Municipalidad Distrital de Pueblo
Nuevo
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2021/MDPN
Pueblo
Nuevo, 19 de enero de 2021.
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA.
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE
PUEBLO NUEVO – CHINCHA.
VISTO:
El
Informe N° 003-2021-SGR-G-MDPN de la Sub Gerencia de Rentas; el Informe Legal
N° 015-2021-MDPN-SAJ/GHA de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N°
015-2021/GM/MDPN/GJR de la Gerencia Municipal; la Sesión Ordinaria del Concejo
Municipal de fecha 19 de enero de 2021; y,
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad con el artículo 194° y 195° de la Constitución Política del Perú
reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, además de administrar sus bienes y rentas;
crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos municipales conforme a Ley;
Que,
el artículo 15° del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, señala que el Impuesto Predial podrá
cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada
año. En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso,
la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y
deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas
restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto
y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del
Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el (INEI), por el período
comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes
precedente al pago.
Que,
mediante Informe N° 003-2021-SGR-G-MDPN de fecha 11 de enero de 2021, la Sub
Gerencia de Rentas presenta el “Proyecto de Ordenanza Municipal que fija el
vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales del año
fiscal 2021, en el Distrito de Pueblo Nuevo – Chincha”, conforme lo establecido
en el artículo 15° del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado
mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF;
Que
con Informe Legal N° 015-2021-MDPN-SAJ/GHA de fecha 14 de enero de 2021, la Sub
Gerencia de Asesoría Jurídica, es de opinión declarar PROCEDENTE la aprobación
del “Proyecto de Ordenanza Municipal que fija el vencimiento para el pago del
impuesto predial y arbitrios municipales del año fiscal 2021, en el Distrito de
Pueblo Nuevo – Chincha”, presentada por la Sub Gerencia de Rentas, debiendo
proceder la Secretaría General con agendar la propuesta para su debate, aprobación o denegatoria ante
el pleno del Concejo Municipal, de acuerdo a las atribuciones conferidas en los
numerales 8 y 9 del artículo 9° de la
Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Estando
lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en los numerales 8) y 9)
del artículo 9° y artículo 40° de la Ley 27972 - Ley Orgánica de
Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta,
el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA EL
VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO
FISCAL 2021, EN EL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO – CHINCHA.
ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con el artículo 15°
del T.U.O. de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 156-2004-EF, la obligación
para el pago del IMPUESTO PREDIAL vence de acuerdo a lo siguiente:
1. Pago anual al contado : 26
de febrero 2021.
2. Pago fraccionado
a. Primera cuota : 26 de febrero 2021.
b. Segunda cuota : 31 de
mayo 2021.
c. Tercera cuota : 31 de
agosto 2021.
d. Cuarta cuota : 30 de
noviembre 2021.
Estas
cuotas serán reajustadas con la variación acumulada de acuerdo al índice de
Precios al por mayor que publica el Instituto Nacional de Estadística e
Informática, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento del pago de
la primera cuota y el mes procedente a la fecha de pago.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La obligación de pago de las cuotas
mensuales de los ARBITRIOS MUNICIPALES correspondientes al ejercicio 2021,
vence de acuerdo a lo siguiente:
Enero : 26
de febrero de 2021
Febrero : 26
de febrero de 2021
Marzo : 31
de marzo de 2021
Abril : 30 de abril de 2021
Mayo : 31
de mayo de 2021
Junio : 30
de junio de 2021
Julio : 30 de julio de 2021
Agosto
: 31 de agosto de 2021
Setiembre : 30
de setiembre de 2021
Octubre : 29
de octubre de 2021
Noviembre : 30
de noviembre de 2021
Diciembre : 31
de diciembre de 2021
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Rentas,
el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal y a la
Unidad de Tecnología de la Información su publicación en el Portal
Institucional: http://www.munipnuevochincha.gob.pe
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
ÚNICA.-
FACÚLTESE a la Sra. Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo -
Chincha, para que mediante Decreto de Alcaldía, disponga las medidas
complementarias y ampliatorias para la ejecución de la presente ordenanza.
Regístrese,
Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
BERTHA ROSALYN PEÑA ORMEÑO
ALCALDESA
0 comentarios:
Publicar un comentario