lunes, 18 de octubre de 2021

Municipalidad Provincial de Pisco ORDENANZA N° 013

 

Municipalidad Provincial de Pisco

ORDENANZA N° 013 - 2021 - MPP

Pisco, 22 setiembre de 2021.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE PISCO

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, celebrada el día 21 de setiembre de 2021, los Expedientes Administrativos N° 16393-2019-MPP y 11901-2021-MPP, presentado por el Ing. Carlos Alberto Palomino Sotelo, en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Clemente, comunica que en cumplimiento al Acuerdo de Concejo N° 063-2019-MDSC, mediante el cual se aprueba que el trámite de propuesta de Cambio de Zonificación del predio ubicado frente a la carretera a Humay km 1 y 2, de la jurisdicción del Distrito de San Clemente, Provincia de Pisco, Región Ica,  con un área de 30000m2, inscrito en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos, sea remitido a la Municipalidad Provincial de Pisco para que proceda de acuerdo a Ley, adjuntándose la Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDSC.  

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, se establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, según lo señalado por el inciso 6) del Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen competencia para planificar el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial;

Que, conforme al primer párrafo del artículo 39° y primer párrafo del artículo 40° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el artículo 73° y 79° de la norma precitada, establece que es atribución de las municipalidades provinciales la organización del espacio físico – uso del suelo de la provincia, así como aprobar y/o ratificar los cambios de zonificación;

Que, mediante Ordenanza N° 001-2012-A/MPP, se aprueba el Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia de Pisco, dentro del Marco de la Ley N° 29800, vigente hasta el año 2021.

Que, mediante Ordenanza N° 015-2013-MPP, se aprueba la Regulación de los Usos de Suelos, Vías, Aportes Reglamentarios, Parámetros Urbanísticos y Edificatorios en la Ciudad de Pisco.

Que, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado por D.S. N° 022-2016-VIVIENDA, y que deroga el D.S. N° 004-2011-VIVIENDA, se establece los procedimientos técnicos y administrativos que deben seguir las municipalidades en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento y gestión de acondicionamiento territorial y desarrollo humano. En su Sub Capítulo II regula lo pertinente al cambio de zonificación; asimismo, el Artículo 105.4 de esta misma norma señala que: “Con la opinión técnica fundamentada la Municipalidad Distrital eleva la propuesta de cambio de zonificación a la Municipalidad Provincial mediante Ordenanza”.

Que, en atención al marco normativo antes descrito, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Clemente, mediante Oficios N° 290-2019-MDSC/ALC (Expediente Administrativo N° 16393-2019-MPP) y N° 159-2021-MDSC/ALC (Expediente Administrativo N° 11901-2021-MPP), comunica que en cumplimiento al Acuerdo de Concejo N° 063-2019-MDSC, mediante el cual se aprueba que el trámite de propuesta de Cambio de Zonificación del predio ubicado frente a la carretera a Humay km 1 y 2, de la jurisdicción del Distrito de San Clemente, Provincia de Pisco, Región Ica,  con un área de 30000m2, inscrito en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos, sea remitido a la Municipalidad Provincial de Pisco para que proceda de acuerdo a Ley (D.S. N° 022-2016-VIVIENDA), adjuntándose la Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDSC.

Que, mediante Acuerdo N° 011-2020-MPP, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Pisco, aprobó disponer que el pedido de ratificación de Cambio de Zonificación promovido por la Municipalidad Distrital de San Clemente, pase a las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Desarrollo Urbano, para el Dictamen correspondiente.

Que, luego de la revisión de la documentación que forma parte del expediente trasladado a estas comisiones, se evidenció el incumplimiento del Art. 105.4 del D.S. N° 022-2016-VIVIENDA, que señala expresamente: “Con la opinión técnica fundamentada la Municipalidad Distrital eleva la propuesta de cambio de zonificación a la Municipalidad Provincial mediante Ordenanza”; lo cual ha sido subsanado por la Municipalidad Distrital de San Clemente mediante Oficio N° 159-2021-MDSC/ALC (Expediente Administrativo N° 11901-2021-MPP), documentación que ha sido trasladada a estas comisiones de regidores a través de la Carta N° 099-2021-MPP-OGS, la misma que anexa el Acuerdo N° 078-2021-MPP, para la continuación del trámite respectivo y el Dictamen correspondiente.

Que, con Informe N° 890-2021-JGF-SGPUC-GDUT/MPP, de fecha 16 de agosto de 2021, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro es de la opinión que es procedente el Cambio de Uso de Industria Liviana (I2) a Residencial de Densidad Media (RDM), del predio ubicado frente a la carretera a Humay km 1 y 2, de la jurisdicción del Distrito de San Clemente, Provincia de Pisco, Región Ica, inscrito en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos.

Que, mediante Informe N° 1069-2021-MPP/OGAJ, la Dirección General de Asesoría Jurídica de la MPP, concluye que, el procedimiento de Cambio de Zonificación de Industria Liviana (I-2) a Residencial de Densidad Media (RDM) del predio inscrito en la Partida Registral N°40003261, solicitado por John Alex Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos, aprobado mediante Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDSC, ha cumplido los requisitos establecidos en el Orden N° 15 del TUPA “Expedición de Resolución de Cambio de Zonificación”, conforme a los requisitos establecidos en el D.S. N° 022-2016-VIVIENDA, resulta amparable su cambio de uso, opinando que es procedente lo requerido.

Que, luego del análisis respectivo realizado por las Comisiones Permanentes de Regidores de Asuntos Jurídicos y de Desarrollo Urbano se emitió el Dictamen N° 003-2021-CPAJ-CPDU/MPP, el mismo que fue aprobado por el Pleno del Concejo Municipal y, estando a las consideraciones expuestas, en ejercicio de las facultades contenidas en el inciso 5 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE RATIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2020-MDSC QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE INDUSTRIA LIVIANA (I-2) A RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM) DEL PREDIO UBICADO FRENTE A LA CARRETERA A HUMAY KM 1 Y 2, DE LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE SAN CLEMENTE, PROVINCIA DE PISCO, REGIÓN ICA

ARTÍCULO PRIMERO: RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDSC de Cambio de Zonificación de Industria Liviana (I-2) a Residencial de Densidad Media (RDM) del predio ubicado frente a la carretera a Humay, Km 1 y 2 de la jurisdicción del Distrito de San Clemente, Provincia de Pisco, Región Ica, con un área de 30000m2, inscrito en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos.

ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las áreas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría y a quien corresponda la publicación de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación de la Provincia o Región, así como en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial de Pisco.

POR TANTO:

REGISTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe

ALCALDE

 

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