sábado, 2 de enero de 2021

Municipalidad Distrital De Sunampe ORDENANZA MUNICIPAL

 Municipalidad Distrital De Sunampe

ORDENANZA MUNICIPAL N° 015-2020-MDS

                                      Sunampe, 29 de diciembre del 2020

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE

 

POR CUANTO

En sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de diciembre del 2020

VISTO:

El Acuerdo de Concejo N° 075-2020-MDS que aprueba el Proyecto de Ordenanza para la Cobranza de Emisión de Declaraciones Juradas de Impuesto Predial, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, su estructura orgánica está conformada por el Concejo Municipal como órgano administrativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo;

Que, de conformidad  a lo establecido en la norma IV  del Título Preliminar del Texto único Ordenado del Código Tributario, aprobado  por Decreto Supremo N°135-99-EF y en concordancia  con lo normado en los artículos 74 ° y 195 ° inciso 4) de la Constitución  Política del Perú ,señala  que los Gobiernos  Locales mediante Ordenanza Municipal están facultadas para crear ,modificar, suprimir las contribuciones y tasas o exonerar del ellos, dentro de su jurisdicción y en los límites que la ley señala;

 Que, el artículo 40 ° de la Ley Orgánica de Municipalidades N°27972, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por la ley.

Que, conforme la Cuarta Disposición final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N°156-2004-EF, se faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4 % de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio;

Que, en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8 del artículo 9° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades y a lo acordado en Sesión Ordinaria, el Concejo Municipal de Sunampe por MAYORIA, aprobó la siguiente:

ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE EMISIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL

Que, evaluando el Texto único de Procedimiento Administrativo (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de Sunampe, se analiza lo siguiente:

 ARTÍCULO PRIMERO. - MARCO LEGAL APLICABLE Aplíquese para el ejercicio 2021 el marco legal y criterios de distribución aplicables para la Cobranza del Derecho de Emisión de Declaraciones Jurada de Impuesto Predial, mediante Ordenanza N°006-2011(TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOS).

ARTÍCULO SEGUNDO. - REAJUSTE CON EL TUPA VIGENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE Para el ejercicio 2021, se aplicará, las Tasas del TUPA de la Municipalidad con el Porcentaje calculado de la U.I.T vigente para el Período del Año fiscal, según inciso:

  0.2.10 COBRANZA DE DERECHO DE EMISIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL:

                           POR PREDIO       0.223 % U.IT

ARTÍCULO TERCERO.- DISPONGASE que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación en el Diario de mayor circulación de la Provincia.

ARTÍCULO CUARTO. - ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, Secretaria General, General, Gerencia de Administración Tributaria, al área de Unidad de Informática y Procedimiento de Datos el cumplimiento de la presente Ordenanza conforme a sus competencias.

REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 

José Miguel Matias Rojas

ALCALDE

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