Municipalidad
Provincial de Chincha
ACUERDO
DE CONCEJO N° 027 -2020-MPCH
Chincha Alta, 30 de
setiembre del 2020
VISTO;
el Oficio N° 01109-2019-CG/SGE con Rgto.
021516-2019, presentado por LUIS M. IGLESIAS LEON – Contraloría General de la
Republica sobre TRANSFERENCIA PARA LA CONTRATACION DE SOCIEDAD DE AUDITORIA,
PERIODO 2019, 2020 y;
CONSIDERANDO:
Que
de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú
modificado por el Articulo Único de la Ley N°30305, las Municipalidades son
Órganos de Gobierno Local con autonomía Política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del
Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos
de Gobierno Administrativos y de Administración con sujeción al ordenamiento
jurídico, promueven el desarrollo integral para viabilizar la justicia social y
la sostenibilidad de sus instituciones jurisdiccionales.
Que el
artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la Republica, modificado por la Ley N° 30742, dispone que “Las
sociedades de auditoria, para efectos de esta Ley, son la personas jurídicas
calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior extremo que son
designadas previo Contrato Público de Méritos, y contratadas por la Contraloría
General de la Republica para examinar las actividades y operaciones de las
entidades opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como
evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas;
agregando en su segundo párrafo: “Las entidades del Gobierno Nacional, Los
Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar
transferencias financieras con cargo su presupuesto institucional a favor de la
Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la
contratación de las Sociedades de Auditoria, previa solicitud de la
Contraloría General de la Republica,
bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego así como del Jefe de la
Oficina de Administración y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o las que
hagan sus veces en el pliego”. Las transferencias financieras se aprueban
mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o
por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos
regionales o gobiernos locales, respectivamente requiriéndose en todos los
casos el informe previo favorable de la oficina del presupuesto o la que haga
sus veces en la entidad. La resolución del titular del y el acuerdo de consejo
regional se publica n en el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo
municipal se publica en su página web. El proceso de designación y contratación
de las sociedades de auditoria, el seguimiento y evaluación de informes, las
responsabilidades, así como su registro, es regulado por la Contraloría
General.
Que, el artículo 41° de la Ley 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades refiere que “Los acuerdos son decisiones, que toma
el concejo referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o
institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar
un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que, con Memorándum N° 0498-2020-GM/MPCH, de
fecha 03 de agosto del 2020, la Gerencia Municipal, solicita a la Gerencia de
Planificación y Presupuesto se sirva realizar un informe respecto a la
disponibilidad presupuestal de acuerdo a lo señalado por el Órgano de Control
Institucional, en el cual indican que se ha identificado la situación adversa
contenida en el INFORME DE ORIENTACION DE OFICIO N° 021-200-OCI/0405-SOO, en lo
que se refiere el expediente y los informes anexos;
Que, con
Informe N° 1317-2020-GPP/MPCH, de
fecha 04 de setiembre del 2020, la Gerencia de Planificación y Presupuesto,
señala que en atención al memorándum N° 498-2020-GM/MPCH, Oficio N°
001109-2020-CG/SGE, Expediente N° 021516-2019, Oficio N° 577-2020-MPCH/OCI,
Orientación de Oficio N° 021-2020-OCI/0405-SOO, en el que solicita
Disponibilidad Presupuestal, se informa que se ha programado en el Presupuesto
Institucional modificado 2020 de la Municipalidad Provincial de Chincha, para
el Servicio de Auditoria la suma de S/. 117,000.00 (Ciento diecisiete mil con
0/100 soles), en el rubro de financiamiento 07 fondo de Compensación Municipal;
con el fin de proseguir con los trámites correspondientes;
Que,
con Informe Legal N° 842-2020-GAJ/MPCH
la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 08 de setiembre de 2020, informa que
lo solicitado por la Contraloría General está amparado en el artículo 20° de la
Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría
General de la Republica, modificado por la Ley N° 30742, porque esta
municipalidad debe dar cumplimiento a lo estipulado en ella, consecuentemente
estando a las facultades previstas en el Artículo 9° y 41° de la Ley Orgánica
de Municipalidades - Ley N° 27972, recomienda que se derive al Pleno del Concejo
Municipal para debate y aprobación de lo solicitado por la Contraloría General
de la Republica, siendo de OPINION que
es factible AUTORIZAR TRANSFERENCIA A FAVOR DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA PARA LA CONTRATACION DE SOCIEDAD DE
AUDITORIA, periodo 2019, 2020; a fin de cumplir con los establecido en el
artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y
de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742;
Estando a lo expuesto a lo aprobado por UNANIMIDAD de los Miembros
presentes en la votación de dicho acto en Sesión Ordinaria Virtual Vía Zoom de
fecha 30 de Setiembre del 2020, con la dispensa de la lectura y aprobación del
Acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de
Municipalidades.
ACUERDA:
Artículo Primero.– AUTORIZAR Transferencia
Financiera a favor de la Contraloría General de la Republica para la
Contratación de Sociedad Auditoria, de acuerdo al Informe de la Gerencia de
Planificación y Presupuesto donde señala que se ha programado en el Presupuesto
Institucional modificado 2020 de la Municipalidad Provincial de Chincha, para
el Servicio de Auditoria la suma de S/. 117,000.00 (Ciento diecisiete mil con
00/100 soles), en el rubro de financiamiento 07 fondo de Compensación
Municipal; periodo 2019, 2020; a fin de cumplir con los establecido en el
artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y
de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley N° 30742
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Gerencia
de Planificación y Presupuesto el cumplimiento del presente acuerdo y la
ejecución de los trámites que resulten necesarios de acuerdo a ley.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el
Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Chincha.
Regístrese, comuníquese
y publíquese.
Armando
Huamán Tasayco
Alcalde
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