Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

sábado, 6 de abril de 2019

Ordenamiento del Transporte Público otra acción de la M.P.Ch.



En breve la Municipalidad Provincial de Chincha dará cumplimento a las Ordenanzas que disponen el ordenamiento de orden técnico, bajo las consistencias de la norma legal vigente con la finalidad de garantizar el buen servicio de transporte dentro del ámbito de esta provincia; ya se vienen efectuando las coordinaciones para este trabajo y al parecer hay consenso en lograr el éxito de esta campaña al recibir el apoyo de algunos dirigentes transportistas.
Dichos informes fluyen de las declaraciones dadas al periodismo por el Sub Gerente de Seguridad Ciudadana de la comuna Provincial, señor Luis Céspedes Medrano, cuando realizaba los operativos  la semana pasada en la Parada Municipal.
“Ya estamos camino a un operativo con transportes para poder regular lo que es paraderos y regular los horarios de descargas de mercaderías en las zonas del mercado de abastos”, dijo Céspedes Medrano, agregando que se trabajará en todo el tema de transportes en el reordenamiento de los paraderos de aquí a unas semanas ya no se permitirá ningún tipo de paraderos en la vía pública.
“La ordenanza 019 es la que se está aplicando en cuestión de zonas rígidas  a la mayor parte de vías públicas y también la 015 que es la ordenanza de zona rígida en todo lo que es la avenida Benavides; los transportistas tienen también una ordenanza en el 2015 en cuanto a paraderos; también tienen una ordenanza en cuanto a paraderos informales desde hacen dos años, todos tienen que estar en paraderos formales, es decir dentro de locales” indicó Céspedes Medrano.
También dijo “ha habido una pequeña tolerancia estos meses por que vías como Sucre, Chachapoyas, Arica han estado cerradas por el tema de obras,  sin embargo una vez que estas obras concluyan en su totalidad ciertamente el ordenamiento del transportes se hará cumplir en la provincia”.


Luis Céspedes Medrano, Sub Gerente de Seguridad Ciudadana

MUSEO DE CHINCHA




La municipalidad Provincial de Chincha, que preside el alcalde, señor Armando Huamán Tasayco, viene haciendo pública la invitación a la Inauguración de la Obra del Museo de esta provincia, denominada “Mejoramiento e Implementación de los Servicios de Exhibición y Exposición Cultural de la Municipalidad Provincial de nuestra ciudad, a realizarse el viernes 12 del presente mes a las 6.00p.m.
El burgomaestre Huamán Tasayco y tres de sus regidores sostuvieron ayer viernes una importante reunión con la Ministra de Cultura Arqueóloga Ulla Sarela Holmquist Pachas, a quien le hizo la invitación personal para que sea la Madrina de esta importante obra.
El alcalde provincial reiteró: “hemos traído la invitación a la ministra para que esté presente en la apertura del museo que va a ser el día 12 de este mes, y ella va a ser la madrina, y le agradezco su participación en esta importante apertura, por lo cual invito a toda la población de la provincia de Chincha”.
  Otro pedido que hizo Armando Huamán, fue que  la provincia de Chincha sea considerada en las actividades por el bicentenario de la Independencia.

Alcalde Provincial Armando Huamán en reunión con la Ministra de Cultura



Limpieza de zona de venta de pescados otra prioridad: Chincha



MPCH LA EJECUTARÁ EN CONVENIO Y SERÁ CERRADA DICHA ÁREA EL 10-4-19
La zona de comercialización de pescados y mariscos en la Parada de Chincha, está insalubre refirió, el Dr. Carlos Cano Guardia, responsable del Área de Saneamiento Ambiental de la Municipalidad Provincial, lo que es una preocupación del cuerpo edil que preside el Sr. Armando Huamán Tasayco.
Por tal motivo el Dr. Cano, anunció lo siguiente: “hemos hecho un convenio con las personas de la zona del pescado, ustedes saben que es una zona insalubre, ha tenido una problemática, pero para eso estamos nosotros, para darle solución, para darle los criterios técnicos, y hemos iniciado el día de miércoles el manejo de residuos sólidos orgánicos, esto va a permitir  que rápidamente se debe reducir esos desperdicios de las zonas de pescados; también que los camiones que trasladan los pescados tengan un horario de ingreso específico, e inmediatamente le vamos a hacer entrega de contenedores que sirvan para que ellos puedan depositar estos residuos; yo creo que de aquí a quince días ya se debe haber reducido un 70 ó 80% la problemática, y el día 10 de este mes de abril,  vamos a hacer el cierre de ese mercado de pescados y mariscos, vamos a hacer una limpieza general, personal municipal conjuntamente con los comerciantes”.
No cabe duda que también se verá las zonas que a veces se acumula de desperdicios, lo que motiva los atoros en las redes de alcantarillado, así como fétidos olores y proliferación de moscas, creemos que este problema debe tener también el apoyo de Sanidad del Hospital  San José y de SEMAPACH.




MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - DECRETO DE ALCALDÍA


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
DECRETO DE ALCALDÍA N° 02-2019-A-MPCH
Chincha, 01 de Abril de 2019
VISTO: El Informe Legal N° 511-2019-GAJ-MPCH de fecha 20 de Marzo del 2019, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha sobre funciones para resolver procedimientos administrativos y para la emisión de resoluciones en cumplimiento de disposiciones relativas a Sistemas Funcionales y Sistemas Administrativos;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al Artículo 43º de la Constitución Política del Estado, la República del Perú es democrática, social. Independiente y soberana, siendo el Estado uno e indivisible, y su gobierno unitario, representativo y descentralizado, encontrándose organizado según el principio de separación de poderes
Que, de acuerdo al Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que en virtud del numeral 9.2 del Artículo 9° de la Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27783, la autonomía administrativa con la que cuentan los gobiernos locales consiste en la facultad de organizarse internamente, pudiendo determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad;
Que, de acuerdo al Artículo 43° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Sistemas son los conjuntos de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la Administración Pública que requieren ser realizadas por todas o varias entidades de los Poderes del Estado, los Organismos Constitucionales y los Niveles de Gobierno, siendo estos sistemas de dos tipos: los Sistemas Funcionales, como es el caso del Sistema Nacional de Defensa Civil, entre otros, que tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de las políticas públicas; y los Sistemas Administrativos, que tienen por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades públicas, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso, como lo son: el Sistema de Recursos Humanos, Abastecimiento, Presupuesto Público, Tesorería, Endeudamiento Público, Contabilidad, Inversión Pública, Planeamiento Estratégico, Defensa Judicial del Estado, Control y Modernización de la Gestión Pública.
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 007-2016-MPCH se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y la estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Chincha, estableciéndose las funciones generales y específicas de cada área, así como las relaciones de coordinación entre las mismas;
Que, mediante Ordenanza Nº 001-2019-MPCH del 17 de Enero de 2019 se aprobó las instancias administrativas de la Municipalidad Provincial de Chincha, teniendo en cuenta la estructura y organigrama aprobados por la Ordenanza Nº 07-2016-MPCH, estableciéndose que las Subgerencias y Gerencias de la Municipalidad Provincial de Chincha resolverán en primera instancia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones establecidas en el ROF y MOF.
Que, el Artículo 29º de la Ley del Procedimiento Administrativo define al procedimiento administrativo como al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados.
Que, conforme se señala en el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, mediante los Decretos de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionando los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, resolviéndose a través de ellos, asuntos de orden general y de interés de la ciudadanía que no sean de competencia del concejo municipal
Conforme se encuentra establecido en el numeral 73.1 del Artículo 73º del TUO de la Ley Nº 27444 aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, cuando una norma atribuya a una entidad alguna competencia o facultad sin especificar que órgano a su interior debe ejercerla, debe entenderse que corresponde al órgano de inferior jerarquía de función más similar vinculada a ella en razón de la materia y de territorio, y, en caso de existir varios órganos posibles, al superior jerárquico común.
Que, atendiendo a que una de las labores más importantes del que hacer de la Municipalidad Provincial de Chincha es la tramitación de los distintos procedimientos administrativos iniciados de oficio o a petición de parte, los cuales tienen incidencia en la esfera jurídica de los administrados, resulta necesario reafirmar las competencias que poseen los titulares de las distintas áreas administrativas para emitir resoluciones administrativas, propiciando una gestión dinámica, eficiente y eficaz, que dé pronta solución a los intereses de los administrados sobre la base de una organización desconcentrada y en observancia de la especialización que tienen las distintas áreas respecto a las materias vinculadas a sus funciones.
Que, de otro lado, el Modelo Unitario de Gobierno que establece la Constitución Política del Estado, exige que los gobiernos descentralizados, sin menoscabar sus autonomías, obedezcan las normas cuya emisión ha sido reservada al Gobierno Central para mantener la homogeneidad mínima que requiere esa Unidad de Gobierno, como es el caso de las disposiciones relativas a los Sistemas Funcionales y a los Sistemas Administrativos, a través de los cuales se busca que de manera eficiente y eficaz, todas las entidades desarrollen las Políticas de Estado para satisfacer las necesidades de todos los peruanos; motivo por el cual, resulta igualmente necesario, reafirmar la vigencia de tales normas, y por tanto disponer su cabal cumplimiento
Estando a las facultades conferidas en el inciso 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO:
Disponer que las distintas áreas de la Municipalidad Provincial de Chincha deberán emitir, en primera instancia administrativa, los actos administrativos contendidos en resoluciones administrativas que les correspondan respecto a los procedimientos administrativos que tramitan, cuando la materia de que tratan dichos procedimientos esté vinculada a sus funciones, de conformidad a la norma contenida en el numeral 73.1 del Artículo 73º del TUO de la Ley N° 27444, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
ARTÍCULO SEGUNDO:
Disponer, que las distintas (áreas) de la Municipalidad Provincial de Chincha deberán emitir los actos resolutivos que les correspondan cuando así lo determinen las normas concernientes a los sistemas funcionales y los sistemas administrativos cuyo ámbito de aplicación comprenda a los Gobiernos Locales, sin necesidad de que para ello se tengan que emitir normas municipales
ARTÍCULO TERCERO:
El incumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes generará las responsabilidades administrativas, funcionales y demás previstas en la ley, para cuya determinación deberá realizarse las acciones establecidas en nuestro ordenamiento jurídico.
ARTÍCULO CUARTO:
Publicar el presente Decreto de Alcaldía en el diario de avisos judiciales de la Provincia de Chincha y efectuar su difusión en el portal de transparencia institucional y en el portal de servicios al ciudadano y empresas.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase
ARMANDO HUAMÁN TASAYCO
ALCALDE

