martes, 21 de julio de 2020

Minsa socializa Directiva Sanitaria para la detección temprana y atención de cáncer en el niño y adolescente



MATERIAL SERÁ DISTRIBUIDO EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD DEL PRIMER Y  SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN A FIN CONTRIBUIR EN EL DIAGNÓSTICO OPORTUNO DE NEOPLASIAS
El Minsa prepara la versión impresa de la 'Directiva Sanitaria para la detección temprana y atención de cáncer en el niño y adolescente', que será distribuida en todos los establecimientos de salud del primer y segundo nivel de atención del país.
La directiva, aprobada a través de la Resolución Ministerial Nº 149-2020-MINSA, tiene como objetivo principal estandarizar los criterios y procedimientos técnicos para el diagnóstico oportuno y tratamiento de neoplasia en pacientes de 0 a 17 años en todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) del sector público.
El material impreso, que viene siendo elaborado y será distribuido en colaboración con la OPS, detalla de manera gráfica los síntomas recurrentes en niños y adolescentes con posible cáncer o enfermedad muy grave, como fiebre mayor a siete días, dolor de cabeza persistente, dolores óseos moderados a severos, moretones o sangrado anormal, palidez conjuntival, pérdida de equilibrio, visión borrosa, dificultad para hablar, entre otros.
Se precisa que bastará que presente uno de estos signos de alarma para que el menor acuda en un plazo no mayor a 72 horas a una IPRESS de tercer nivel de atención.
En caso de que estos niños y adolescentes con posible neoplasia, enfermedad muy grave o algún riesgo de cáncer sean atendidos por médicos del primer nivel de atención (Diresa, Geresa o Diris), este personal de salud tiene que valorar los criterios de la enfermedad e informar a los padres sobre el potencial diagnóstico e importancia de la referencia oportuna.
La directiva refiere, asimismo, que el financiamiento de las prestaciones requeridas por este grupo poblacional se encontrará bajo responsabilidad de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) a las que se encuentren afiliados. El Seguro Integral de Salud (SIS) y el Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL) también podrán financiar la atención de los menores de edad con cáncer, según corresponda.
Para el caso de niños y adolescentes que no cuenten con seguro de salud, estos pueden afiliarse al SIS y contar con la cobertura establecida en el Decreto de Urgencia Nº 117-2019, que establece medidas para la Cobertura Universal de Salud. Además, forman parte del financiamiento para la atención de cáncer en menores, los créditos presupuestarios asignados a las IPRESS públicas y provenientes de otras fuentes de subvención.

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