Municipalidad Provincial de Chincha
ORDENANZA MUNICIPAL Nº
008-2021/MPCH
Chincha, 20 de
octubre del 2021
EL ALCALDE DE LA
MUNICIPALIDAD DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo
Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo Virtual Vía Zomm de fecha
19 de Octubre del 2021 y considerando el Informe N° 814-2021-GURS/MPCH de fecha 30 de setiembre de 2021 de la
Gerencia de la Unidad de Residuos Sólidos sobre propuesta que incorpore el
servicio de disposición final de residuos sólidos en la Ordenanza N°
09-2013-MPCH; El Informe Legal N° 3329-2021-GAJ/MPCH de fecha 05 de octubre de 2021 de la Gerencia
de Asesoría Jurídica sobre pedido de informe técnico formulado a la Gerencia de
Planificación y Presupuesto; el Informe N° 1522-2021-GPP/MPCH de fecha 05 de octubre de 2021 de la Gerencia
de Planificación y presupuesto, el Informe Legal N° 3347-2011-GAJ/MPCH de fecha 05 de octubre de 2021 de la Gerencia
de Asesoría Jurídica y el Informe N°299-2021-GM/MPCH de fecha 06 de octubre de
2021, emitido por la Gerencia Municipal sobre debate y aprobación de la
Modificación de la Ordenanza N° 009-2013-MPCH de Procedimientos, Servicios
Administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite
contenidos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos y Tasas por Servicios No Exclusivos de la Municipalidad Provincial de Chincha,
con la finalidad de incorporar el Servicio de Disposición Final de Residuos
Solidos de Gestión Municipal.
CONSIDERANDO:
Que, de
conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado,
modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, señala que las
Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de gobierno local,
tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el artículo
74º de la Constitución Política del Perú y la Norma IV del Título Preliminar
del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobados por el D.S N°
133-2013-EF y sus modificatorias, señala que los Gobiernos Locales mediante
Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios,
derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley;
Que, el Concejo
Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos, a través de las
Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el
artículo 200º, Inc. 4) de la Constitución tienen rango de Ley, al igual que las
Leyes propiamente dichas, los Decretos Legislativos, los Decretos de Urgencia,
los Tratados, los Reglamentos del Congreso y las normas de carácter general;
Que, El artículo
9, numeral 8 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que,
corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas;
por ser la formalidad que dispone el artículo 40º cuando se trata de normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal,
mediante las cuales crean, modifican, suprimen o exoneran tasas, derechos,
licencias y contribuciones dentro de los límites establecidos por ley;
Que, por Decreto
Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba la nueva metodología de determinación de
costo de los procedimientos administrativos y servicios prestados en
exclusividad para las entidades públicas, que será de uso obligatorio en los
procesos de elaboración y/o modificación de los procedimientos administrativos
y servicios prestados en exclusividad en los Textos Únicos de Procedimientos
Administrativos (TUPA). De igual manera, de acuerdo con el artículo 11 numeral
11.3 del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, que aprueba los lineamientos para la
elaboración del TUPA en el marco de la Ley Nº 27444, en caso de los TUPA de los
Gobiernos Locales, previamente a su aprobación, deberán contar con la opinión
favorable de la Gerencia Municipal;
Que, es política
de la actual gestión brindar a los contribuyentes las facilidades para el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributaria (administrativas),
otorgando beneficios para la regularización de sus deudas a favor de los
ciudadanos de la jurisdicción, con la finalidad de reorientar la recaudación y
captación de los tributos municipales de ejercicios anteriores y el presente
ejercicio 2021, con el fin de continuar con las mejoras en los servicios que se
prestan a la ciudad, considerando además la meta fijada por el Ministerio de
Economía y Finanzas para el presente año fiscal;
Que, por Informe
N° 814-2021-GURS/MPCH de fecha 30 de
setiembre de 2021 la Gerente de la Gerencia de la Unidad de Residuos Sólidos