Municipalidad Distrital de San Juan de Yánac - ORDENANZA MUNICIPAL



Municipalidad Distrital de San Juan de Yánac

ORDENANZA MUNICIPAL  Nº 005-2019-MDSJY
San Juan de Yanac, 25 .de marzo de 2019
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE YANAC – PROVINCIA DE CHINCHA – DEPARTAMENTO ICA.
POR CUANTO:
VISTO:
Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confiere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo IX del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que el proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con los vecinos; asimismo, los artículos 9º, 53º, 97º y la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Ley, prescriben que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertado; asimismo, las municipalidades regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos;
Que, los artículos 18º y 20º de la Ley N.º 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados;
Que, mediante Ley N.º 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modificatoria Ley N.º 29298, se establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales, constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso, los Planes de Desarrollo Concertado;
Que, el Decreto Supremo N.º 142-2009-EF, mediante el cual se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28056, establece en su Primera Disposición Final, que los Gobiernos Locales emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en las directivas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en el marco de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y su modificatoria Decreto Legislativo Nº 1440-2018-EF;
Que, mediante Informe Nº 012-2019-GM/MDSJY/JWQY, de fecha 25 de marzo del 2019, la Gerencia Municipal, solicita la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Juan de Yanac, en cumplimiento a la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y sus modificatorias;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 9º literal 8 y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto unánime del Pleno del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE YANAC  2020
ARTICULO PRIMERO. -  APROBAR la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2020 de la Municipalidad Distrital de San Juan de Yanac, el mismo que consta de diez (10) títulos, veinticinco (25) artículos y tres (03) Disposiciones Complementarias y Finales, cuyo texto íntegro forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO. - FACULTAR al señor alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza.
ARTICULO TERCERO. - ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinación con las demás áreas responsables del Equipo Técnico, el cumplimiento de los fines y objetos de la presente Ordenanza, autorizando, a través de las unidades orgánicas pertinentes, las facilidades logísticas y financieras que sean necesarias para el cumplimiento de las actividades del desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo 2020.
ARTICULO CUARTO. -ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente dispositivo legal en el Diario de mayor circulación y a la Oficina Técnica y de Comunicaciones la publicación de la presente Ordenanza en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Yanac.
POR TANTO:
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE, CUMPLASE.
EDGAR GRIBOL RODRIGUEZ VILCAPUMA
Alcalde

ANEXO Nº 01
Cronograma del Proceso  de Formulación del Presupuesto Participativo 2020
ACTIVIDADES
FECHA
1 º
PREPARACIÓN


Aprobación de Ordenanza
25 de Marzo de 2019

Publicación, Difusión de la Ordenanza
Del 06 al  de Abril 2019

Convocatoria
06 de Abril de 2019

Inscripción y Registros de Agentes Participantes
Del 08  Abril al 12 de Abril 2019

