DECRETO N° 003-2021-MPP
VISTO:
El Informe Nº 1006-2021-MPP-GSCASP emitido por la
Gerencia de Servicios a la Ciudad, Ambiente y Seguridad Pública, mediante el
cual la Sub Gerencia de Seguridad Pública, está solicitando la
Aprobación del Plan de Supervisión y Seguimiento de CODISEC, en cumplimiento de
las actividades del Plan de Acción Provincia de Seguridad Ciudadana-2021;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispuesto en
el Artículo 195° de la constitución política los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los
servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las
políticas y planes nacionales de desarrollo;
Que, mediante Ley N° 27933
“Ley del Sistema nacional de Seguridad Ciudadana” se establece que la seguridad
ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración
de la ciudadanía, destinado a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación
de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos y
contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas, estando
presidida por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, conforme lo establece el Artículo 13º de
la Ley 27933 “Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana”, modificado por
Ley Nº 30055, que regula sobre los comités regionales, provinciales y
distritales se establece: “Los Comités Regionales, provinciales y
Distritales son los encargados de
formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana,
así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la
política nacional diseñada por CONASEC”;
Que, mediante Ordenanza Nº 008-2021-MPP de fecha 31 de Marzo del
2021, se aprobó el “Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana de Pisco
para el año 2021” a cargo del Comité Provincial de Seguridad Ciudadana
(COPROSEC), en la que se estableció como
una “Acción Estratégica”, el seguimiento de la Implementación de Planes de los
CODISEC”, y mediante Reunión Ordinaria COPROSEC del 25.03.2021, se aprobó el
Plan de Supervisión y Seguimiento de los CODISEC distritales- 2021, que tiene
como objetivo “Fortalecer la actividad participativa de los CODISEC en el
trabajo realizado contando con la participación de los integrantes de la
secretaría técnica de los CODISEC, mejorando los niveles de seguridad ciudadana
mediante la planificación, formulación, ejecución y evaluación que se realiza
en el presente plan;
Que, el Plan de Supervisión y
Seguimiento de los CODISEC distritales- 2021, busca monitorear el cumplimiento
de las actividades plasmadas en los meses correspondientes según el cronograma
matriz de actividades de los planes de acción distrital 2021 de cada
jurisdicción, promoviendo e impulsando la implementación de programas y/o
actividades de prevención con un enfoque distrital para reducir los índices
delincuenciales y la violencia de acuerdo con los cinco objetivos plasmados por
CONASEC, y contiene su Misión, Objetivos, Justificación, Alcance, Vigencia,
Base Legal, Línea del tiempo del Plan, Aspectos Generales, Aspectos
Específicos, Disposiciones Complementarias, Cronograma de Actividades y Anexos,
por lo que se encuadra dentro de la normatividad vigente;
Que, de conformidad con el
Artículo 42º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, se regula
sobre los Decretos de Alcaldía señalando: “Los decretos de alcaldía establecen
normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los
procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal
y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario,
que no sean de competencia del concejo municipal”. Consecuentemente los
Decretos de Alcaldía tienen como propósito establecer normas reglamentarias y
de aplicación de las ordenanzas;
Que, la Ordenanza Nº 008-2021-MPP, aprobó el Plan de Acción
Provincial de Seguridad Ciudadana de Pisco para el año 2021” a cargo del Comité
Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC), en la que se estableció como una
“Acción Estratégica”, el “Seguimiento de la Implementación de Planes de los
CODISEC”, y al haberse elaborado el “Plan de Supervisión, Seguimiento y
Asistencia a los CODISEC Distritales”, corresponde emitir el decreto de
Alcaldía que lo apruebe;
En ejercicio de las facultades conferidas por la constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas correspondientes de acuerdo a Ley;
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: APROBAR, el “PLAN DE SUPERVISIÓN, SEGUIMIENTO Y ASISTENCIA A LOS CODISEC DISTRITALES-2021”, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la ciudad, Ambiente y Seguridad Publica, el cumplimiento de la presente norma.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y
CUMPLASE.
Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
ALCALDE
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