Municipalidad Provincial de Pisco
ORDENANZA N° 013 - 2021 - MPP
Pisco,
22 setiembre de 2021.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
POR
CUANTO:
EL
CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE PISCO
VISTO:
En
Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, celebrada el día 21 de setiembre de
2021, los Expedientes Administrativos N° 16393-2019-MPP y 11901-2021-MPP,
presentado por el Ing. Carlos Alberto Palomino Sotelo, en su calidad de Alcalde
de la Municipalidad Distrital de San Clemente, comunica que en cumplimiento al
Acuerdo de Concejo N° 063-2019-MDSC, mediante el cual se aprueba que el trámite
de propuesta de Cambio de Zonificación del predio ubicado frente a la carretera
a Humay km 1 y 2, de la jurisdicción del Distrito de San Clemente, Provincia de
Pisco, Región Ica, con un área de
30000m2, inscrito en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex
Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos, sea remitido a la
Municipalidad Provincial de Pisco para que proceda de acuerdo a Ley,
adjuntándose la Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDSC.
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad a lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política
del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con lo dispuesto en
el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, se establece que las municipalidades provinciales y
distritales son los órganos de gobierno local que tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que
la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que,
según lo señalado por el inciso 6) del Artículo 195° de la Constitución
Política del Perú, las municipalidades tienen competencia para planificar el
desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación,
urbanismo y el acondicionamiento territorial;
Que,
conforme al primer párrafo del artículo 39° y primer párrafo del artículo 40°
de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los concejos municipales
ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y
acuerdos. Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en
la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se
aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de
los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa;
Que,
el artículo 73° y 79° de la norma precitada, establece que es atribución de las
municipalidades provinciales la organización del espacio físico – uso del suelo
de la provincia, así como aprobar y/o ratificar los cambios de zonificación;
Que,
mediante Ordenanza N° 001-2012-A/MPP, se aprueba el Plan de Desarrollo Urbano
de la Provincia de Pisco, dentro del Marco de la Ley N° 29800, vigente hasta el
año 2021.
Que,
mediante Ordenanza N° 015-2013-MPP, se aprueba la Regulación de los Usos de
Suelos, Vías, Aportes Reglamentarios, Parámetros Urbanísticos y Edificatorios
en la Ciudad de Pisco.
Que,
el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, aprobado
por D.S. N° 022-2016-VIVIENDA, y que deroga el D.S. N° 004-2011-VIVIENDA, se
establece los procedimientos técnicos y administrativos que deben seguir las
municipalidades en el ejercicio de sus competencias en materia de planeamiento
y gestión de acondicionamiento territorial y desarrollo humano. En su Sub
Capítulo II regula lo pertinente al cambio de zonificación; asimismo, el
Artículo 105.4 de esta misma norma señala que: “Con la opinión técnica
fundamentada la Municipalidad Distrital eleva la propuesta de cambio de
zonificación a la Municipalidad Provincial mediante Ordenanza”.
Que,
en atención al marco normativo antes descrito, el Alcalde de la Municipalidad
Distrital de San Clemente, mediante Oficios N° 290-2019-MDSC/ALC (Expediente
Administrativo N° 16393-2019-MPP) y N° 159-2021-MDSC/ALC (Expediente
Administrativo N° 11901-2021-MPP), comunica que en cumplimiento al Acuerdo de
Concejo N° 063-2019-MDSC, mediante el cual se aprueba que el trámite de
propuesta de Cambio de Zonificación del predio ubicado frente a la carretera a
Humay km 1 y 2, de la jurisdicción del Distrito de San Clemente, Provincia de
Pisco, Región Ica, con un área de
30000m2, inscrito en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex
Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos, sea remitido a la
Municipalidad Provincial de Pisco para que proceda de acuerdo a Ley (D.S. N°
022-2016-VIVIENDA), adjuntándose la Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDSC.
Que,
mediante Acuerdo N° 011-2020-MPP, el Concejo Municipal de la Municipalidad
Provincial de Pisco, aprobó disponer que el pedido de ratificación de Cambio de
Zonificación promovido por la Municipalidad Distrital de San Clemente, pase a
las Comisiones de Asuntos Jurídicos y de Desarrollo Urbano, para el Dictamen
correspondiente.
