martes, 6 de abril de 2021

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TÚPAC AMARU INCA ORDENANZA MUNICIPAL

 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TÚPAC AMARU INCA

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 003-2021-CM-MDTAI

Túpac Amaru Inca, 27 de febrero de 2021

  EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TÚPAC AMARU INCA

VISTOS:

En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero de 2021, mediante Informe Nº 062-2021-GM-MDTAI por la Gerencia Municipal, con Informe Nº 079-2021-MDTAI-GAJ de la Gerencia de Asesoría Legal, con Informe Nº 010-2021-GAT-MDTAI de la Gerencia de Administración Tributaria y con Informe Nº 068-2021-SGRR/MDTAI dela Sub gerencia de Registro y Recaudación sobre la prórroga de vencimiento de la primera cuota del pago de impuesto predial hasta el 31 de marzo del año fiscal 2021.y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 14º del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF y modificatorias, dispone que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada: inciso a) Anualmente, hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo que el municipio establezca una prórroga. La actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del presente artículo, y se entenderá como válida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago del impuesto;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2020-MDTAI de fecha 31 de octubre del 2020, se estableció las fechas de los vencimientos de las cuotas del pago del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2021;

Que, mediante Informe Nº 068-2021-SGRR/MDTAI de la Sub gerencia de Registro y Recaudación indica que mediante Ordenanza Municipal Nº 016-2020-MDTAI de fecha 31 de octubre del 2020, se estableció las fechas de los vencimientos de las cuotas del pago del impuesto predial y arbitrios municipales del ejercicio 2021; por lo que propone que, mediante decreto de Alcaldía, se prorrogue el vencimiento de la primera cuota, del pago del impuesto predial hasta el 31 de marzo del presente año;

Que, mediante Informe Nº 010-2021-GAT-MDTAI de la Gerencia de Administración Tributaria, no solamente es estrechar los márgenes de control del cumplimiento de las obligaciones tributarias, si no también establecer políticas y mecanismos que flexibilicen el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias, en ese sentido la Gerencia de Administración Tributaria, mediante informe de visto, considera necesario prorrogar el plazo de vencimiento de la primera y pago al contado del impuesto predial sea hasta el 31 de marzo de 2021;

Que, mediante Nº 079-2021-MDTAI-GAJ de la Gerencia de Asesoría Legal es de OPINION que, se remita lo actuado SESION DE CONCEJO, a fin de que los señores Regidores, aprueben MODIFICAR la Ordenanza Nº 016-2020-MDTAI, que permita prorrogar el vencimiento de la primera cuota del Pago del Impuesto Predial, hasta el 31 de marzo del 2021;

Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que aprueba la prórroga del plazo de vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada de la primera cuota del impuesto predial del ejercicio 2021, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente:

 

ORDENANZA QUE APRUEBA LA PRÓRROGA DEL PLAZO DE VENCIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL

DEL EJERCICIO 2021

 

ARTÍCULO PRIMERO. - Prorrogar el plazo de vencimiento de la fecha de presentación de la Declaración Jurada Anual del presente ejercicio fiscal, hasta 31 de marzo 2021.

ARTÍCULO SEGUNDO. -  Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Registro y Recaudación, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.

ARTÍCULO TERCERO.- Encargar a la Gerencia de Secretaría General y a la Sub gerencia de Sistemas la publicación de la presente ordenanza, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Túpac Amaru Inca: www.munitai.gob.pe.

 

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Única. - Facúltese al señor Alcalde para mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias y reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza, así como establecer la prórroga de la misma.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase

SANTIAGO JOSÉ DE LA CRUZ OCHOA

ALCALDE

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