SUPERIOR COLEGIADO CORROBORÓ EN DOS PROCESOS QUE SE
ENCUENTRA ACREDITADO EL DELITO Y LA
RESPONSABILIDAD
PENAL DE ERNESTO MATEO MORTOLA ALCÁZAR Y PASCUAL GUTIÉRREZ SARAVIA

El Colegiado, luego de haber efectuado el análisis
exhaustivo de las sentencias emitidas por el Juzgado Penal Colegiado
Supraprovincial Transitorio Zona Norte de Chincha (Expedientes N° 002063-2014 y
N° 001247-2014), en función a los argumentos expuestos por los impugnantes, el
persecutor oficial del delito y la actividad probatoria actuada en primera
instancia, determinó que se encuentra acreditado el delito y la responsabilidad
penal de los sentenciados Ernesto Mateo Mortola Alcázar y Pascual Gutiérrez
Saravia.
Aporta a esta decisión, la sindicación de las
menores agraviadas, las mismas que cumplen con las garantías de certeza
previstas en el fundamento décimo del Acuerdo Plenario Nº 2-2005/CJ-116, como
son: a) Ausencia de incredibilidad subjetiva; b) Verosimilitud; y c)
Persistencia en la incriminación.
Asimismo, el veredicto establece que los
sentenciados cumplirán su condena en el Establecimiento Penitenciario de Ica, o
en el que designe el Instituto Nacional Penitenciario – INPE, que sean
sometidos a un tratamiento terapéutico a fin de facilitar su readaptación
social, y fija una reparación civil a favor de las agraviadas.
De esta forma, la Corte Superior de Justicia de
Ica, a través de los diversos órganos jurisdiccionales, viene dictando
sentencias ejemplares, condenando a los ciudadanos que actúan al margen de ley,
causando daños morales, materiales e incluso segando la vida de seres humanos.
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