Municipalidad Distrital De Sunampe
ORDENANZA
MUNICIPAL N° 015-2020-MDS
Sunampe,
29 de diciembre del 2020
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
SUNAMPE
POR CUANTO
En sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de
diciembre del 2020
VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 075-2020-MDS que
aprueba el Proyecto de Ordenanza para la Cobranza de Emisión de Declaraciones
Juradas de Impuesto Predial, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo
194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son
órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, su estructura orgánica está conformada
por el Concejo Municipal como órgano administrativo y fiscalizador y la
Alcaldía como órgano ejecutivo;
Que, de conformidad a lo establecido en la norma IV del Título Preliminar del Texto único
Ordenado del Código Tributario, aprobado
por Decreto Supremo N°135-99-EF y en concordancia con lo normado en los artículos 74 ° y 195 °
inciso 4) de la Constitución Política
del Perú ,señala que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal están
facultadas para crear ,modificar, suprimir las contribuciones y tasas o
exonerar del ellos, dentro de su jurisdicción y en los límites que la ley
señala;
Que, el artículo 40 ° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por la ley.
Que, conforme la Cuarta Disposición final del
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto
Supremo N°156-2004-EF, se faculta a las Municipalidades a cobrar por el
servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de
impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a
domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria
vigente al 01 de enero de cada ejercicio;
Que, en uso de las atribuciones conferidas en
el numeral 8 del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades y a lo
acordado en Sesión Ordinaria, el Concejo Municipal de Sunampe por MAYORIA, aprobó
la siguiente:
ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE EMISIÓN DE
DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL
Que, evaluando el Texto único de
Procedimiento Administrativo (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de
Sunampe, se analiza lo siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO. - MARCO LEGAL APLICABLE Aplíquese para el ejercicio 2021 el marco legal y criterios de distribución aplicables para la Cobranza del Derecho de Emisión de Declaraciones Jurada de Impuesto Predial, mediante Ordenanza N°006-2011(TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOS).
ARTÍCULO SEGUNDO. - REAJUSTE CON EL TUPA
VIGENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE Para el ejercicio 2021, se
aplicará, las Tasas del TUPA de la Municipalidad con el Porcentaje calculado de
la U.I.T vigente para el Período del Año fiscal, según inciso:
0.2.10 COBRANZA DE DERECHO DE EMISIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DE
IMPUESTO PREDIAL:
POR PREDIO 0.223 % U.IT
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONGASE que la presente
Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación en
el Diario de mayor circulación de la Provincia.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCÁRGUESE a la Gerencia
Municipal, Secretaria General, General, Gerencia de Administración Tributaria,
al área de Unidad de Informática y Procedimiento de Datos el cumplimiento de la
presente Ordenanza conforme a sus competencias.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y
CÚMPLASE
José
Miguel Matias Rojas
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