martes, 24 de marzo de 2020

Comuna de Chincha dicta medidas complementarias para cumplimiento del D.S. 044-2020-PCM y prevenir contagio del coronavirus: Chincha



MERCADOS ATENDERÁN HASTA LAS 10.00 A.M. TIENDAS DE ABARROTES EN DOMICILIO PARTICULARES HASTA LAS 8.00 P.M
FIJAN HORARIO PARA TRANSPORTE URBANO HASTA LAS 7.00P.M. Y CONDICIONES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS
La Municipalidad Provincial de Chincha, que preside el alcalde, Armando Huamán Tasayco, a través de la Ordenanza Municipal N° 003-2020, dicta medidas complementarias para el estricto cumplimiento del Estado de Emergencia establecido por el D.S. N° 044-2020-PCM y así evitar el contagio y propagación del coronavirus (COVID-19) en la provincia de Chincha, debido a que gran parte de la población chinchana viene incumpliendo las restricciones de los derechos constitucionales suspendidos por el Estado de Emergencia.
Entre otros puntos refiere la comuna provincial, en lo que respecta a comercialización:
Durante el Estado de Emergencia Nacional, la producción, comercialización y abastecimiento de los productos de primera necesidad dentro de la provincia de Chincha, se realizará con las restricciones establecidas en el D.S. 044-2020-PCM, específicamente con las siguientes limitaciones:
Sólo se permitirá el funcionamiento de los establecimientos comerciales (ya sea en mercados o establecimientos individuales) que estén debidamente formalizados y que cuenten con autorización municipal, excluyéndose a todos los comerciantes informales y/o ambulantes.
También queda prohibido el comercio ambulatorio en toda la provincia de Chincha, bajo expreso apercibimiento de decomiso e incautación de los productos y bienes que se expendan, debido a que no se garantiza la seguridad de la población.
Otro punto importante, queda terminantemente prohibido el funcionamiento de bares, discotecas, karaokes, night club, cabarets, casas de citas, salas de fiesta, restaurantes, casinos, licorerías, salas de concierto, salas de exposiciones, cines, teatros, gimnasios, campos de fútbol, instalaciones deportivas, piscinas, parques, ferias, verbenas, coliseo de gallo, entre otros que impliquen concentración o aglomeración de personas.
Este otro punto deben tener presente las amas de casa, el Mercado de Abastos, el Mercado Ferial y el Mercado Modelo tendrán un horario de atención al público diariamente desde las 05.00 hasta la 10:00 am, quedando prohibido todo tipo de expendio de comidas y bebidas.
En materia de Transporte Urbano: dice que adicionalmente, deberán cumplir con las siguientes medidas de prevención:
Los vehículos sólo podrán transportar pasajeros debidamente sentados, conforme a la capacidad de cada unidad vehicular (tres pasajeros para taxis y colectivos; y, dos pasajeros para mototaxis.)
Respecto al conductor y/o su ayudante, ellos deberán tomar las medidas de prevención y sanitarias que corresponda, portando mascarillas y, en el caso de transporte de productos de primera necesidad, guantes quirúrgicos, durante la jornada de servicio.
Otro de los puntos refiere a que cada unidad deberá ser debidamente desinfectada antes del inicio de la prestación del servicio, así como al llegar al paradero final de cada ruta y que las unidades vehiculares deberán portar alcohol o gel desinfectante y/o similares que estén a disposición del público usuario.

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