DURANTE EL
ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL, ESTÁ PROHIBIDO EL TRANSPORTE INTERPROVINCIAL DE
PASAJEROS

De la cifra total, se impusieron 467 actas de infracción a conductores
y propietarios de las unidades, de manera solidaria, por brindar el servicio
sin autorización. Se retuvieron 389 licencias de conducir y 465 placas de
rodaje como medida preventiva.
La multa equivale a S/ 4,300 que corresponde a la infracción F1 del
Reglamento Nacional de Administración de Transporte. Esta infracción es
considerada grave e implica la retención de la licencia de conducir, el
internamiento preventivo del vehículo y/o el retiro de la placa de rodaje.
En trabajo articulado con la Policía Nacional y el apoyo de las
Fuerzas Armadas, los inspectores de la Sutran intervinieron a los vehículos en
las regiones de Lima, Áncash, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huánuco, ICA, Junín, La Libertad, Lambayeque,
Madre de Dios, Moquegua, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Tumbes.
Para cumplir su labor, el personal de Sutran cumple todos los
protocolos sanitarios frente al COVID-19, respetando el distanciamiento social
y el uso obligatorio de mascarillas e implementos de protección.
Durante el Estado de Emergencia Nacional, el transporte
interprovincial de pasajeros está prohibido. En carreteras, solo se permite el
transporte de carga y mercancías, y el traslado humanitario de pasajeros, bajo
normas especiales emitidas por el Gobierno
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