viernes, 17 de enero de 2020

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE - ORDENANZA MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2020-MDS
Sunampe, 13 de enero del 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 001-2020-MDS sobre aprobación del Proyecto de Ordenanza para la Cobranza de Derecho de Emisión de Declaraciones Juradas de Impuesto Predial para el ejercicio 2020, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son órganos de Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, su estructura orgánica está conformada por el Concejo Municipal como órgano administrativo y fiscalizador y la alcaldía como órgano ejecutivo;
Que, de conformidad a lo establecido en la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y en concordancia con lo normado en los artículos 74° y 195° inciso 4) de la Constitución Política del Perú, señala que los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal están facultadas para crear, modificar, suprimir las contribuciones y tasas, o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y en los límites que la ley señala;
Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley.
Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, se faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria-UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio.
Estando a lo expuesto, y conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta el Concejo Municipal aprobó por AMPLIA MAYORIA la siguiente;
ORDENANZA PARA LA COBRANZA DE DERECHO DE EMISION DE DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL PARA EL EJERCICIO 2020
ARTICULO 1°.- MARCO LEGAL APLICABLE Aplíquese para el ejercicio 2020, el marco legal y criterios de distribución aplicables para la cobranza de Derecho de Emisión de Declaraciones Jurada de Impuesto Predial, mediante Ordenanza N° 006-2011 (Texto Único de Procedimientos Administrativos) – TUPA.
ARTICULO 2º- REAJUSTE CON EL TUPA VIGENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE para el Ejercicio 2020, se aplicarán las Tasas del TUPA de la Municipalidad con el Porcentaje calculado con la U.I.T. vigente para el Periodo fiscal según Inciso 02.10 COBRANZA DE DERECHO DE EMISION DE DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL.


POR PREDIO

0.223 % U.I.T. vigente

ARTICULO 3°.- DISPONGASE que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación en el diario de mayor circulación de la Provincia.
ARTICULO 4°.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza conforme a sus competencias.
REGÍSTRESE, PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
JOSE MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde

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