Municipalidad
Distrital de Tambo de Mora
ORDENANZA
Nº 012-2019-MDTM
Tambo
de Mora, 24 de Octubre del 2019.
EL
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA.
POR
CUANTO:
Visto
en sesión ordinaria de fecha 18 de Julio del 2019, teniendo a la vista el
informe Técnico N.º 056-2019-OPT/MDTM, emitido por la Jefatura de Presupuesto,
Planificación e Informática de fecha 12 de Julio del 2019, así como el Informe
Técnico N.º 73-2019-MDTM-AL, de fecha 15 de Julio del 2019, emitido por la Jefatura del Área Legal, Dictamen 01
de fecha 16 de Julio del 2019, emitido por la Comisión Técnica Revisora de los
Instrumentos de Gestión Municipal, a través
del cual presentan propuesta de Manual de Organización y Funciones MOF,
Reglamento de Organización y Funciones ROF, Cuadro de Asignación de Personal
CAP y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución
Política del Perú, modificado por la Ley N° 27680 Ley de Reforma
Constitucional. En concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la
Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local, con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que,
el artículo 9°, numeral 3) de la citada ley, establece que corresponde al
Concejo Municipal “Aprobar el régimen de organización Interior y funcionamiento
del gobierno local”, lo cual resulta concordante con lo establecido en el
artículo 40° de la misma norma que señala: “que las ordenanzas de las
municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia,
son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura
normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos
y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa (…)”.
Que,
asimismo, el artículo 9°, numeral 8) de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal: “Aprobar,
modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”.
Que,
el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, norma que aprueba los lineamientos para la
elaboración y aprobación del Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF por
parte de las entidades de la administración pública, así mismo establece como
finalidad, generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura
orgánica de la entidad y definición de sus funciones y la de los órganos que la
integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración
Pública que establece la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la
Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los
recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las
entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento
jurídico aplicable en cada caso.
Que,
la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, debe tener claramente asignadas
sus competencias de modo tal que pueda determinarse la calidad de su desempeño
y el grado de cumplimiento de sus funciones, en base a una pluralidad de
criterios de medición.
Que,
mediante el Informe Técnico N.º 056-2019-OPT/MDTM, emitido por la Jefatura de
Presupuesto, Planificación e Informática, de fecha 12 de Julio del 2019, en el
que presenta Informe Técnico sustentatorio y proyecto de los instrumentos de
gestión del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, Manual de
Organización y Funciones – MOF, Cuadro para Asignación de Personal – CAP y
Organigrama de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.
Que,
según Informe Técnico N.º 73-2019-MDTM-AL, de fecha 15 de Julio del 2019,
emitido por la Jefatura del Área Legal, en el que opina que resulta viable la
aprobación de los instrumentos de gestión ROF, MOF, CAP y Organigrama de la
Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.
Que,
la Comisión Técnica Revisora de los Instrumentos de Gestión Municipal mediante
Dictamen N° 001-2019-CTRGM/MDTM, de fecha 16 de Julio del 2019, opina se
apruebe el proyecto de los documentos de gestión de Reglamento de Organización
y Funciones – ROF, Manual de Organización y Funciones – MOF, Cuadro para
Asignación de Personal – CAP y Organigrama de la Municipalidad Distrital de
Tambo de Mora.
Estando
a lo expuesto y de conformidad a los numerales 3 y 8 del artículo 9° de la Ley
Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y el Acuerdo de Concejo Nº
85-2019-MDTM, de fecha 18 de Julio del 2019, con la dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta, y con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores,
se aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – MOF, REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES - ROF Y CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP Y ORGANIGRAMA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA
Artículo
1°. - Aprobar el Manual de Organización y Funciones – MOF de la Municipalidad
Distrital de Tambo de Mora, el mismo que forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo
2°. - Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la
Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, el mismo que forman parte integrante
de la presente Ordenanza.
Artículo
3°. - Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad
Distrital de Tambo de Mora, cuyo texto forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo
2°.- Derogar toda norma de igual o menor jerarquía que se oponga a la presente
Ordenanza.
Artículo
3°.- Encargar a la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización,
Gerencia de Administración y unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital
de Tambo de Mora el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo
4°. - Encargar a la Gerencia de Administración, la publicación de la presente
Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de
la Información, la publicación en el portal institucional, de los mencionados
documentos de gestión.
POR
TANTO:
Mando
se registre, publique y cumpla.
YOHN ALEXANDER NAJAR MOREYRA
Alcalde
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