miércoles, 6 de abril de 2022

Municipalidad Distrital de Tambo de Mora ORDENANZA MUNICIPAL

 

      Municipalidad Distrital de Tambo de Mora

       ORDENANZA MUNICIPAL Nº001-2022-MDTM

 

Tambo de Mora, 04 de abril del 2022.

VISTO:

En Sesión de Concejo Municipal celebrado el día 11 de marzo del 2022.

CONSIDERANDO:

Que los Artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Ley 27680 en su capítulo XIV del título IV, en materia de Descentralización establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de sus ejecuciones anualmente, bajo responsabilidad conforme a Ley;

Que, la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala en el Artículo 53º que las municipalidades se rigen por sus presupuestos participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con sus planes de desarrollo concertado de su jurisdicción;

Que, los Artículos 17º y 42º inciso g) de la Ley 27783, Ley Bases de Descentralización, establece que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y sus presupuestas en la gestión pública; esta a su vez se canaliza a través de los espacios y mecanismos de consulta, concertación, coordinación, fiscalización y vigilancia existente y otros que los gobiernos locales establezcan conforme a Ley;

Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, y sus modificatorias Ley Nº 29298 y Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, señala que los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto de los gobiernos locales, siendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado;

Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF que reglamenta la Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece que en su Artículo 7º, inciso 7.3, que el gobierno local convoca a la población organizada a participar en el proceso del presupuesto participativo, haciendo usos de los medios de comunicación más adecuados, a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los gobiernos locales reglamentan el desarrollo del proceso de Presupuesto Participativo, para facilitar su participación;

Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9º numerales 14, 34 y 53º y la Décima sexta Disposición Complementaria, dispone como atribución del Concejo Municipal, aprobar normas que garanticen la efectiva participación vecinal, reglamentando los espacios de participación vecinal, además de regular mediante ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010 EF/76.01 Instructivo para el proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados, de carácter general y permanente;

Que, mediante Informe Nº 015-2022-SGPPP/MDTM, de fecha 08 de marzo del 2022, la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones remite el proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, para el año fiscal 2023, para su revisión y posterior aprobación por parte del Consejo Municipal.

Que, con Informe Nº 024-2022/SGAJ/MDTM, de fecha 05 de abril del 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de la aprobación del proyecto de ordenanza que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2023, por estar conforme a lo dispuesto en la normativa vigente;

Que, en este contexto y tomando en cuenta lo expuesto, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la sociedad civil, así como, sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del Proceso de Presupuesto Participativo para el año 2023, el cual permitirá asegurar un uso eficiente de los recursos públicos en el desarrollo local;

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por MAYORÍA CALIFICADA y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente:

 ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2023 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA.

Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2023 de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la Municipalidad.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones y las gerencias que son miembros del equipo técnico municipal.

Artículo Tercero.- FACULTAR, al Alcalde, para que mediante decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y ampliatorias reglamentarias a la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario de mayor circulación de la Provincia de Chincha.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, ARCHÍVESE.

Yohn Najar Moreyra

ALCALDE

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