LA PRESENTACIÓN, TRAMITACIÓN E INSCRIPCIÓN DE
TODOS LOS ACTOS REALIZADOS CON INTERVENCIÓN NOTARIAL PODRÁN REALIZARSE A TRAVÉS
DEL SISTEMA DE INTERMEDIACIÓN DIGITAL (SID-SUNARP) LIMA
Con
el objetivo de continuar virtualizando los servicios de inscripción y
publicidad registral, mediante resolución 140-2020-SUNARP/SN, la Sunarp declara
incorporados y autorizados, a partir del 1 de octubre, la totalidad de actos
inscribibles formalizados con intervención notarial a través del Sistema de
Intermediación Digital de la SUNARP (SIDSUNARP) que corresponden al registro de
personas naturales.
Esta medida permite la presentación
facultativa de los partes notariales, copias certificadas u oficios suscritos
con firma digital del notario, suprimiéndose el uso del papel en el
procedimiento registral, simplificando los trámites internos y previniendo la
posibilidad de fraude documentario; además de evitar la aglomeración de
personas en las oficinas registrales y la circulación del título entre
distintas áreas del registro, beneficios que adquieren mayor relevancia en el
contexto de emergencia sanitaria nacional que afrontamos.
Los
actos correspondientes al registro de personas naturales cuyos partes
notariales podrán presentarse electrónicamente corresponden al registro
personal, registro de comerciantes, registro de testamentos y registro de sucesiones
intestadas; lo que constituye un importante avance en la Sunarp sobre el
compromiso de digitalizar la totalidad de actos inscribibles hasta el 31 de
marzo de 2021.
Cabe precisar que la presentación electrónica
a través del SID Sunarp, de los actos aprobados, constituye un medio
alternativo a la presentación de títulos en soporte papel para su inscripción y
comprende únicamente a los documentos de intervención notarial, expedidos en
formato electrónico y suscrito con firma digital del notario.
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