jueves, 2 de abril de 2020

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA ORDENANZA MUNICIPAL


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ORDENANZA MUNICIPAL N° 006-2020-MPCH
EL PLENO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CHINCHA:
POR CUANTO:
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 31 de marzo de 2020, la propuesta del Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Chincha para realizar en adelante las Sesiones de Concejo Virtuales, en cumplimiento al Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 15 de marzo de 2020, el mismo declaró el Estado de Emergencia Nacional y determinó el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por el plazo de quince (15) días calendario, medida que ha sido ampliada por el Supremo Gobierno, para hacer frente a la pandemia del Coronavirus (Covid-19), y con la dispensa del Dictamen de Comisiones de Regidores;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, mediante la Ordenanza N° 23-2008-MPCH, del 16 de diciembre del 2008, se aprobó el Reglamento Interno del Concejo Municipal de Chincha en el que se señala, en su artículo 25º: “El Concejo Municipal de Chincha puede celebrar Sesiones Ordinarias, Extraordinarias y Solemnes. Todas ellas son públicas, salvo que se refieren a asuntos que pueden afectar los derechos fundamentales al honor, la intimidad personal o familiar o la propia imagen”, en concordancia con el artículo 13° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el Decreto Supremo N° 008-2020-SA publicado en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 11 de marzo de 2020, declaró emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y, en el numeral 2.3 del Artículo 2, dispuso que los gobiernos locales deben adoptar medidas preventivas para evitar la propagación del COVID-19 y coadyuvar al cumplimiento de las normas y disposiciones correspondientes emitidas por el Poder Ejecutivo;
Que, el Gobierno Peruano a través del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 15 de marzo de 2020, declaró el Estado de Emergencia Nacional y determinó el aislamiento social obligatorio (cuarentena) por el plazo de quince (15) días calendario. Así también, se estableció que, durante la vigencia del Estado de Emergencia Nacional, que rigió desde el 16 de marzo, los empleadores deben adoptar las medidas necesarias a fin de garantizar la adecuada prestación y acceso a los servicios y bienes esenciales regulados y que resulten necesarios para evitar la propagación del COVID 19, priorizando el empleo del trabajo remoto;
Que, manteniendo el carácter público de las Sesiones de Concejo y previniendo futuras declaraciones de estado de emergencia o situaciones de caso fortuito o de fuerza mayor que impidan la asistencia presencial de los señores Regidores a una Sesión de Concejo, se propone la modificación del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Chincha, aprobado por la Ordenanza N° 23-2020-MPCH, con la finalidad de dar continuidad a las funciones normativas y fiscalizadoras de los señores regidores de la provincia de Chincha y asegurar la eficacia, eficiencia y continuidad operativa de la gestión municipal en situaciones extraordinarias;
Que, el uso de la Tecnología de la Información y Comunicaciones (TIC) permite realizar reuniones a distancia, sin necesidad de la presencia física de los regidores, alcalde y servidores que apoyan la labor del Concejo Municipal de Chincha;
Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9°, numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Chincha aprobó por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CHINCHA, APROBADO MEDIANTE LA ORDENANZA N° 23-2008-MPCH
Artículo Primero.- Modificar el artículo 25°del Reglamento Interno del Concejo Municipal de Chincha, aprobado por la Ordenanza N° 23-2008-MPCH, el mismo que en su Capítulo IV, LAS SESIONES DE CONCEJO, GENERALIDADES, señala:
“Artículo 25°.- Tipos de Sesiones.
El Concejo Municipal de Chincha puede celebrar Sesiones Ordinarias, Extraordinarias y Solemnes. Todas ellas son públicas, salvo los que se refieren a asuntos que puedan afectar los derechos fundamentales al honor, la intimidad personal o familiar o la propia imagen institucional
agregando el siguiente texto:
Las Sesiones de Concejo podrán realizarse de manera virtual ante declaraciones de estado de emergencia, o por caso fortuito o de fuerza mayor, garantizándose su naturaleza pública.
Artículo Segundo.- EncArGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario “La Verdad del Pueblo”; y a la Gerencia de Sistemas y Procesos, su publicación en el Portal Institucional (www.municipalidadchincha.gob.pe).
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, de acuerdo a Ley.
DADO EN LA SEDE DEL PALACIO MUNICIPAL DE CHINCHA, A LOS TREINTAIUN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ARMANDO HUAMÁN TASAYCO
Alcalde

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