Que,
luego de la revisión de la documentación que forma parte del expediente
trasladado a estas comisiones, se evidenció el incumplimiento del Art. 105.4
del D.S. N° 022-2016-VIVIENDA, que señala expresamente: “Con la opinión técnica
fundamentada la Municipalidad Distrital eleva la propuesta de cambio de
zonificación a la Municipalidad Provincial mediante Ordenanza”; lo cual ha sido
subsanado por la Municipalidad Distrital de San Clemente mediante Oficio N°
159-2021-MDSC/ALC (Expediente Administrativo N° 11901-2021-MPP), documentación
que ha sido trasladada a estas comisiones de regidores a través de la Carta N°
099-2021-MPP-OGS, la misma que anexa el Acuerdo N° 078-2021-MPP, para la
continuación del trámite respectivo y el Dictamen correspondiente.
Que,
con Informe N° 890-2021-JGF-SGPUC-GDUT/MPP, de fecha 16 de agosto de 2021, la
Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro es de la opinión que es
procedente el Cambio de Uso de Industria Liviana (I2) a Residencial de Densidad
Media (RDM), del predio ubicado frente a la carretera a Humay km 1 y 2, de la
jurisdicción del Distrito de San Clemente, Provincia de Pisco, Región Ica, inscrito
en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex Camones Guillermo
y Sandra Gisela Avendaño Santos.
Que,
mediante Informe N° 1069-2021-MPP/OGAJ, la Dirección General de Asesoría
Jurídica de la MPP, concluye que, el procedimiento de Cambio de Zonificación de
Industria Liviana (I-2) a Residencial de Densidad Media (RDM) del predio
inscrito en la Partida Registral N°40003261, solicitado por John Alex Camones
Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos, aprobado mediante Ordenanza
Municipal N° 008-2020-MDSC, ha cumplido los requisitos establecidos en el Orden
N° 15 del TUPA “Expedición de Resolución de Cambio de Zonificación”, conforme a
los requisitos establecidos en el D.S. N° 022-2016-VIVIENDA, resulta amparable
su cambio de uso, opinando que es procedente lo requerido.
Que,
luego del análisis respectivo realizado por las Comisiones Permanentes de
Regidores de Asuntos Jurídicos y de Desarrollo Urbano se emitió el Dictamen N°
003-2021-CPAJ-CPDU/MPP, el mismo que fue aprobado por el Pleno del Concejo
Municipal y, estando a las consideraciones expuestas, en ejercicio de las
facultades contenidas en el inciso 5 del Artículo 9° de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972 y con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores
y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó lo
siguiente:
ORDENANZA
QUE RATIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 008-2020-MDSC QUE APRUEBA EL CAMBIO DE
ZONIFICACIÓN DE INDUSTRIA LIVIANA (I-2) A RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM)
DEL PREDIO UBICADO FRENTE A LA CARRETERA A HUMAY KM 1 Y 2, DE LA JURISDICCIÓN
DEL DISTRITO DE SAN CLEMENTE, PROVINCIA DE PISCO, REGIÓN ICA
ARTÍCULO
PRIMERO: RATIFICAR la Ordenanza Municipal N° 008-2020-MDSC de Cambio de
Zonificación de Industria Liviana (I-2) a Residencial de Densidad Media (RDM)
del predio ubicado frente a la carretera a Humay, Km 1 y 2 de la jurisdicción
del Distrito de San Clemente, Provincia de Pisco, Región Ica, con un área de
30000m2, inscrito en la Partida Registral N°40003261, de propiedad de John Alex
Camones Guillermo y Sandra Gisela Avendaño Santos.
ARTÍCULO
SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a las áreas competentes, el
cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO
TERCERO: ENCARGAR a la Oficina General de Secretaría y a quien corresponda la
publicación de la presente Ordenanza en el diario de mayor circulación de la
Provincia o Región, así como en el Portal Web Institucional de la Municipalidad
Provincial de Pisco.
POR
TANTO:
REGISTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
ALCALDE
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