Municipalidad Distrital de Alto Larán
Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MDAL
Alto Larán, 08 de Marzo del 2022.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO
LARÁN-CHINCHA-ICA.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal, en sesión extraordinaria
celebrada en la fecha;
VISTO:
El Memorándum N° 0721-2022-MDAL-VHPT/GM emitido por
el Gerente Municipal; y, el Informe N° 00225-2022-GPP-MDAL emitido por la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; sobre la aprobación del Reglamento del
Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año 2023;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución
Política del Perú, modificada por le Ley N° 80, Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del título IV, señalan que los gobiernos locales mueven,
apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan
sus supuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su
ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley;
Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la
citada Ley orgánica de Municipalidades Nº 27972, disponen como atribución del
Concejo Municipal, la de aprobar normas que garanticen efectiva participación
vecinal, reglamentar los espacios de participación y regular mediante ordenanza
los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos;
Que, asimismo,
la Ley N° 28056 - Marco del Presupuesto Participativo, modificada por la Ley N°
29298 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 142-2009-EF,
establece disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva
participación del Consejo de Coordinación Local y de la Sociedad Civil en el
proceso de programación participativa del presupuesto participativo;
Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo
N° 001-2010-EF/ 76.01, instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en
resultados, aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/ 76.01, el
Presupuesto Participativo debe estar orientado a resultados a fin que los
proyectos de inversión estén claramente articulados a productos específicos que
la población demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran
prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ineficiencias en
la asignación de los recursos públicos;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades
N°27972, el Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE ALTO LARÁN
Artículo Primero. - APROBAR el Reglamento para el
proceso del Presupuesto Participativo
Basado en Resultados en el Distrito de Alto Larán, el mismo, que tiene carácter
multianual y rige a partir del proceso participativo del año fiscal 2023 y que
forma parte integrante de la presente ordenanza, conformada en VI Títulos y 39
Artículos y 07 Disposiciones Complementarias.
Artículo
Segundo. - CONVOCAR
al Proceso de
Formulación del Presupuesto Participativo Basado en
Resultados de la Municipalidad Distrital de Alto Larán - año fiscal 2023, que
corresponde al Anexo 01 del Reglamento.
Artículo Tercero. - CONFORMAR el Equipo Técnico, que
tendrá la misión de brindar soporte Técnico del Proceso del Presupuesto
Participativo Basado en Resultados correspondiente, según el cronograma y
competencias asignadas en el Reglamento; composición del Equipo Técnico que
estará integrado por.
Presidente: Gerente
de Planeamiento y Presupuesto.
Vice Presidente: Sub Gerente de Participación
Ciudadana, Juventud, Educación, Cultura, y Deportes.
Miembro: Gerente
de Desarrollo Urbano y Rural.
Miembro: Gerente
Municipal.
Miembro: Sub
Gerente de Catastro, Habilitaciones Urbanas, y Obras privadas
Miembro: Sub
Gerente de Defensa Civil.
Miembro: Responsable
de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones.
Tres miembros elegidos por los Agentes Participantes.
Artículo Cuarto. ENCARGAR a la Gerencia Municipal, y
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
el fiel cumplimiento de la presente orde-nanza.
Artículo Quinto. - La presente ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
REGíSTRESE, PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
Fidencio L. Lliuya Laura
ALCALDE
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