La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) evaluó a 28 empresas prestadoras de servicios de saneamiento y determinó que 25 de ellas tienen causales para ingresar al Régimen de Apoyo Transitorio (RAT).
El RAT
es un régimen de gestión, a cargo del Organismo Técnico de la Administración de
los Servicios de Saneamiento (Otass), que tiene por objeto mejorar la
eficiencia de las empresas prestadoras públicas y sus condiciones al momento
de prestar los servicios de saneamiento.
En ese
sentido, el análisis efectuado por la Sunass evalúa tres aspectos que pueden
constituir causales de ingreso al RAT: solvencia económica-financiera,
sostenibilidad de la gestión empresarial y sostenibilidad en la prestación de
los servicios de saneamiento.
Las 28 empresas prestadoras fueron evaluadas en base a información correspondiente a su desempeño durante los últimos tres años (2018-2020). Así, la Sunass determinó que 18 de ellas incurrieron en una causal para ingresar al RAT, 6 en dos causales, 1 en tres causales; mientras que 3 empresas no incurrieron en ninguna causal que motivara su recomendación de ingreso al régimen.
La
Sunass, como organismo regulador, tiene la competencia de evaluar anualmente a
las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal y recomendar su
ingreso al RAT, asimismo, cada 3 años evalúa a aquellas que están en dicho
régimen, para determinar y recomendar su continuidad o no dentro del régimen.
Sin embargo, es el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de
Saneamiento (Otass) el que decide finalmente el ingreso, salida o continuidad
de las empresas prestadoras en el RAT y el ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento ratifica la decisión en su calidad de ente rector.
Actualmente,
19 empresas prestadoras de servicios de saneamiento se encuentran en este
régimen; entre ellas Semapach, Emapica, Emapisco y Emapavigs, de la región
Ica. El 2021, correspondió evaluar la
continuidad en el RAT de 3 de estas empresas, donde se determinó que la EPS
Moquegua, tras 6 años de haber ingresado al RAT, ya no presentaría ninguna
causal para su continuidad dentro del régimen, al haber regularizado los aspectos
relacionados a la sostenibilidad de la gestión empresarial.
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