MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
ORDENANZA Nº 013-2020-MPP
Pisco, 29 de Julio de 2020
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Provincial de Pisco,
en sesión extraordinaria de la fecha;
VISTOS:
El Informe N° 011-2020-COPROSEC-PISCO-ST que remite
el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana y anexos, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su
artículo 1 establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su
dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado;
Que, asimismo el artículo 2º numeral 22) establece
que toda persona tiene derecho a la paz, a la integridad, al disfrute del
tiempo libre y el descanso, así mismo a gozar de un ambiente equilibrado y
adecuado al desarrollo de su vida, por ello, el Estado asume la obligación de
adoptar medidas adecuadas para salvaguardar este derecho;
Que, mediante Ley Nº 27933, Ley del Sistema
Nacional de Seguridad Ciudadana se crea el Sistema Nacional de Seguridad
Ciudadana (SINASEC) como un sistema funcional que tiene por finalidad asegurar
el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana y
la actuación del Estado Peruano en sus tres niveles de gobierno;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2019-IN de
fecha 09MAY2019, en el artículo 46º se establece que, los planes de acción de
seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en
materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital.
Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad
Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del
SINAPLAN;
Que, mediante Directiva Nº 010-2019-IN-DGSC
aprobada por Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN se establece los
lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación,
implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Provincial de
Seguridad Ciudadana;
Que, mediante documento del visto, la Secretaria
Técnica del COPROSEC de Pisco remite el Plan de Acción Provincial de Seguridad
Ciudadana declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN a nivel de la provincia de
Pisco, en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Nº 010-2019-IN-DGSC, a
fin que se proceda con su aprobación por parte del concejo mediante Ordenanza
Municipal;
Estando a lo informado por la Secretaria Técnica
del COPROSEC de Pisco, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8)
del artículo 9° y artículo
40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por voto MAYORIA CALIFICADA, con dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL
PLAN DE ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PISCO PARA EL AÑO 2020
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el PLAN DE
ACCIÓN PROVINCIAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE PISCO para el año 2020, que en Anexo, forma parte integrante de
la presente ordenanza.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, Ambiente
y Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
ordenanza.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la
presente Ordenanza en el diario de mayor circulación de la provincia, y a la
Unidad de Sistemas, la publicación de la
Ordenanza y su anexo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial
de Pisco (www.munipisco.gob.pe).
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Lic. Juan Enrique Mendoza Uribe
Alcalde
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