• Se puede solicitar luego de presentar la Declaración de Renta 2020, con un celular que tenga el APP Personas SUNAT o desde su página Web
La Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) informó que desde el
15 de febrero hasta la primera semana de marzo se han presentado 75 mil
solicitudes de devolución de personas naturales que ya presentaron su
Declaración de Renta 2020, de las cuales ya se han atendido, en menos de 30
días, más del 65%.
Como resultado de los
esfuerzos para agilizar ese proceso, a la fecha, la SUNAT ya notificó a unos 50
mil contribuyentes (personas naturales) la devolución por un monto cercano a
los 70 millones de soles. Las alertas se comunican al Buzón Electrónico,
disponible en www.sunat.gob.pe, a través del APP Personas o al correo electrónico
previamente registrado.
El monto a devolver
se deposita en la cuenta bancaria del contribuyente si es que cumplió con
registrar el Código de Cuenta Interbancaria (CCI) en el portal de la SUNAT. En
caso aún no lo hubiera hecho, primero deberán registrar el citado código en la
misma Web.
En la primera
quincena de febrero, se remitió a 250 mil personas naturales el reporte de saldo
a favor en el que se detallaba la devolución que podrían obtener luego de
presentar su Declaración de Renta 2020.
Sin embargo, hay
muchos contribuyentes que, pese a tener saldo a su favor, todavía no presentan
la declaración; por eso, la SUNAT les recomienda que revisen los medios disponibles
(Buzón Electrónico, APP Personas, correo electrónico) donde deben haber
recibido las notificaciones para poder hacer el trámite, que se realiza en solo
unos minutos.
La devolución
corresponde a trabajadores independientes y/o dependientes (Cuarta Categoría o
Cuarta y Quinta Categorías), que acumularon un exceso en el pago de tributos
(por abonos directos o retenciones mensuales) durante el año pasado.
Recuerde que para
presentar la Declaración de Renta 2020, debe contar con la clave SOL,
la misma que se puede
generar o recuperar virtualmente desde la aplicación APP Personas o el portal
de SUNAT. El plazo final es del 25 de marzo al 12 de abril, según el último
dígito del número de RUC.
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