lunes, 14 de marzo de 2022

Municipalidad Distrital de Alto Larán Ordenanza Municipal

 

           Municipalidad Distrital de Alto Larán

             Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MDAL

 

Alto Larán, 08 de Marzo del 2022.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO LARÁN-CHINCHA-ICA.

POR CUANTO:

El Concejo Municipal, en sesión extraordinaria celebrada en la fecha;

VISTO:

El Memorándum N° 0721-2022-MDAL-VHPT/GM emitido por el Gerente Municipal; y, el Informe N° 00225-2022-GPP-MDAL emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; sobre la aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año 2023;

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modificada por le Ley N° 80, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del título IV, señalan que los gobiernos locales mueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus supuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972, disponen como atribución del Concejo Municipal, la de aprobar normas que garanticen efectiva participación vecinal, reglamentar los espacios de participación y regular mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;

 Que, asimismo, la Ley N° 28056 - Marco del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley N° 29298 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF, establece disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación del Consejo de Coordinación Local y de la Sociedad Civil en el proceso de programación participativa del presupuesto participativo;

Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo N° 001-2010-EF/ 76.01, instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en resultados, aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/ 76.01, el Presupuesto Participativo debe estar orientado a resultados a fin que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos específicos que la población demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en la asignación de los recursos públicos;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE ALTO LARÁN

Artículo Primero. - APROBAR el Reglamento para el proceso del   Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Alto Larán, el mismo, que tiene carácter multianual y rige a partir del proceso participativo del año fiscal 2023 y que forma parte integrante de la presente ordenanza, conformada en VI Títulos y 39 Artículos y 07 Disposiciones Complementarias.

Artículo  Segundo.   -   CONVOCAR   al   Proceso   de   Formulación   del   Presupuesto Participativo Basado en Resultados de la Municipalidad Distrital de Alto Larán - año fiscal 2023, que corresponde al Anexo 01 del Reglamento.

Artículo Tercero. - CONFORMAR el Equipo Técnico, que tendrá la misión de brindar soporte Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados correspondiente, según el cronograma y competencias asignadas en el Reglamento; composición del Equipo Técnico que estará integrado por.

Presidente:            Gerente de Planeamiento y Presupuesto.

Vice Presidente: Sub Gerente de Participación Ciudadana, Juventud, Educación, Cultura, y Deportes.

Miembro:             Gerente de Desarrollo Urbano y Rural.

Miembro:             Gerente Municipal.

Miembro:             Sub Gerente de Catastro, Habilitaciones Urbanas, y  Obras privadas

Miembro:             Sub Gerente de Defensa Civil.

Miembro:             Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones.

Tres miembros elegidos por los Agentes Participantes.

 

Artículo Cuarto. ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y Gerencia de Planeamiento y   Presupuesto, el fiel cumplimiento de la presente orde-nanza.

Artículo Quinto. - La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

REGíSTRESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE

Fidencio L. Lliuya Laura

ALCALDE

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