Ante la
reanudación de las actividades religiosas en el marco del Estado de Emergencia
por la pandemia de la CO-VID-19, el Ministerio de Salud (Minsa) emitió la
Directiva Sanitaria N°121-MINSA/2020/DGIESP, que establece una serie de
consideraciones, como la obligatoriedad del uso de la mascarilla y el escudo
facial de inicio a fin del servicio religioso y la realización de actividades
con un tercio del aforo como máximo permitido.
Esta
directiva prohíbe la realización de actividades que concentren personas o
fieles fuera de las iglesias o lugares de culto y recomienda que los niños,
adultos mayores y personas con discapacidad no asistan a las ceremonias
religiosas.
Los
templos y lugares de culto deben desarrollar sus actividades y ceremonias con
las puertas y ventanas abiertas para garantizar la buena ventilación, y los
asistentes deben evitar hablar y
cantar
para aminorar el riesgo de contagio de la COVID-19.
De
acuerdo con la directiva del Minsa –que es de aplicación nacional– las bancas y
el piso deben estar adecuadamente señalizados para que los asistentes a las
ceremonias cumplan con el distanciamiento de 1.5 metros que debe existir entre
persona y persona como mínimo.
Al
ingreso del recinto se debe tomar la temperatura a todos los asistentes,
quienes también deben lavarse las manos con agua y jabón o desinfectarse con
alcohol gel antes de ingresar al templo o iglesia.
Dentro
de estos lugares se deben evitar los desplazamientos, las colas, el contacto
físico, así como la entrega o intercambio de cualquier elemento tangible. Las
donaciones y ofrendas deberán hacerse al final de la celebración, a través de
personas designadas previamente y sin tener contacto con el dinero.
Esta
disposición señala también que las entidades religiosas son responsables de
garantizar el cumplimiento de las medidas establecidas en la directiva
sanitaria para el reinicio de las actividades de culto.
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