Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2022-MPCH
Chincha, 02 de
febrero del 2022
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
VISTOS: El
Concejo Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria virtual vía zoom de fecha 31 de enero del 2022, el Informe N°
044-2022-GM/MPCH de fecha 26 de enero del 2022 de la Gerente Municipal; el
Informe N° 001-2022-ST-COPROSEC -
CHINCHA del Secretario Técnico del
Comité Provincial se Seguridad Ciudadana Chincha, el Oficio N° 014-2021-CORESEC-ICA.P del
Presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana y el Informe Legal N° 118-2022-GAJ/MPCH de la
Gerencia de Asesoría Jurídica sobre aprobación de Plan de Acción Provincial
de Seguridad Ciudadana mediante
Ordenanza; y,
CONSIDERANDO:
Que, según lo
dispuesto en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú y sus
modificatorias, Leyes de Reforma Constitucional, en concordancia con lo
dispuesto por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, que establece que los Gobiernos Locales gozan de
autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de
gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción
al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo
13º de la Ley Nº 27933, Ley de Seguridad Ciudadana, señala que los Comités
Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los
planes, programas y directivas de seguridad ciudadana, así como ejecutar los
mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñado por
el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), teniendo a su cargo
también la supervisión y evaluación en su ejecución;
Que, de acuerdo
con el artículo 46º del Reglamento de la Ley Nº 27933, aprobado por Decreto
Supremo Nº 011-2014-IN, indica: “Los Planes de acción de seguridad ciudadana
son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de
seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distritales. Dichos
instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a
sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN. Deben
elaborarse bajo un enfoque descentralizado, de gestión por resultados, derechos
humanos, intercultural y género.”;
Que, en el
artículo 23º, literal a del Reglamento de la Ley Nº 27933, modificado por el
Decreto Supremo Nº 010-2019-IN, indica “(…) Proponer ante la Municipalidad
Provincial la aprobación del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana
alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los
enfoques de gestión por resultados, intercultural y provincial, y articulado
con los instrumentos del SINAPLAN. (…)”;
Que, con fecha
21 de junio de 2019, mediante Decreto Supremo Nº 013-2019-IN, se aprueba el
“Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023”, constituyéndose como el
principal documento de gestión del Estado peruano para fortalecer la seguridad
de la población frente al conjunto de delitos que se desarrollan en el
territorio nacional;
Que, mediante
Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN, de fecha 20 de diciembre de 2019, se
aprobaron diversas Directivas, entre las cuales, la Directiva Nº
010-2019-IN-DGSC tiene por objeto establecer disposiciones técnicas para que
los Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) diseñen, formulen,
aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de
Acciones Provinciales de Seguridad Ciudadana;
Que, por Informe
N° 001-2022-ST-COPROSEC-CHINCHA de fecha 11 de enero del 2021 el Comité, el
Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC), a través del Secretario Técnico
COPROSEC al haberse considerado apto para su implementación por el presidente
del CORESEC ICA mediante Oficio N° 014-2021-CORESEC-ICA.P de fecha 01/12/2021
con sus RECOMENDACIONES, solicita la aprobación del Plan de Acción Provincial
de Seguridad Ciudadana 2022 mediante Ordenanza Municipal;
Que, Por Informe
Legal N° 118-2022-GAJ/MPCH de fecha 14
de enero del 2022 la Gerente de Asesoría Jurídica señala que la seguridad
ciudadana se basa en principios, normas y acciones, cuya finalidad , es
brindarle seguridad a la comunidad en general, resulta indispensable la
aprobación mediante Ordenanza del Plan de Acción Provincial de Seguridad
Ciudadana para sur remitido a CORESEC para su ejecución en el ámbito de la
provincia de Chincha y recomienda se
derive al Pleno del Concejo Municipal
para debate y aprobación OPINANDO que es factible la aprobación mediante
Ordenanza del Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022;
Que, mediante
Informe N° 044-2022-GM/MPCH de fecha 26 de enero del 2022, la Gerenta Municipal
SOLICITA: Que, pase a SESION DE CONCEJO
a fin de su debate y aprobación de lo solicitado por el SECRETARIO
TECNICO DEL COMITÉ PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA – CHINCHA, sobre la
APROBACION mediante ORDENANZA DEL PLAN DE ACCION PROVINCIAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA 2022, para ser remitido al CORESEC, para su ejecución en el ámbito de
la Provincia de Chincha, de acuerdo al INFORME N° 001-2022-ST-COPROSEC-CHINCHA
del Secretario Técnico del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana-Chincha y
el INFORME LEGAL N° 118-2022-GAJ/MPCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
Que, sometida a
consideración del Pleno del Concejo, en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha
31 de enero del 2022 virtual vía zoom por votación UNÁNIME de los señores
miembros del Concejo Municipal aprobaron la propuesta de Aprobación del Plan de
Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022 propuesto por el Comité
Provincial de Seguridad Ciudadana COPROSEC.;
Estando a los
fundamentos antes expuestos, a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica
de la Entidad, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del
artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime
de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo de la fecha, con la
aprobación en MAYORIA de la dispensa del trámite de lectura y aprobación del
acta, se ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE
APRUEBA EL PLAN DE ACCION PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022 – PROVINCIA DE
CHINCHA – ICA
Artículo Primero
.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2022 - PROVINCIA
DE CHINCHA – REGION ICA, que ha sido elaborado por el Comité Provincial de
Seguridad Ciudadana y declarado apto para su implementación por el Presidente
del Comité Regional de Seguridad Ciudadana, según consta en el Informe N°
014-2021-CORESEC -ICA-ST a través del Oficio N° 014-2021-CORESEC-ICA.P de fecha
01/12/2021, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 – “Ley del
Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana” y demás normas aplicables de
conformidad a las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza, Plan de
Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022 a folios 220 y el Acta de Sesión
Extraordinaria virtual del Comité
Provincial de Seguridad Ciudadana a folios 3, ambos en Anexo forman
parte de la presente Ordenanza.
Artículo
Segundo. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios al
Ciudadano y a la Sub-Gerencia de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal de la
Municipalidad Provincial de Chincha”, el cumplimiento de lo establecido en
dicho “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana 2022.
Artículo
Tercero. - ENCARGAR a la Secretaria Técnica de COPROSEC-Chincha se adopten las
acciones que correspondan para difusión e implementación a nivel de COPROSEC y
CODISEC de la jurisdicción.
Artículo Cuarto.
- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza
conforme a ley, notificándose a las Unidades Orgánicas competentes para su
conocimiento y fines pertinentes. Así como su respectiva difusión por parte de
la Gerencia de Sistemas y Procesos su publicación en el Portal Institucional de
la Municipalidad Provincial de Chincha. (www.municipalidadchincha.gob.pe
POR TANTO:
Mando se
registre, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Armando Huamán Tasayco
ALCALDE
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