Municipalidad
Provincial de Chincha
ACUERDO DE CONCEJO N°
035 -2020-A-MPCH
Chincha Alta, 02 de noviembre del 2020
VISTO: En Sesión Ordinaria VIRTUAL DE CONCEJO MUNICIPAL,
VIA ZOOM, de fecha 30 de noviembre del año en curso, tratado en la estación
Orden del Día, sobre Autorización al señor Alcalde Provincial Armando Huamán
Tasayco, para que suscriba el Convenio de Cooperación Interinstitucional para
la Instalación y Operatividad del Almacén adelantado entre el Gobierno Regional
de Ica y la Municipalidad Provincial de Chincha, con el objeto de continuar con
el funcionamiento del Almacén Adelantado, debido a que estos ya fueron instalados
y se encuentran operando hasta la actualidad, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Art. 194 de la Constitución
Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 30305,
concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley 27972 Orgánica de
Municipalidades, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local y tienen
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y
fiscalizadoras y a la Alcaldía funciones ejecutivas; y el
Que, el Art. 41 de la Ley 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades señala que los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo,
referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional,
que expresan la voluntad del órgano, de gobierno para practicar un determinado
acto o sujetarse, a una conducta o norma institucional;
Que, el numeral 77.1 del Artículo 77° de la Ley del
Procedimiento Administrativo General Ley N° 27444 establece “Las entidades
están facultadas para dar estabilidad a la colaboración Interinstitucional
mediante conferencias entre entidades vinculadas, convenios de colaboración u
otros medios legalmente admisibles;
Que, en Sesión Ordinaria VIRTUAL DE CONCEJO MUNICIPAL,
VIA ZOOM, de fecha 30 de noviembre del año en curso, se sustentó con Informe N°
264-2020-SGRDDC/MPCH, de fecha 09/10/2020, por el Subgerente de Gestión del
Riesgo de Desastres y Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Chincha,
para la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para la
Instalación y Operatividad del Almacén adelantado entre el Gobierno Regional de
Ica y la Municipalidad Provincial de Chincha, con el objeto de continuar con el
funcionamiento del Almacén Adelantado, debido a que estos ya fueron instalados
y se encuentran operando hasta la actualidad, y a que tiene por objeto anuar
esfuerzos con la finalidad de cumplir con las metas y objetivos de Convenio
referido;
Que, con Informe Legal N° 1460-2020-GAJ/MPCH, de fecha
18/10/2020, la Gerencia de Asesoría Jurídica recomienda que la presente
documentación se derive al Pleno del Concejo Municipal para su debate y
aprobación, siendo de OPINION, que se considere factible la aprobación de la
Suscripción del Convenio Interinstitucional para la Instalación y Operatividad
del Almacén adelantado entre el Gobierno Regional de Ica y la Municipalidad
Provincial de Chincha;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido
en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 27972 y con el
voto por mayoría de los Señores miembros del Concejo Municipal y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta.
SE ACORDÓ
ARTICULO PRIMERO. - APROBAR la firma del CONVENIO DE
COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA INSTALACIÓN Y OPERATIVIDAD DEL ALMACÉN
ADELANTADO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE ICA Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
CHINCHA
ARTÍCULO SEGUNDO - AUTORIZAR al Señor Armando Huamán
Tasayco Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha, para que pueda
suscribir el referido convenio.
ARTÍCULO TERCERO.- DESIGNAR al Subgerente de Gestión del
Riesgo de Desastres y Defensa Civil y la Gerencia de Servicios al Ciudadano de
la Municipalidad Provincial de Chincha, para realizar el seguimiento a los
objetivos y cumplimiento del compromiso del Convenio referido.
ARTÍCULO CUARTO.- Publicar y Difundir el presente Acuerdo
Municipal en el Portal Web Institucional, y a las Unidades Orgánica de la
Municipalidad Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 44 de
la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
REGÍSTRESE
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
ARMANDO HUAMAN
TASAYCO
ALCALDE
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