Municipalidad Distrital de Sunampe
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2021-MDS
Sunampe, 09 de diciembre 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 052-2021-MDS que aprueba el
Proyecto de Ordenanza para la celebración del II Matrimonio Civil Comunitario
Gratuito 2021 por aniversario de nuestro distrito, y:
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos
de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 4° de la Constitución Política del
Perú establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el
Matrimonio, reconociéndoles como Institutos Naturales y fundamentales de la
sociedad;
Que, el Código Civil en su artículo 233° establece
que la regulación jurídica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su
consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas
proclamados en la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 234° del Código Civil señala que el
matrimonio es la unión voluntaria concertada por un varón y una mujer
legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de la
norma sustantiva a fin de hacer vida común;
Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo
municipal aprobar, modificarlo derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los
acuerdos;
Que, el artículo 9° numeral 9) de la Ley Nº 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo
municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias
y derechos conforme a ley en concordancia con el artículo 40° de la acotada
norma legal;
Que, es deber de esta comuna proteger a la familia y
promover el matrimonio como institución natural y fundamental de la sociedad
cautelando su legalidad y seguridad jurídica; que como es de conocimiento en el
distrito de Sunampe, existen muchas parejas que no han regularizado su
situación conyugal ante la sociedad, quienes viviendo en unión de hecho, desean
formalizar y encuentran limitaciones de carácter económico para cubrir los
gastos de una ceremonia particular, por lo que se propone la realización del II
Matrimonio Civil Comunitario gratuito 2021, el cual resulta ser una alternativa
más viable para este efecto.
Que, en sesión ordinaria de concejo de la fecha se
aprobó la realización del II Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2021 con
motivo del aniversario de nuestro distrito.
Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el artículo 9º incisos 8 y 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el artículo 40º de la citada norma, y con el voto UNANIME de los señores, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente;
ORDENANZA QUE AUTORIZA LA CELEBRACION DEL II
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO GRATUITO 2021
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la celebración del II
Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2021 para el día 20 de diciembre del
presente año, a horas 12:00 m., en el Complejo Deportivo “EL CAÑAVERAL” ubicado
en Carretera a Sunampe.
ARTÍCULO 2°.- EXONERAR a los contrayentes de los
derechos de pago de matrimonio civil, así como la publicación de edictos
matrimoniales.
ARTÍCULO 3°.- Los contrayentes deben presentar los
siguientes documentos:
a) Partida
de Nacimiento, actualizada (no mayor de tres meses de antigüedad) (Art. 248
Código Civil).
b) Copia del Documento Nacional de Identidad de
ambos.
c) Certificado médico de ambos certificadas por MINSA
d) Certificado de soltería y/o declaración jurada con
firma y huella digital legible
e) Certificado de domicilio y/o declaración jurada
con firma y huella digital legible.
f) Copia de
DNI de 02 testigos – no pueden padre ni hermanos
ARTÍCULO 4°.- ESTABLECER que el plazo de inscripción
para la celebración del II Matrimonio Civil Comunitario Gratuito 2021, se
inicia a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza y
culmina el 17 de diciembre del 2021, en la Oficina de Registro Civil, en
horario de oficina de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 2:00 p.m., ubicado en
Plaza de Armas Nº 100 – Sunampe.
ARTÍCULO 5°.- DISPENSAR el plazo de la publicación de
Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que participen del II Matrimonio
Civil Comunitario 2021 en concordancia a lo dispuesto en el artículo 252º del
Código Civil.
ARTÍCULO 6°.- ENCARGAR a la Secretaría General a
través de la Oficina de Registro Civil, el cabal cumplimiento de la presente
Ordenanza.
De la metodología a utilizar para este Matrimonio II
Civil comunitario Gratuito 2021, es como sigue:
1. Difusión
en los medios de comunicación masiva de la localidad, a través de la Oficina de
Imagen Institucional con la debida anticipación.
2. Recepción
de los Expedientes y formalización del Matrimonio Civil Comunitario, en la
Oficina de Registro Civil, en las siguientes fechas:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase
Lic. Jose Miguel Rojas Matias
ALCALDE
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