ORGANISMO REGULADOR LANZA SU CAMPAÑA “EL ORGULLO DE SER PERUANOS”,
CON UNA SERIE DE CONSEJOS EN DIFERENTES SERVICIOS, PARA FORTALECER LOS
CONOCIMIENTOS DE LAS PERSONAS EN SUS DERECHOS COMO CONSUMIDORES
Ahora que
los restaurantes y afines pueden atender en salón desde el 20 de julio pasado,
siempre respetando el aforo del 40%, es importante tener en cuenta las
condiciones en que se deben dar este servicio, para evitar los contagios de
coronavirus, pero además nuestros derechos como consumidores de estos
establecimientos.
Acorde
con la reactivación económica, tras la cuarentena, el Indecopi ha lanzado la
campaña informativa por Fiestas Patrias denominada “El orgullo de ser
peruanos”, con una serie de recomendaciones en diferentes servicios, que se
darán a conocer en el transcurso de la semana, mediante la cual busca
fortalecer los conocimientos de las personas en sus derechos como consumidores.
En esta
oportunidad comenzamos con las recomendaciones del ente regulador para los
consumidores del sector de restaurantes y afines:
• Los establecimientos que
ofrecen comidas y bebidas están obligados a colocar sus listas de precios en el
exterior, de forma accesible y visible para que el consumidor pueda consultarla
antes de decidir si se quedará o no en ese local.
• Los precios que figuran en dicha lista deben incluir el IGV
(impuesto general a las ventas) y demás recargos al consumo.
• Si el establecimiento aplica un cobro por concepto de servicio de
los mozos, este debe ser informado de manera oportuna y visible.
• Si el proveedor establece alguna diferencia en el precio, en
función al medio de pago, como tarjeta de crédito u otros, esta debe ser
informada al consumidor de manera destacada, de forma visible y accesible en el
local, a través de carteles, avisos u otros similares.
• Los restaurantes deben
contar con un Libro de Reclamaciones y aviso del mismo, en un lugar visible y
de fácil acceso al público.
• Los proveedores no pueden
condicionar el uso del Libro de Reclamaciones a ningún pago, consumo u otro
motivo.
• El proveedor debe respetar
la capacidad máxima de asistentes en el local, de acuerdo con la normativa
vigente (aforo).
• Está prohibida la
discriminación. No se puede negar el ingreso o condicionar el servicio en
cualquier establecimiento abierto al público sin que medien causas como la
seguridad del establecimiento, tranquilidad de los clientes u otras razones
objetivas y justificadas.
A estas recomendaciones se suman las disposiciones dadas por el
Gobierno para la reactivación de los mencionados servicios. Por ello es
importante cumplir con lo siguiente:
• Los proveedores deberán elaborar el “Plan para la vigilancia,
prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición
de COVID -19” de acuerdo con lo establecido a la R.M. N°448-2020- MINSA, así
como en el Protocolo sanitario de operación ante el COVID-19 del Sector
Producción para el reinicio gradual y progresivo de actividades económicas de
servicios, de la Fase 3 de la “Reanudación de Actividades”, en materia de
Restaurantes y Servicios Afines en la modalidad de atención en salón con aforo
al 40%.
• Cumplir
la R.M. N°822-2018/MINSA “Norma sanitaria para el Funcionamiento de
Restaurantes y Servicios Afines”.
Cualquier
queja o reclamo al respecto, los ciudadanos tienen a su disposición la
herramienta colaborativa Reporte Ciudadano (https://cutt.ly/bt4QNRA), así como
el Whatsapp de Fiscalización Ciudadana 999 273 647.
Asimismo,
tienen a su disposición los teléfonos del Indecopi: 224 7777, para Lima, y 0800
4 4040, para regiones. También se puede enviar un correo electrónico a:
sacreclamo@indecopi.gob.pe
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