MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ORDENANZA Nº 002 – 2021-MDGP
Grocio Prado, 22 de marzo del 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE GROCIO PRADO
POR CUANTO:
El Consejo Distrital de Sesión Ordinaria
de la fecha 25 de Febrero de 2021; y:
VISTOS:
El Informe N° 033-2021-MDGP/SGSG de
fecha 16 de febrero de 2021, de la Sub Gerencia de Secretaria General, Informe
N° 002-2021-MDGP/AL de la Asesoria Legal Externa de fecha 18 de febrero del
2021, Informe N° 061-2021-MDGP/GM de fecha 18 de febrero del 2021 emitido por
la Gerencia Municipal, sobre, sobre la aprobación del Proyecto Reglamento
Inferno del Concejo (RIC). de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado, y;
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de
gobierno local, con personería jurídica de Derecho de Público y tiene autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de
conformidad a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del
Perú, concordante con el Articulo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley N° 27972;
Que, la Secretaría General, mediante
informes de vistos, remite el Proyecto
del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Grocio Prado – RIC.
Que, mediante Informe N°
002-2021-MDGP/AL de la Asesoria Legal Externa de fecha 18 de febrero del 2021,
el Asesor Legal Externo opina que es
procedente la aprobacion del Reglamento Interno de Concejo de la Municipalidad
Distrital de Grocio Prado, y sugiere
derivarlo al pleno de concejo para su aprobacion.
Que, en el numeral (3) n el artículo 9°
de la Ley Orgánica de Municipalidades Lay N°27972 establece que corresponde al
Concejo Municipal aprobar el régimen de
organizaciones internas y funcionamiento
del gobierno local, lo cual es concordante
con lo establecido en el artículo 40°
de la acotada norma señalada : Las Ordenanzas provinciales y
distritales, en la mayoría de sus competencias , son las normas de carácter
general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por
medio de las cuales se aprueba la
Organización Interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en la que la Municipalidad
tiene competencia normativa;
Que, el Concejo Municipal cumple su
función normativa, entre otros mecanismos a través de las Ordenanzas
Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el artículo 200,
inciso 4 de la Constitución tiene cargo de Ley;
Que, el Reglamento Interno del Concejo,
es un instrumento jurídico municipal que contiene los lineamientos de las
funciones del Concejo Municipal (Alcalde y Regidores) en la Corporación Edil;
dicho reglamento (RIC) de la Municipalidad Distrital de Grocio Prado.
Estando a lo expuesto y en uso de las
facultades contenidas en el Articulo 9ª numeral 8) y los articulo 39°, 40° y 44 de la Ley Nª 27972, Ley
Organica de Municipalidades, con el VOTO UNANIME, de los miembros del Pleno del
Concejo Municipal y con la dispensa del Tramite de lectura y aprobacion del
Acta, se Aprobo lo siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO PRADO
ARTICULO PRIMERO.- APROBAR, el
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GROCIO
PRADO el mismo que consta de 12 títulos, 09 capítulos, 101 artículos y 06
disposiciones finales.
ARTICULO SEGUNDO.- DEROGAR todas
aquellas disposiciones que se opongan a lo establecido en el presente
Ordenanza.
ARTICULO TERCERO.- ESTABLECER, que la
presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su
publicación en el diario de mayor circulación, cartel y/o portal institucional
de la Municipalidad
POR TANTO:
REGISTRESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y
CUMPLASE.
Prof. ORLANDO MANUEL TORRES VALENZUELA
ALCALDE
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