SUPERIOR
COLEGIADO CORROBORÓ QUE SE ENCUENTRA ACREDITADO EL DELITO Y LA RESPONSABILIDAD
PENAL DE ANTHONY RUBÉN LEIVA ROSAS
La Primera Sala Penal de Apelaciones y
Flagrancia de Ica, conformada por los señores jueces superiores Osmar Albújar
De La Roca (Presidente), Segundo Florencio Jara Peña (Director de Debates) y
Rafael Salazar Peñaloza, revocaron la sentencia de primera instancia en cuanto
a la pena y reformándola impusieron al acusado Anthony Rubén Leiva Rosas, la
pena de cadena perpetua, por el delito contra la libertad sexual, en la
modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de
iniciales M.C.A.V.
En audiencia privada de apelación de
sentencia, dicha Sala Superior, mediante Resolución N° 20 (Sentencia de Vista),
rechazó el pedido de la defensa técnica del imputado que solicitaba la
revocatoria y se le absuelva de la sentencia impuesta por el Colegiado
Supraprovincial Zona Sur, el cual lo halló como autor y responsable del delito
contra la libertad sexual – violación sexual.
El
Colegiado Superior señala en su Sentencia de Vista, como hechos probados que la
agra-viada de iniciales M.A.C.V ha sido víctima de abuso sexual conforme el
reconocimiento medio legal N°. 003059-VLS, que al momento del evento delictivo
contaba con 13 años y 08 meses de edad, que es sobrina política del ahora
sentenciado y que vivía conjuntamente con este, su señora madre Sonia Velásquez
y la cónyuge del sentenciado Yamile Velásquez,
en la vivienda ubicada en el sector dos,
Villa el Salvador de la ciudad de Lima.
Aporta a esta decisión, que con fecha 28 de
marzo el 2018, el sentenciado fue sorprendido y descubierto en el interior del
closet-ropero del dormitorio de la menor, en el domicilio de su señor padre
ubicado en el distrito de los Aquijes, siendo aprehendido y puesto a disposición
de la Comisaria del sector, lo cual está corroborado por la declaración de la
agraviada, sus progenitores y el propio sentenciado, quien además ha reconocido
haber mantenido relaciones sexuales con la víctima.
Asimismo,
el veredicto establece que el sentenciado cumplirá su condena en el Establecimiento
Penitenciario de Ica, o en el que
designe el Instituto Nacional Penitenciario – INPE y fija por concepto de reparación
civil la suma de cinco mil soles a favor de la agra-viada.
De esta forma, la Corte Superior de Justicia
de Ica, a través de los diversos órganos jurisdiccionales, viene dictando
sentencias ejemplares, condenando a los ciudadanos que actúan al margen de ley,
causando daños morales, materiales e incluso segando la vida de seres humanos.
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