MATERIAL SERÁ DISTRIBUIDO EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
DEL PRIMER Y SEGUNDO NIVEL DE ATENCIÓN A
FIN CONTRIBUIR EN EL DIAGNÓSTICO OPORTUNO DE NEOPLASIAS
El Minsa
prepara la versión impresa de la 'Directiva Sanitaria para la detección temprana
y atención de cáncer en el niño y adolescente', que será distribuida en todos
los establecimientos de salud del primer y segundo nivel de atención del país.
La
directiva, aprobada a través de la Resolución Ministerial Nº 149-2020-MINSA,
tiene como objetivo principal estandarizar los criterios y procedimientos
técnicos para el diagnóstico oportuno y tratamiento de neoplasia en pacientes
de 0 a 17 años en todas las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud
(IPRESS) del sector público.
El
material impreso, que viene siendo elaborado y será distribuido en colaboración
con la OPS, detalla de manera gráfica los síntomas recurrentes en niños y
adolescentes con posible cáncer o enfermedad muy grave, como fiebre mayor a
siete días, dolor de cabeza persistente, dolores óseos moderados a severos,
moretones o sangrado anormal, palidez conjuntival, pérdida de equilibrio,
visión borrosa, dificultad para hablar, entre otros.
Se
precisa que bastará que presente uno de estos signos de alarma para que el
menor acuda en un plazo no mayor a 72 horas a una IPRESS de tercer nivel de
atención.
En caso
de que estos niños y adolescentes con posible neoplasia, enfermedad muy grave o
algún riesgo de cáncer sean atendidos por médicos del primer nivel de atención
(Diresa, Geresa o Diris), este personal de salud tiene que valorar los
criterios de la enfermedad e informar a los padres sobre el potencial
diagnóstico e importancia de la referencia oportuna.
La
directiva refiere, asimismo, que el financiamiento de las prestaciones requeridas
por este grupo poblacional se encontrará bajo responsabilidad de la Institución
Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) a las que se
encuentren afiliados. El Seguro Integral de Salud (SIS) y el Fondo Intangible
Solidario de Salud (FISSAL) también podrán financiar la atención de los menores
de edad con cáncer, según corresponda.
Para el
caso de niños y adolescentes que no cuenten con seguro de salud, estos pueden
afiliarse al SIS y contar con la cobertura establecida en el Decreto de
Urgencia Nº 117-2019, que establece medidas para la Cobertura Universal de
Salud. Además, forman parte del financiamiento para la atención de cáncer en
menores, los créditos presupuestarios asignados a las IPRESS públicas y
provenientes de otras fuentes de subvención.
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