lunes, 11 de noviembre de 2019

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA - ORDENANZA


MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ORDENANZA N° 013-2019-A/MPCH
Chincha Alta, 05 de Noviembre 2019
VISTO: el Informe N° 333-2019 GM/MPCH de fecha 29 de Octubre de 2019, presentado por el Gerente Municipal de la Entidad, sobre Convocatoria a Elecciones Municipales  en el Centro Poblado Bellavista del Distrito de San Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha, Departamento de Ica.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194° de la Constitución Politica del Perú, modificado por el Articulo Único de la Ley 30305, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomia politica, económica y administrativa en asuntos de su competencia;
Que, de conformidad con lo establecido por el Inc.8) del Art. 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos.
Que, de acuerdo al Inc. 19) del Art, 9° de la ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, corresponde al Concejo Municipal aprobar la creación de los Centros Poblados y de Agencias Municipales.
Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 130° de la ley N° 27972, los Concejos Municipales de los Centros Poblados, están integrados por un alcalde y 05 Regidores y estos son elegidos por un periodo de 04 años, conforme lo establece el Art. 132° del cuerpo legal acotado, también se indica que el procedimiento para la elección de alcalde y regidores de los Centros Poblados, se regula conforme ley de la materia.
Que, de conformidad con lo previsto por el Art. 1 de Ley N° 28440, que indica que dicha ley norma el proceso de elección democrática de alcaldes y Regidores   de los Centros Poblados, de acuerdo a lo previsto por el Art. 132° de la Ley N° 27972 – ley Orgánica de Municipalidades.
Que, el Art. 2° de la Ley N° 28440. Establece que el Alcalde Provincial CONVOCA A ELECCIONES, con ciento veinte días (120) naturales de anticipación al acto del sufragio, comunicando el acto al Jurado Nacional de Elecciones bajo responsabilidad;
Que, con Informe N° 06-2019-C.E. MPCH, de fecha 23 de octubre del 2019, el Sr. Baldomero Fernández Ramos, solicita se convoque a dicho Acto Electoral previo los tramites que corresponde, los cuales deberá aprobar el Pleno del Concejo Municipal y, luego se dicte la Ordenanza correspondiente.
Que, con Informe Legal N° 3513-2019-GAJ/MPCH, de fecha 24 de octubre del 2019, el Gerente de Asesoría Jurídica, recomienda que se proyecte la ordenanza en cumplimiento del articulo 5° de la Ley N° 28440 y luego se derive al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación.
Que, con informe de vistos, el Gerente Municipal de la Entidad, remite el Proyecto de: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CONVOCA A ELECCIONES PARA LA MUNICIPALIDAD DELEGADA DEL CENTRO POBLADO BELLAVISTA, DEL DISTRITO DE SAN PEDRO DE HUACARPANA, PROVINCIA DE CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA, para su debate y determinación pertinente del Pleno del Concejo Municipal.
Estando a lo expuesto, informe del Coordinador de Elecciones del Centro Poblado de Bellavista del Distrito de San Pedro de Huacarpana, Gerente de Asesoría Jurídica, Gerente Municipal, a lo aprobado por Unanimidad en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de Octubre de 2019, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta y a las facultades conferidas por la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; se aprueba lo siguiente
 ORDENANZA
Artículo Primero: CONVOCAR a Elecciones para la Municipalidad del Centro Poblado de Bellavista del Distrito de San Pedro de Huacarpana, Provincia de Chincha, Departamento de Ica, para el día Domingo 08 de marzo del 2020, en el horario de Inicio a 9.00 a.m., horas y concluir a las 16.00 horas.
Artículo Segundo ENCARGAR a la Secretaria General haga de conocimiento la presente Ordenanza al Jurado Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales ONPE y a quienes corresponda, para los fines pertinentes.
Artículo Cuarto ENCARGAR que la Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Chincha la publicación de la presente Ordenanza, para los fines de Ley.
Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese
Armando Huamán Tasayco
Alcalde

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