Sunass aprueba lineamientos para consulta pública
aplicable antes de los proyectos de actualización tarifaria y metas de gestión
de las empresas de agua
La Superintendencia Nacional de Servicios de
Saneamiento (Sunass) aprobó mediante Resolución de Consejo Directivo n.°033-
2022-SUNASS-CD, el proyecto de modificación del Reglamento General de Tarifas
de los Servicios de Saneamiento brindados por las Empresas Prestadoras, para
la implementación de la consulta pública en el marco de la elaboración de los
planes maestros optimizados (PMO), que contiene las metas de gestión, en
términos de inversiones, obras y medidas de mejora del servicio durante el
periodo regulatorio.
El Plan Maestro Optimizado (PMO) es una herramienta
que se usa para planificar a largo plazo, que contiene la programación de las
inversiones en condiciones de eficiencia y las proyecciones económicas
financieras del desarrollo eficiente de las operaciones de la empresa
prestadora.
Actualmente, la Sunass utiliza el mecanismo de
audiencia pública para socializar los proyectos de estudios tarifarios de las
empresas prestadoras (EP), durante la cual se recogen los comentarios y aportes
de la población, a fin de ser evaluados e incorporados en el estudio final.
Con el fin de incluir estos mecanismos de consulta pública en etapas más tempranas, la norma establece la participación ciudadana de manera previa a la elaboración de los proyectos de estudios tarifarios, es decir, desde la elaboración del PMO por parte de las empresas prestadoras. De esta forma, el resultado de la consulta pública se incluye en el análisis de las inversiones y medidas de mejora que propone la empresa prestadora tomando en cuenta las necesidades y demandas de la población usuaria y de las partes interesadas.
Así, el artículo 42 del Reglamento de Tarifas
establece que las EP deben contar con un plan de consulta pública, para que sea
implementado en el nuevo periodo regulatorio. En este sentido, la Sunass ha
aprobado lineamientos para que las EP, desde el principio, recojan la
percepción y opinión de los usuarios sobre la presta-ción de los servicios de
saneamiento que recibe, así como, de la población no usuaria, instituciones
públicas, organizaciones representativas de los usuarios y otros agentes
interesados. Estos contienen pautas métodológicas para el diseño y aplicación
de la consulta pública, así como la sistematización de sus resultados.
La norma indica que en la etapa de diseño del PMO se
cuente con información desde la perspectiva del usuario a través del mapeo,
clasificación y priorización de problemas, que harán posible contar, de primera
mano, con la percepción actual de los usuarios.
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