jueves, 28 de enero de 2021

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA MUNICIPAL

  

Municipalidad Provincial de Chincha

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2021-A/MPCH

Chincha Alta, 20 de enero del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA

POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE CHINCHA

VISTO. En Sesión Ordinaria de Concejo Virtual de Concejo Municipal, Via Zoom, de fecha 18 de enero del 2021, la propuesta de Ordenanza Municipal, respecto a la modificación del Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, presentada por el regidor Sergio Eid Kamo Montaldo, y;

            CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley N° 27972, sobre Atribuciones del Concejo Municipal: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos".

Que, mediante Ordenanza Nº 23-2008-MPCH, de fecha 16 de diciembre del 2008, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, que consta de XI capítulos, 83 artículos y una disposición general y una disposición complementaria.

Que, el Artículo 40° de la Ley N* 27972, señala lo siguiente que el objeto y finalidad de la presente modificación es regular las conductas de los miembros del Concejo Municipal en la realización de las sesiones, a fin que prime el respeto entre sus miembros, como el alcalde que la preside, todo en ello en atención a que se ha advertido la reincidencia en la proliferación de frases ofensivas, gestos ofensivos, que pese a que son reiteradas, persisten y se vienen haciendo costumbre en las sesiones, lo cual menoscaba la imagen del Pleno de Concejo, como la propia Municipalidad de Chincha.

Que, con Informe Legal Nº 115-2021-GAJ/MPCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que considerando: Que, el objetivo y finalidad de la presente modificación es regular las conductas de los miembros del Concejo Municipal en la realización de las sesiones, a fin que prime el respecto entre sus miembros, como el alcalde que la preside, todo ello en atención a que se ha advertido la reincidencia en la proliferación de frases ofensivas, gestos ofensivos, que pese a que son reiterados, persisten y de vienen haciendo costumbre en las sesiones, lo cual menoscaba la imagen del Pleno de Concejo, como la propia Municipalidad de Chincha; consecuentemente ésta Gerencia de Asesoría Jurídica RECOMIENDA que se derive al pleno del concejo municipal para su debate y aprobación la modificación de la Ordenanza Nº 23-2008-MPCH, de fecha 16 de diciembre de 2008, a fin de que las sesiones de concejo se lleven a cabo con respeto y armonía entre sus miembros.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Artículo 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; a lo aprobado por mayoría en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de enero del 2021, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta;

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO Modificar la Ordenanza Nº 23-2008-MPCH, de fecha 16 de diciembre del 2008, modificándose los artículos 27 y 50, respectivamente, los cuales quedan redactado de la siguiente manera:

-           Artículo 27º.- INCIDENTES PROVOCADOS POR UN MIEMBRO DEL CONCEJO MUNICIPAL.

Si en el desarrollo de una Sesión de Concejo, un miembro del Concejo Municipal profiere frases o gestos ofensivos, o mostrara un comportamiento inadecuado, quien preside la sesión llamará al orden al ofensor, y de ser el caso le exigirá el retiro de sus palabras o que presente sus excusas. De no hacerlo se invitará al ofensor a retirarse de la sala, en caso de que se resistiese, se suspenderá la sesión por un cuarto intermedio

Reiniciada la sesión, el alcalde o quien haga sus veces, volverá a llamarlo al orden, de mantenerse la negativa, podrá suspender la sesión o disponer el retiro de! regidor con apoyo de la fuerza pública, si la conducta es reiterativa en la siguiente sesión, el pleno del Concejo someterá a votación en ese acto a fin de proceder a la suspensión de dicho regidor en la participación de las siguientes dos sesiones programas o por programarse, sin que ello implique vulneración a sus derechos constitucionales, debiendo constar en Acta lo acontecido.

-           Artículo 50º.- DEFINICION.

Las sesiones extraordinarias se realizan para tratar asuntos prefijados en la agenda; la elaboración de la agenda la realiza el Secretario General, por disposición del Alcalde. En estas sesiones solamente se puede tratar los asuntos que son materia de convocatoria y se desarrollaran conforme a la estación del Día.

Las sesiones extraordinarias podrán citarse con veinte cuatro horas (24) de anticipación.

ARTICULO SEGUNDO:- Efectos de la vigencia de la Ordenanza a modificarse.

La presente propuesta normativa no contraviene ninguna norma legal vigente, solo busca regular el cabal comportamiento y el respeto que deben mantener los miembros del Concejo Municipal, en las sesiones a las cuales se le convoca, y la sanción que se deba aplicar por la reiteración de las mismas.

ARTÍCULO TERCERO:- Derogar toda norma o disposición municipal que se oponga la presente modificación que contiene la presente Ordenanza, solo respecto a los artículos indicados, ratificándose lo demás que lo contiene..

ARTICULO CUARTO:- El presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial Chincha de (www.municipalidadchincha.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese

Armando Huamán Tasayco

ALCALDE

0 comentarios:

Publicar un comentario

Con la tecnología de Blogger.