miércoles, 24 de marzo de 2021

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO ORDENANZA

 

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

          ORDENANZA Nº 002 – 2021-MDGP

Grocio Prado, 22  de marzo del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

POR CUANTO:

El Consejo Distrital de Sesión Ordinaria de la fecha 25 de Febrero de 2021; y:

VISTOS:

El Informe N° 033-2021-MDGP/SGSG de fecha 16 de febrero de 2021, de la Sub Gerencia de Secretaria General, Informe N° 002-2021-MDGP/AL de la Asesoria Legal Externa de fecha 18 de febrero del 2021, Informe N° 061-2021-MDGP/GM de fecha 18 de febrero del 2021 emitido por la Gerencia Municipal, sobre, sobre la aprobación del Proyecto Reglamento Inferno del Concejo (RIC). de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, y;

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son Órganos de gobierno local, con personería jurídica de Derecho de Público y tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Articulo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972;

Que, la Secretaría General, mediante informes de vistos, remite  el Proyecto del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Grocio Prado – RIC.

Que, mediante Informe N° 002-2021-MDGP/AL de la Asesoria Legal Externa de fecha 18 de febrero del 2021, el Asesor Legal Externo  opina que es procedente la aprobacion del Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, y  sugiere derivarlo al pleno de concejo para su aprobacion.

Que, en el numeral (3) n el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades Lay N°27972 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de  organizaciones internas  y funcionamiento del gobierno local, lo cual es concordante  con lo establecido en el artículo 40°  de la acotada norma señalada : Las Ordenanzas provinciales y distritales, en la mayoría de sus competencias , son las normas de carácter general  de mayor jerarquía  en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba  la Organización Interna, la regulación,  administración y supervisión de los servicios públicos  y las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa, entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200, inciso 4 de la Constitución tiene cargo de Ley;

Que, el Reglamento Interno del Concejo, es un instrumento jurídico municipal que contiene los lineamientos de las funciones del Concejo Municipal (Alcalde y Regidores) en la Corporación Edil; dicho reglamento (RIC) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el Articulo 9ª numeral 8) y los articulo  39°, 40° y 44 de la Ley Nª 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el VOTO UNANIME, de los miembros del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del Tramite de lectura y aprobacion del Acta, se Aprobo lo siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA  MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO

ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO  el mismo que consta de 12  títulos, 09 capítulos, 101 artículos y 06 disposiciones finales.

ARTICULO SEGUNDO.- DEROGAR todas aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente Ordenanza.

ARTICULO TERCERO.- ESTABLECER, que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario de mayor circulación, cartel y/o portal institucional de la Municipalidad

POR TANTO:

REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Prof. ORLANDO MANUEL TORRES VALENZUELA

ALCALDE

 

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.