lunes, 31 de enero de 2022

Clases presenciales se desarrollarán en horario regular de lunes a viernes

 

MINEDU modifica disposiciones para el retorno a la presencialidad y semipresencialidad para el año escolar 2022

 El Ministerio de Educación (Minedu) dispuso que el servicio educativo presencial se desarrollará en horario regular de lunes a viernes con la presencia física del docente y los estudiantes en las instituciones o programas educativos en los que los alumnos no excedan el aforo máximo permitido y puedan asistir diariamente cuidando el distanciamiento físico de un metro y los protocolos establecidos.

 El ministro de Educación, Rosendo Serna, explicó que mediante la resolución ministerial Nº 048-2022, que modifica las disposiciones para el re-torno a la presencialidad y semipresencialidad, así como para la prestación del servicio educativo para el año escolar 2022, el Minedu también estableció que el servicio presencial tiene la prioridad en la prestación del servicio educativo y que, en consecuencia, el servicio semipresencial únicamente se ofrecerá cuando las condiciones de aforo no permitan las clases presenciales.

Asimismo, determinó que el servicio educativo a distancia se prestará de manera excepcional, únicamente por casos de cambio en la condición epidemiológica establecida por el Ministerio de Salud (Minsa), por cuarentenas o condición de comorbilidades de los estudiantes.

Alimentación

Serna informó que la norma también señala que, tanto en ámbitos rurales como urbanos, cada estudiante consumirá los alimentos que trae desde su hogar, para lo cual se guardará una distancia física de dos metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de un docente como parte de una hora pedagógica.

Igualmente, indicó que los estudiantes no deben compartir alimentos ni utensilios y que los quioscos, las cafeterías y los comedores escolares se mantendrán cerrados y sin brindar servicios durante la emergencia sanitaria.

 El titular de Educación afirmó que el Minedu adoptará sus propias medidas tomando en cuenta la evolución de la pandemia y en función del análisis que haga el Ministerio de Salud, que tiene un papel fundamental en la emergencia sanitaria. “En todo caso, es una decisión colegida que obedece al análisis de diversos factores y condiciones”, sostuvo.

Serna dijo que la norma también dispuso que el servicio educativo semipresencial o presencial deberá ser suspendido para el aula en la que se encuentre un caso confirmado o sospechoso de COVID-19, de acuerdo al periodo de cuarentena establecido por el Minsa, y que deberán realizar cuarentena por los días establecidos por el Minsa los estudiantes y los docentes del aula en la que se identificó el caso, así como las personas que hayan estado en contacto con el caso sospechoso o confirmado de Covid-19.

Finalmente, explicó que la norma establece que las instituciones y programas educativos de la Educación Básica deberán iniciar el servicio presencial o semipresencial como máximo hasta el día 28 de marzo, en el marco de las fechas aprobadas del calendario escolar 2022, cumpliendo con las medidas de bioseguridad, y que esta fecha podrá ser modificada únicamente si el Minsa emite nuevas disposiciones en el marco de la emergencia sanitaria o por algún evento imprevisto de fuerza mayor.

Sin perjuicio de ello, el calendario escolar 2022 y las semanas de gestión podrán ser modificados por las direcciones regionales de Educación, o las que hagan sus veces, en el ámbito de sus competencias, siempre que se cumpla con el número mínimo de semanas lectivas; es decir, 36 semanas. Asimismo, los docentes deberán cumplir el mínimo de horas efectivas de trabajo pedagógico conforme al nivel, modalidad o ciclo al que pertenecen.

 

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