación y notificar la Resolución de Determinación y/o la
Resolución de Multa, culminando el proceso sin efectuar ningún trámite
presencial. La digitalización de este y otros trámites son parte de la
estrategia de transformación digital de la SUNAT, para mejorar sus procesos y
los servicios que brindan los canales de atención a los contribuyentes, que
ahora priorizan los trámites electrónicos en lugar de los presenciales.
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