Ing. Yennifer Edith Chalco Paredes, sobre propuesta que incorpore el servicio
de disposición final de residuos sólidos en la Ordenanza N° 09-2013-MPCH
recomienda: Elevar el presente informe
con el fin de poner en conocimiento
el contenido del presente informe y realizar las gestiones para aprobar
la propuesta de estructura de costos, el
mismo que se determine la tasa de costo por el servicio de disposición final de los residuos sólidos; tener presente
el Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica y áreas competentes a fin de que
puedan brindar su informe técnico sobre la procedencia para la aprobación del
proyecto de Ordenanza que incorpora el servicio de disposición de residuos sólidos ; aprobar la estructura de costos
del servicio de disposición final
de residuos sólidos el cual sustenta la
tarifa de S/. 24.60 soles por cada tonelada de residuos sólidos que ingresa al
relleno sanitario; aprobar la propuesta por un periodo de tres (3) meses (de
forma transitoria) se podrá operar el relleno sanitario de forma excepcional,
toda vez, que se recaude el monto mínimo de S/. 16.71 por cada tonelada que
ingrese al relleno sanitario de Chincha, el cual equivale al 68.06% del monto
total; y se apruebe la propuesta de Ordenanza que Incorpora el Servicio de
Disposición Final de Residuos Sólidos en la Ordenanza N°009-2013-MPCH;
Que, por Informe N° 1522-2021-GPP/MPCH de fecha 05 de octubre de 2021 de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, por el cual, ante el pedido de opinión técnica para la modificación de la Ordenanza N° 009-2013-MPCH con la finalidad de incorporar el Servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos de Gestión Municipal, informa que las tasas emitidas por la Gerencia de la Unidad de Residuos Sólidos para ser considerados en el TUSNE es necesario estar incluidas, con la finalidad de que estos servicios generen ingresos ya que serán ingresos propios de la entidad, y de esta manera financiar los gastos que ocasionen el Relleno Sanitario; asimismo, dichos ingresos deberán ser incorporados en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) de la Municipalidad Provincial de Chincha, señala;
Que, por Informe
Legal N°3347-2021-GAJ/MPCH de fecha 05 de octubre de 2021 la Gerente de
Asesoría Jurídica Abogada Brenda L. Romero Guillén respecto al informado en el
procedimiento de incorporación en el TUPA de los Servicios de Disposición Final
de Residuos Sólidos, en el punto 3. Análisis de los Hechos y Conclusiones,
señala que considerando que la Municipalidad Provincial de Chincha es
beneficiario en el Programa de Inversión N° PROG. 16-2010-SNIP la misma que
incluye el Proyecto denominado “Relleno Sanitario, Planta de Tratamiento de
Residuos Sólidos Orgánicos y Planta de Separación de Residuos Inorgánicos
Reciclables para las ciudades de Pueblo Nuevo, Grocio Prado, Alto Larán,
Sunampe, Chincha Baja y Tambo de Mora, el cual fue aprobado por el MP de Chincha mediante Resolución N° 533-2019-GM/MPCH del 28 de febrero del 2019; y que mediante
Resolución N° 351-2021-A/MPCH de fecha
28 de setiembre de 2021 se aprueba la clausura del área degradada por residuos
sólidos Pampa Chanchería, sector Pampa de Ñoco, distrito de Pueblo Nuevo,
Provincia de Chincha, departamento de Ica y que recomienda se eleve al Pleno
del Concejo Municipal para su debate y aprobación OPINANDO que se considere
factible la aprobación de la presente Ordenanza con la finalidad de establecer
el manejo de, gestión y acciones de supervisión y fiscalización de ruidos nocivos
de competencia municipal, como se indica en la propuesta de la Gerencia dela
Unidad de Residuos Sólidos la cual
deberá ser publicada previamente para su vigencia , conforme al principio
constitucional señalado en el artículo 109 de la Constitución Política del
Perú, concluye;
Que, por Informe
N° 299-2021-GM/MPCH de fecha 06 de
octubre de 2021 la Gerente Municipal
C.P.C Tania Masiel Gonzales Angulo , con los informes emitidos, solicita pase a
Sesión de Concejo a fin de su debate y
aprobación de la Modificación de la Ordenanza N° 009-2013-MPCH de
Procedimientos, Servicios Administrativos brindados en exclusividad, requisitos
y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y Tasas por
Servicios No Exclusivos de la Municipalidad
Provincial de Chincha, con la finalidad de que se incorpore el Servicio de
Disposición Final de Residuos Sólidos de
Gestión Municipal.
