lunes, 10 de mayo de 2021

Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo


ORDENANZA MUNICIPAL N° 010-2021/MDPN

Pueblo Nuevo, 30 de abril de 2021

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA

POR CUANTO:

  EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA,

VISTO:

         El Informe N° 0359-2021-OPP/MDPN de fecha 31 de marzo de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual remite la Propuesta de la Reestructuración del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo; el Informe Legal N° 148-2021-MDPN-SAJ/GHA de fecha 14 de abril de 2021, de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; y la Sesión Ordinaria Virtual del Concejo Municipal del 30 de abril de 2021; y

CONSIDERANDO:

          Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional N° 28607 y N° 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, que precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

      Que, en concordancia con lo dispuesto en los Artículos IV y V del Título Preliminar de la Ley N° 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

    Que, asimismo, el Artículo 8° de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, establece que las Municipalidades son competentes para establecer su régimen de organización interior, de acuerdo a sus necesidades y presupuesto;

      Que, el Artículo 26º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial, sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior;

      Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y Distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de los cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materiales en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; asimismo, el numeral 8) del artículo 9° de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal Aprobar, Modificar o Derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.

    Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”; modificado mediante Decreto Supremo N° 131-2018-PCM.

      Que, mediante Lineamientos N°02-2020-SGP, que establece orientaciones y funciones del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones – MOP, aprobada con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N°005-2020-PCM-SGP.

      Que, mediante Informe N° 0359-2021-OPP/MDPN de fecha 31 de marzo de 2021, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, presenta informe técnico sustentatorio para la Modificación  del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo – Chincha, para su aprobación por parte del Concejo Municipal;

        Que, en este contexto, se hace necesario realizar las reformas y cambios en la organización interna de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, con la finalidad de optimizar el uso de sus recursos y redefinir sus funciones, que le permitan ejercer su verdadera función de promotor del desarrollo de la jurisdicción territorial del Distrito de Pueblo Nuevo, con democracia, eficiencia, modernidad y mejor servicio al Distrito;

        Que, a través del Informe Legal N° 148-2021-MDPN-SAJ/GHA de fecha 14 de abril de 2021, la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica es de opinión declarar PROCEDENTE la propuesta para la  Modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo – Chincha, aprobado con Ordenanza Municipal N° 013-2020/MDPN de fecha 23 de diciembre de 2020, por lo cual corresponde al pleno del concejo municipal su aprobación conforme a sus atribuciones establecidas en la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;

       Que, para el efecto, se ha elaborado un nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, siendo necesario proceder a su aprobación;

      Estando al voto aprobatorio del Concejo Municipal y en uso de las facultades conferidas por los numerales 3 y 8 del artículo 9º, artículo 39° y 40º de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades”; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD de los presentes la siguiente; 

“ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL  REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO - CHINCHA”

ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, la MODIFICACIÓN del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA, aprobado con Ordenanza Municipal N° 013-2020/MDPN de fecha 23 de diciembre de 2020, conforme se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones – R.O.F., continúen vigentes.

ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás Unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente ordenanza.

ARTÍCULO CUARTO.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del texto aprobatorio de la presente Ordenanza conforme a Ley; y a Oficina de Tecnología de la Información la publicación del íntegro del R.O.F., en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo: http://www.munipnuevochincha.gob.pe/

 ARTÍCULO QUINTO- DISPONER que la presente Ordenanza Municipal, entrará en vigencia a partir del tres de mayo del año dos mil veintiuno.

                        Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.

                                                                       BERTHA ROSALYN PEÑA ORMEÑO

                                                                                            ALCALDESA

 

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