MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2020-MDS
Sunampe, 13 de enero del 2020
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
VISTO:
El Acuerdo de Concejo N° 001-2020-MDS sobre aprobación del Proyecto
de Ordenanza para la Cobranza de Derecho
de Emisión de Declaraciones Juradas de Impuesto Predial para el ejercicio 2020,
y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 194° de la
Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distritales son órganos de
Gobierno Local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia, su estructura orgánica está conformada por el
Concejo Municipal como órgano administrativo y fiscalizador y la alcaldía como
órgano ejecutivo;
Que, de conformidad a lo establecido en la norma IV
del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado
por Decreto Supremo N° 135-99-EF y en concordancia con lo normado en los
artículos 74° y 195° inciso 4) de la Constitución Política del Perú, señala que
los Gobiernos Locales mediante Ordenanza Municipal están facultadas para crear,
modificar, suprimir las contribuciones y tasas, o exonerar de ellos, dentro de
su jurisdicción y en los límites que la ley señala;
Que, el Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican,
suprimen, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones
dentro de los límites establecidos por Ley.
Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N°
156-2004-EF, se faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de
emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y
recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un
importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria-UIT vigente al 01
de enero de cada ejercicio.
Estando a lo expuesto, y conforme a las facultades conferidas por
la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa de la
lectura y aprobación del acta el Concejo Municipal aprobó por AMPLIA MAYORIA la
siguiente;
ORDENANZA PARA
LA COBRANZA DE DERECHO DE EMISION DE DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL
PARA EL EJERCICIO 2020
ARTICULO 1°.-
MARCO LEGAL APLICABLE Aplíquese para
el ejercicio 2020, el marco legal y criterios de distribución aplicables para
la cobranza de Derecho de Emisión de Declaraciones Jurada de Impuesto Predial,
mediante Ordenanza N° 006-2011 (Texto Único de Procedimientos Administrativos)
– TUPA.
ARTICULO 2º-
REAJUSTE CON EL TUPA VIGENTE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE para el Ejercicio 2020, se aplicarán las Tasas del TUPA de la
Municipalidad con el Porcentaje calculado con la U.I.T. vigente para el Periodo
fiscal según Inciso 02.10 COBRANZA DE DERECHO DE EMISION DE DECLARACIONES
JURADAS DE IMPUESTO PREDIAL.
POR PREDIO
|
0.223 % U.I.T. vigente
|
ARTICULO 3°.-
DISPONGASE que la presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del siguiente día de su publicación en el diario de mayor circulación
de la Provincia.
ARTICULO 4°.-
ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Secretaría
General, Gerencia de Administración Tributaria el cumplimiento de la presente
Ordenanza conforme a sus competencias.
REGÍSTRESE, PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
JOSE MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde
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