SOLO TENDRÁN
QUE PASAR POR MEDIDAS DE SEGURIDAD COMO TOMA DE TEMPERATURA Y DESCARTE DE SÍNTOMAS EVIDENTES DE COVID-19, EXPLICÓ LA
VICEMINISTRA DE SALUD PÚBLICA, NANCY ZERPA

Como parte de sus funciones de velar por la seguridad en salud de
los pasajeros y trabajadores de las líneas aéreas, el Minsa verificó que los
protocolos elaborados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)
incluyan medidas de protección sanitaria contra el covid-19. El mencionado
protocolo sectorial fue aprobado y enviado a ese portafolio.
“En ese documento se establece que las medidas de seguridad para
los pasajeros y trabajadores son: el uso obligatorio de la mascarilla, lavado
de manos, distanciamiento físico, desinfección de los ambientes y diagnóstico
temprano de los casos sospechosos de covid-19-, mediante la toma de la
temperatura”, explicó Zerpa. Si la persona presenta algún síntoma, se le
derivará a la Dirección de Sanidad Aérea del Aeropuerto, donde será evaluado
por personal médico que determinará si puede viajar o no.
Las mismas medidas de seguridad en salud indicadas para el
transporte aéreo, se replicarán en el transporte terrestre nacional e
internacional.
Esas medidas son distintas a las adoptadas al inicio de la pandemia
en el Perú, cuando se programaron viajes humanitarios de peruanos varados en el
país o en el extranjero, y el Minsa aprobó la RM N° 409-2020-MINSA, mediante la
cual señaló que sí era necesario la cuarentena por 14 días, con la finalidad de
reducir la propagación del virus entre la población.
Esa norma, de ninguna manera se aplica a turistas nacionales ni
extranjeros, debido a que el contexto y las condiciones son distintas.
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