Que, sometida a
consideración del Pleno del Concejo, en Sesión Ordinaria del Concejo de fecha
19 de octubre del 2021 por votación UNANIME los señores miembros del Concejo
Municipal aprobaron el proyecto de Ordenanza presentado por la Gerencia de
Unidad de Residuos Sólidos de la Municipalidad Provincial de Chincha;
Estando a los
fundamentos antes expuestos, a lo opinado por la Gerencia de Administración
Tributaria y Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas
por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
27972, con el voto unánime de los señores regidores asistentes a la sesión de
concejo de la fecha, con la aprobación en mayoría de la dispensa del trámite de
lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE
INCORPORA EL SERVICIO DE DISPOSICION FINAL DE RESIDUOS SOLIDOS DE GESTION
MUNICIPAL EN EL ARTICULO TERCERO DE LA ORDENANZA N° 009-2013-MPCH QUE APRUEBA
“PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMNISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS
Y DERECHOS TRAMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO UNICIO DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS Y TASAS POR SERVICIOS NO EXCLUSIVOS DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA.
Artículo
Primero. – INCORPORAR el servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos en
el Artículo Tercero de la Ordenanza N°009-2013-MPCH que aprueba
“Procedimientos, servicios administrativos brindados en exclusividad,
requisitos, derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos y Tasas por Servicios no Exclusivos de la Municipalidad
Provincial de Chincha la misma que en el Anexo de la presente Ordenanza se
detalla el procedimiento y los costos administrativos.
Artículo
Segundo. – Dejar sin efecto toda disposición contraria a la presente Ordenanza.
Artículo
Tercero. – Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de la Unidad de
Residuos Sólidos y demás unidades orgánicas competentes a disponer la
implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.
– Encargar a la Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza en
el diario de circulación local, disponiéndose, su publicación en la Portal Institucional
(www.municipalidadchincha.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese,
publíquese, comuníquese y cúmplase.
Armando Huamán
Tasayco
ALCALDE
ANEXO:
CONCEPTO |
% UIT |
MONTO EN SOLES |
GERENCIA DE UNIDAD DE RESIDUOS SÓLIDOS |
||
Servicio de Disposición final de residuos
sólidos de gestión Municipal 1.1.
Base Legal · Decreto Legislativo N° 1278, modificada por
el Decreto Legislativo N° 1278 ·
Decreto Supremo N° 014-2017-MINA. ·
Ordenanza Municipal N° 001-2018-MPI. 1.2. Evaluación de la procedencia del
servicio de disposición final Requisitos: · Solicitud para acceder al servicio de disposición
final de residuos sólidos de gestión municipal. · Información de las unidades vehiculares
destinadas a las actividades de recolección y transporte de residuos sólidos
municipales de la entidad solicitante; tales como: ü Tarjeta de
Propiedad, ü SOAT. ü Revisión técnica. ü En caso la unidad no sea de propiedad de la
entidad solicitante, deberá adjuntar el contrato, orden de servicio, o en su
defecto una declaración jurada. · Datos de los choferes a cargo de las
unidades vehiculares del servicio de recolección y transporte de residuos
sólidos municipales: ü DNI ü Brevete de acuerdo a la categoría. · Cantidad proyectada de generación de
residuos sólidos municipales por día, y por cada unidad vehicular y turno. · Numero de comprobante de pago del trámite
administrativo, el cual debe ser indicado en la solicitud. Nota: el plazo no será mayor de 10 días hábiles. 1.3. Disposición final de residuos sólidos
en el relleno sanitario Disposición
final de residuos sólidos de gestión municipal en soles por tonelada (S/. /
Tn) Requisito: · Contrato de Servicio de Disposición Final
suscrito entre la entidad solicitante y la entidad prestadora del servicio. Nota: El contrato de servicio fijará los términos para la cancelación del
servicio de disposición final de residuos sólidos; para ello, la Gerencia de
Unidad de Residuos Sólidos reportará los pesos de residuos que ingresa al
relleno sanitario con una frecuencia mensual. |
2.050% 0.56% |
S/. 24.60 |
0 comentarios:
Publicar un comentario