Municipalidad Provincial de Pisco
DECRETO N° 002-2021-MPP
Pisco,
15 de abril de 2021
VISTO:
El
Informe N° 928-2021-MPP-GSCASP, emitido por la Gerencia de Servicios a la
Ciudad, Ambiente y Seguridad Pública, mediante el cual se solicita que a través
del Decreto de Alcaldía se conforme y formalice el Comité de Gestión Local para
el manejo integrado de la Zona Marino Costera Pisco – Paracas, de acuerdo a la
relación adjunta;
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 194° de la
Constitución Política del Perú y el Articulo II del Título Preliminar de la Ley
N° 27972, Ley Organiza de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que,
mediante Ordenanza Nº 018-2020-MPP se DECLARA DE INTERES LA FORMULACIÓN DEL
PLAN DE MANEJO INTEGRADO DE LA ZONA MARINO – COSTERA DE LA PROVINCIA DE PISCO.;
Que,
en cumplimiento de lo señalado en el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº
018-2021-MPP, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Ambiente y Seguridad
Pública, mediante Informe de referencia, señala que luego de la realización de
cinco talleres virtuales, ha elaborado el mapeo de actores presentes en la
Unidad de manejo integrado de la provincia de Pisco y solicita la conformación
del Comité de Gestión Local para el manejo integrado de la Zona Marino Costera,
con 42 actores del sector público y sociedad civil, por lo que requiere la
aprobación mediante Decreto de Alcaldía;
Que,
el artículo 42° de la Ley Organiza de Municipalidades N° 27972, establece que
los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de
las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarias para la correcta y
eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden
general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo
Municipal;
Contando
con el Informe Nº 532-2021-MPP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría
Jurídica;
Estando
a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las
atribuciones conferidas por el numeral 6, del artículo 20, de la Ley Organiza
de Municipalidades N° 27972 y el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº
018-2020-MPP
SE
DECRETA:
ARTÍCULO
PRIMERO: CONFORMAR y FORMALIZAR el Comité de Gestión Local para el manejo
integrado de la Zona Marino Costera Pisco – Paracas, el mismo que estará
integrado por los 42 representantes que se detallan:
1) MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO.
2) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS.
3) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANDRÉS.
4) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TÚPAC AMARU
INCA.
5) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN CLEMENTE.
6) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
INDEPENDENCIA.
7) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUMAY.
8) GERENCIA RECURSOS NATURALES Y GESTIÓN
DEL MEDIO AMBIENTE - GORE ICA.
9) GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO,
PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL - GORE ICA.
10) GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA -
GORE ICA.
11) DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y
TURISMO - DIRCETUR ICA - GORE ICA.
12) DIRECCIÓN REGIONAL DE PRODUCCIÓN – DIREPRO
- GORE ICA.
13) SERVICIO FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE -
SERFOR REGIÓN ICA.
14) U.E. 404 HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS –
PISCO.
15) ADMINISTRACIÓN LOCAL DEL AGUA – ALA PISCO
– ANA.
16) DIRECCIÓN DE PROGRAMA SECTORIAL III UNIDAD
DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL – UGEL.
17) RESERVA NACIONAL DE PARACAS- RNP – SERNANP
- MINISTERIO DEL AMBIENTE – MINAM.
18) RESERVA NACIONAL SISTEMA DE ISLAS ISLOTES
Y PUNTA GUANERA - RNSIIPG – SERNANP - MINISTERIO DEL AMBIENTE – MINAM.
19) INSTITUTO DEL MAR DEL PERÚ – IMARPE - LABORATORIO COSTERO DE PISCO.
20) CAPITANIA DE PUERTO DE PISCO.
21) COMISERIA SECTORIAL PISCO “A” POLICÍA
NACIONAL DEL PERÚ – PNP PISCO.
22) DESCATAMENTO DESCONCENTRADO DE MEDIO
AMBIENTE PNP PARACAS.
23) EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO
DE PISCO – EMAPISCO S.A.
24) APROPISCO SAC.
25) CORPORACIÓN ACEROS AREQUIPA S.A. - PLANTA
Nº 2 – PISCO.
26) TERMINAL PORTUARIO PARACAS S.A.
ADMINISTRACIÓN DE TERMINAL PORTUARIO GENERAL SAN MARTÍN PARACAS – PISCO.
27) PLUSPETROL.
28) UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” DE
ICA.
29) ACOREMA.
30) TERRA NUOVA.
31) ASOCIACIÓN GRUPO DE AVES DEL PERÚ – GAP.
32) ASOCIACIÓN DE GUÍAS OFICIALES DE TURISMO -
AGOTUR PISCO.
33) ASOCIACIÓN DE SINDICATO DE EXTRACTORES DE
MARISCOS DE LA BAHÍA INDEPENDENCIA PARACAS –PISCO.
34) ASOCIACIÓN DE SINDICATO DE PESCADORES
ARTESANALES Y EXTRACTORES DE MARISCOS DE CALETA LAGUNA GRANDE.
35) ASOCIACIÓN SINDICATO ÚNICO DE EXTRACTORES
MARISCOS Y MARICULTORES DEL PUERTO DE PISCO CHACO - LAGUNILLA.
36) ASOCIACIÓN PROYECTO 2000 –EBAGI SAC.
37) ASOCIACIÓN SINDICATO DE PESCADORES
ARTESANALES SAN ANDRÉS.
38) ASOCIACIÓN PESCADORES ARTESANALES
BOLICHITOS DE BOLSILLO “VÍCTOR PEÑA ORMEÑO” SAN ANDRÉS.
39) COOPERATIVA DE TRABAJADORES PESQUEROS Y DE
SERVICIOS CONSORCIO DE PESCADORES ARTESANALES, MARICULTORES DE PLAYA ATENAS.
40) COOPERATIVA DE TRABAJADORES PESQUEROS Y
MARICULTORES JOSÉ OLAYA BALANDRA DE SAN ANDRÉS (COTRAPESMAJOOBALSA).
41) ASOCIACIÓN DE PESCADORES ARTESANALES
EXTRACTORES Y RECOLECTORES DE RECURSOS HIDROBIOLÓGICOS Y ALGAS MARINAS SAN
PABLO DEL PLAYÓN FUTURO DE RIQUEZA.
42) ASOCIACIÓN DE MARICULTORES DE SAN ANDRÉS - ASOMASA.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Ambiente y Seguridad Pública, la Secretaría Técnica del Comité de Gestión Local para el manejo integrado de la Zona Marino Costera Pisco – Paracas.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Ambiente y Seguridad Pública, la notificación del presente Decreto a los integrantes del Comité.
Regístrese,
Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
LIC.
JUAN ENRIQUE MENDOZA URIBE
ALCALDE
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