Verificación de Requisitos de Agentes Participantes
15 y 16 de Abril del 2019

Levantamiento de Observaciones
17  de Abril del 2019

Acreditación de agentes participantes
22 de Abril  del 2019

Asistencia técnica  Agentes Participantes en el llenado de fichas de proyectos de Inversión Pública (solo para ideas de proyectos)

24 de Abril del 2019

CONCERTACIÓN


Rendición de Cuentas y Taller de Capacitación de Agentes Participantes  Hora: 6:30pm.
01 Mayo del  2019 - Salón de Actos de la Municipalidad Distrital

Taller de Diagnóstico, identificación  y priorización de problemas basados en resultados 6:30 p.m.
v Lunes 06 San Antonio de Sihuay.
Lugar: Casa Comunal
v Miércoles 08 San Juan de Yanac.
Lugar: Salón de Actos de la Municipalidad Distrital
v Jueves 09  San Luis de Huañupiza.
Lugar: Salón Comunal

Taller de Priorización. Hora: 6:30pm
 15 mayo de 2019
COORDINACIÓN ENTRE LOS NIVELES DE GOBIERNO


Reunión de Coordinación con el Alcalde Provincial y Gobierno Regional.     Hora: 6:30pm
Del 20 de mayo  al 22 de mayo de 2019
FORMALIZACIÓN


Taller de Formalización de Acuerdos y Compromisos – Elección del CVC.  Hora: 6:30pm Palacio
22 de mayo de  2019

DEPORTES.- Por: Antonio De la Cruz Ramírez



Ligas de Fútbol de Primera División: Pisco

PISCO
Resultados de la 6ta fecha:
08.00 am Bolognesi se impuso 2 x 1 al Bernales,
10.00 am Universitario 1 vs  Boquense 2,
12.00 am Alianza Pisco venció 2 x 0 al Joe Gutierrez Carhuas,
14.00 pm Leticia ganó 3 x 2 a Juventud Policial,
16.00 pm Unión sigue su paso triunfal goleó 4 a 1 al Deportivo Municipal.

HUMAY
Resultados de la 3era fecha:
La Floresta venció 4 x 0 a la Fortaleza,
El Miraflores superó ajustadamente  4 x 3 a Fundo Mayo.
San Ignacio ganó 3 x 1 a Los Paracas.
Nueva Esperanza goleó 4 x 1 a Nápoles.
Bangú pasando apuros venció 1 x 0 a Las Torres.

TABLA DE COLOCACIONES 01.-Nueva Esperanza---------09.
02.-Deportivo Bangú---------07.
03.-Def. San Ignacio---------07.
04.-Social Miraflores---------06.
05.-Deportivo Las Torres----06.
06.-Deportivo Fortaleza-----03.
07.-Deportivo Nápoles-------03
08.-La Floresta-----------------03
09.-Deportivo Fundo Mayo-00.
10.-Deportivo Los Paracas--00.

4TA FECHA 7-4-19
08.00 am. Mayo   vs. Fortaleza.
10.00 am. Los Paracas vs. Las Torres.
12.00 m Miraflores vs Nápoles.
14.00 p.m. Bangú vs. La Floresta.
16.00 p.m. San Ignacio  vs. La Esperanza.

INDEPENDENCIA
- San Martin venció 3 x 0 a Paltos.
-Sport Torino se impuso 1 x 0 al Santa Cruz.
-El Pilar empató 1 x 1 con San Tadeo.
-Santa María pasó apuros para vencer a Federico Uranga 1 x 0.
-José Olaya goleó al equipo de la Academia 4 x 0.

SAN CLEMENTE
Resultados de la 8va fecha:
1.-Los Libertadores 4 vs Los Tigres 2,
2.-Cultural Melchorita 0 vs  Las Águilas 1,
3.- Los Temibles 4 vs Real S. C. 0,
4.-Sport S. C. 4 vs Juventud Porvenir 0,
5.-Los Bambinos 1 vs 24 de Enero 0,
6.-Los Olímpicos 2 vs Deportivo Caucato 0.

 PARACAS
Resultados 2da fecha:
1.-Juventud Liscay 4 vs Residente de Apurímac 1,
2.-Los Ángeles 2 vs Las Mercedes 2.
José Gálvez vs Santa Cruz se suspendió el partido.
Descansó: El Chaco.

VILLA TÚPAC AMARU
Resultados de la 6ta fecha
08.00 am Alianza Corazón 4 vs El Amauta 1,
10.00 am Túpac Amaru 1 vs Santa Rosa 0,
12.00 am Casalla 1 vs Miguel Grau 0,
14.00 pm Hungarito 0 vs Atlanta 0,
16.00 pm La Cahuide 0 vs Deportivo Cultural 0.



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