martes, 18 de mayo de 2021

Municipalidad Provincial de Pisco

DECRETO N° 003-2021-MPP

 Pisco, 07 de mayo de 2021.

VISTO:

El Informe  Nº 1006-2021-MPP-GSCASP emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Ambiente y Seguridad Pública, mediante el cual  la Sub Gerencia  de Seguridad Pública, está solicitando la Aprobación del Plan de Supervisión y Seguimiento de CODISEC, en cumplimiento de las actividades del Plan de Acción Provincia de Seguridad Ciudadana-2021;

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispuesto en el Artículo 195° de la constitución política los gobiernos locales  promueven el desarrollo  y la economía local y la prestación de los servicios  públicos  de su responsabilidad en armonía con las políticas  y planes nacionales  de desarrollo;

Que, mediante Ley N° 27933 “Ley del Sistema nacional de Seguridad Ciudadana” se establece que la seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinado a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos y contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas, estando presidida por el Presidente del Consejo de Ministros;

 Que, conforme lo establece el Artículo 13º de la Ley 27933 “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana”, modificado por Ley Nº 30055, que regula sobre los comités regionales, provinciales y distritales se establece: “Los Comités Regionales, provinciales y Distritales  son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC”;

Que, mediante Ordenanza  Nº 008-2021-MPP de fecha 31 de Marzo del 2021, se aprobó el “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana de Pisco para el año 2021” a cargo del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC),  en la que se estableció como una “Acción Estratégica”, el seguimiento de la Implementación de Planes de los CODISEC”, y mediante Reunión Ordinaria COPROSEC del 25.03.2021, se aprobó el Plan de Supervisión y Seguimiento de los CODISEC distritales- 2021, que tiene como objetivo “Fortalecer la actividad participativa de los CODISEC en el trabajo realizado contando con la participación de los integrantes de la secretaría técnica de los CODISEC, mejorando los niveles de seguridad ciudadana mediante la planificación, formulación, ejecución y evaluación que se realiza en el presente plan;

Que, el Plan de Supervisión y Seguimiento de los CODISEC distritales- 2021, busca monitorear el cumplimiento de las actividades plasmadas en los meses correspondientes según el cronograma matriz de actividades de los planes de acción distrital 2021 de cada jurisdicción, promoviendo e impulsando la implementación de programas y/o actividades de prevención con un enfoque distrital para reducir los índices delincuenciales y la violencia de acuerdo con los cinco objetivos plasmados por CONASEC, y contiene su Misión, Objetivos, Justificación, Alcance, Vigencia, Base Legal, Línea del tiempo del Plan, Aspectos Generales, Aspectos Específicos, Disposiciones Complementarias, Cronograma de Actividades y Anexos, por lo que se encuadra dentro de la normatividad vigente;

Que, de conformidad con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, se regula sobre los Decretos de Alcaldía señalando: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”. Consecuentemente los Decretos de Alcaldía tienen como propósito establecer normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas;

Que, la Ordenanza  Nº 008-2021-MPP, aprobó el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana de Pisco para el año 2021” a cargo del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC), en la que se estableció como una “Acción Estratégica”, el “Seguimiento de la Implementación de Planes de los CODISEC”, y al haberse elaborado el “Plan de Supervisión, Seguimiento y Asistencia a los CODISEC Distritales”, corresponde emitir el decreto de Alcaldía que lo apruebe;

En ejercicio  de las facultades  conferidas  por la constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades  y demás normas correspondientes de acuerdo a Ley;

DECRETA: 

ARTICULO PRIMERO: APROBAR,  el “PLAN DE SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y ASISTENCIA A LOS CODISEC DISTRITALES-2021”, que forma parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR  a la Gerencia de Servicios a la ciudad, Ambiente  y Seguridad Publica, el cumplimiento de la presente norma.

                        REGISTRESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe

ALCALDE

 

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