Reuniones
sociales siguen prohibidas y 78 provincias están en nivel de alerta alto de
contagio por la Covid-19
A través del Decreto Supremo N° 010-2022 PCM, publicado hoy en el diario El Peruano, el Gobierno oficializa la suspensión del toque de queda o inmovilización social a nivel nacional, tal como lo informó días atrás el ministro de Salud, Hernando Cevallos.
Esta norma
entrará en vigencia desde el lunes 31 de enero, se detallan las 78 provincias
que se encuentran en nivel de contagio alto por la COVID-19, dejando de lado
los horarios que manejaban anteriormente por el toque de queda. Además, continúan las restricciones para
salvaguardar la vida de las personas como la prohibición de las reuniones y
concentraciones sociales, así como aforos reducidos.
Ingreso a espacios públicos cerrados
La norma
prorroga el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de 28 días calendario a
partir del 1 de febrero del presente año por las graves circunstancias que
afectan la vida de las personas a consecuencia de la Covid-19.
Debemos recordar
que para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados continúa
siendo obligatorio el uso de una mascarilla KN95 o en su defecto una mascarilla
quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela).
Los mayores de
18 años que deseen ingresar a espacios de gran concurrencia como centros
comerciales, mercados, así como instituciones públicas y privadas, deben
presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú
y/o el extranjero su esquema de vacunación contra la COVID-19, y la dosis de
refuerzo para mayores de 40 años que se encuentren habilitados para recibirla
Aquellas
personas que muestren síntomas al arribar a territorio nacional ingresan a
aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.
Para el uso de
playas, ríos, lagos o lagunas, así como de piscinas públicas y privadas donde
se realizan actividades formativas o terapéuticas, ubicadas en las provincias
que se encuentran en los niveles de alerta moderado, alto y muy alto, se debe
presentar el carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú
y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la Covid-19, y la dosis de
refuerzo para mayores de 40 años que se encuentren habilitados para recibirla
según protocolo vigente.
Reuniones y concentraciones
Frente a este
estado de emergencia, se encuentran suspendidos los desfiles, fiestas
patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento
social, político u otros que impliquen concentración o aglomeración de
personas, que pongan en riesgo la salud pública.
Las reuniones
sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios, se encuentran
prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los
contagios a consecuencia de la Covid-19.
Se exceptúa de
lo dispuesto en el presente artículo, las ceremonias de carácter castren-se y
policial, las que deben cumplir con las disposiciones sanitarias y reglas de
distancia-miento físico o corporal respec-tivas.
Entre las 78
provincias que se encuentran en un nivel de alerta alto por el tema del contagio
son: Lima, Callao, Ica, Chincha, Nazca,
Pisco, entre otras. Para estas 78 provincias, clasificadas de nivel de alerta
alto hasta el 13 de febrero se tienen las siguientes restricciones:
Actividades en espacios cerrados:
Centros
comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en
general y conglomerados: 60 %.
Tiendas de
abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados,
bodegas y farmacias: 60%
Restaurantes y
afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen
menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60%
Restaurantes y
afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen
igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80%
Casinos y tragamonedas:
40% Cines y artes escénicas: 60%
Bancos y otras
entidades financieras: 60%
Templos y
lugares de culto: 60%
Bibliotecas,
museos, centros culturales y galerías de arte: 80%
Actividades de
clubes y asociaciones deportivas: 60%
Eventos
empresariales y profesionales: 60%
Peluquería y
Barbería: 60%
Spa, Baños
turcos, sauna, baños termales: 40%
Coliseos:60%
Gimnasios: 60%
Actividades en
espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los
gobiernos locales en el marco de sus competencias):
Artes escénicas.
Enseñanza
cultural
Restaurantes y
afines en zonas al aire libre
Áreas naturales
protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al
aire libre y zoológicos
Baños termales
al aire libre
Actividades de
clubes y asociaciones deportivas al aire libre
Eventos
empresariales y profesionales al aire libre
Mercados
itinerantes
Estadios
deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 50%
0 comentarios:
Publicar un comentario