A partir del 1 de julio
Más
de 400 mil contribuyentes podrán acceder al estado de su solicitud de
devolución en línea y sin salir de casa.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (SUNAT) informó que a partir del 1 de julio
implementará, de manera gradual, el expediente electrónico de devoluciones, que
solicitan los contribuyentes por pagos de impuestos en exceso y otros esquemas
de reembolso.
Esta
iniciativa permitirá a los contribuyentes conocer el estado de su procedimiento
de devolución en línea, de manera directa y en tiempo real; es decir, ya no
será necesario presentar escritos para acceder a la lectura del expediente o para
solicitar copias de los documentos o desplazarse a las de-pendencias de la
SUNAT para realizar un trámite presencial.
Para
acceder al Expediente Electrónico de Devoluciones, el contribuyente ingresará a
SUNAT Operaciones en Línea, donde podrá verificar el estado de su trámite y
acceder a los documentos y escritos vinculados a estos.
El
Expediente Electrónico de Devolución beneficiará a unos 400,000 contribuyentes,
que tramitan regularmente este tipo de solicitudes mediante el Formulario
Virtual N° 1649.
Con
dicho formulario se pueden presentar solicitudes para la devolución del saldo a
favor del Impuesto a la Renta por Rentas de Tercera Categoría, Rentas del
Capital y/o Rentas del Trabajo, de percepciones acumuladas del IGV y/o aplicadas
a los contribuyentes del Nuevo Régimen Único Simplificado.
La
primera fase de la implementación del Expediente Electrónico de Devolución
incluirá a contribuyentes de las Intendencias Regionales de La Libertad,
Lambayeque, así como las Oficinas Zonales de Chimbote y Huaraz.
La
segunda se iniciará a partir del 12 de agosto próximo, y abarcará al resto de
las dependencias de la SUNAT, de acuerdo con la Resolución de Superintendencia
N° 000072-2021/SUNAT, publicada en el Diario Oficial.
Esta
nueva herramienta forma parte del Sistema Integrado del Expediente Virtual
(SIEV) que, actualmente, incluye los expedientes de los procedimientos de
cobranza coactiva de la deuda tributaria, de los procedimientos de
fiscalización y de determinados cruces de información, de reclamación y la
presentación de solicitudes y escritos, entre otros.
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