ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2021/MDPN
Pueblo Nuevo, 30 de abril de 2021
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUEBLO NUEVO - CHINCHA
POR CUANTO:
EL
CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA,
VISTO:
El Informe N° 0359-2021-OPP/MDPN de fecha 31 de
marzo de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto,
mediante el cual remite la Propuesta de la Reestructuración del Reglamento de
Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo;
el Informe Legal N° 148-2021-MDPN-SAJ/GHA de fecha 14 de abril de 2021, de la
Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; y la Sesión Ordinaria Virtual del Concejo
Municipal del 30 de abril de 2021; y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el
Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por las Leyes de
Reforma Constitucional N° 28607 y N° 30305, concordante con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, que precisa que
las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno
Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos
de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece
para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, en concordancia con lo dispuesto en los
Artículos IV y V del Título Preliminar de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de
Municipalidades”, establece que los gobiernos locales representan al
vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales
y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, asimismo, el Artículo 8° de la Ley Nº
27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que las Municipalidades son
competentes para establecer su régimen de organización interior, de acuerdo a
sus necesidades y presupuesto;
Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 27972 “Ley
Orgánica de Municipalidades” establece que la administración municipal adopta
una estructura gerencial, sustentándose en principios de programación,
dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior;
Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades
provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de
carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y las materiales en las
que la Municipalidad tiene competencia normativa; asimismo, el numeral 8) del
artículo 9° de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal
Aprobar, Modificar o Derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
Que, mediante el Decreto Supremo Nº
054-2018-PCM que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”;
modificado mediante Decreto Supremo N° 131-2018-PCM.
Que, mediante Lineamientos N°02-2020-SGP, que
establece orientaciones y funciones del Reglamento de Organización y Funciones
- ROF y el Manual de Operaciones – MOP, aprobada con Resolución de Secretaría
de Gestión Pública N°005-2020-PCM-SGP.
Que, mediante Informe N° 0359-2021-OPP/MDPN de
fecha 31 de marzo de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, presenta
informe técnico sustentatorio para la Modificación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo – Chincha, para su
aprobación por parte del Concejo Municipal;
Que, en este contexto, se hace necesario
realizar las reformas y cambios en la organización interna de la Municipalidad
Distrital de Pueblo Nuevo, con la finalidad de optimizar el uso de sus recursos
y redefinir sus funciones, que le permitan ejercer su verdadera función de
promotor del desarrollo de la jurisdicción territorial del Distrito de Pueblo
Nuevo, con democracia, eficiencia, modernidad y mejor servicio al Distrito;
Que, a
través del Informe Legal N° 148-2021-MDPN-SAJ/GHA de fecha 14 de abril de 2021,
la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión declarar PROCEDENTE la
propuesta para la Modificación del
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de
Pueblo Nuevo – Chincha, aprobado con Ordenanza Municipal N° 013-2020/MDPN de
fecha 23 de diciembre de 2020, por lo cual corresponde al pleno del concejo
municipal su aprobación conforme a sus atribuciones establecidas en la Ley N°
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido en el Decreto Supremo
Nº 054-2018-PCM;
Que, para el efecto, se ha elaborado un nuevo
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de
Pueblo Nuevo, siendo necesario proceder a su aprobación;
Estando al voto aprobatorio del Concejo
Municipal y en uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 8 del
artículo 9º, artículo 39° y 40º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades”; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,
el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD de los presentes la siguiente;
“ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA”
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la MODIFICACIÓN del
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
PUEBLO NUEVO – CHINCHA, aprobado con Ordenanza Municipal N° 013-2020/MDPN de
fecha 23 de diciembre de 2020, conforme se detallan en el anexo que forma parte
integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que las demás
disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F.,
continúen vigentes.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás Unidades
Orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente ordenanza.
ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a Secretaría General
la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza conforme a Ley; y
a Oficina de Tecnología de la Información la publicación del íntegro del
R.O.F., en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo
Nuevo: http://www.munipnuevochincha.gob.pe/
ARTÍCULO
QUINTO- DISPONER que la presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a
partir del tres de mayo del año dos mil veintiuno.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
BERTHA ROSALYN PEÑA ORMEÑO
ALCALDESA
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