sábado, 9 de noviembre de 2019

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA - ORDENANZA MUNICIPAL


MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 09-2019-MDTM
Tambo de Mora, 26 Setiembre del 2019.
VISTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Setiembre del 2019, sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal propuesto por el Área de Seguridad Ciudadana:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL SERENAZGO DE LA  MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la creación del servicio de Serenazgo en la jurisdicción del Distrito de Tambo de Mora, para que se mantenga el orden interno del distrito mediante el patrullaje y seguridad en todas sus modalidades, sin que ello implique sustitución o conflicto de competencias con la Policía Nacional del Perú, a quien se reconoce como ente rector en la materia, conforme al proyecto de ordenanza que se adjunta.
ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que disponga las acciones administrativas correspondientes con el objeto de desarrollar adecuadamente el servicio de Serenazgo, así como, también, el cumplimiento de las disposiciones municipales afines.
ARTÍCULO TERCERO.-  La Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, a través de la Sub
Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil que depende de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos, con relación al Serenazgo del Distrito de Tambo de Mora, tiene las siguientes competencias.
a) Planificar organizar, dirigir, supervisar y evaluar al Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.
b) Coordinar las actividades y acciones con la Policía Nacional de Perú a nivel del Distrito de Tambo de Mora.
c) Promover la participación vecinal en asuntos de seguridad.
d) Coordinar el servicio y acciones conjuntas con los responsables del Serenazgo del distrito de Tambo de Mora.
e) Convocar a reuniones de coordinación con la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora y la Policía Nacional del Perú.
f) Otra que disponga el Concejo Municipal del Distrito de Tambo de Mora.
ARTÍCULO CUARTO.- Funciones generales del servicio de Serenazgo:
 a) Planificar y ejecutar operaciones de ronda y patrullaje general va sea a pie o en vehículos motorizados o no motorizados, en coordinación con la Policía Nacional de Perú.
b)  Prestar auxilio y protección a la comunidad.
c) Supervisar e Informar el cumplimiento de las normas de seguridad en establecimientos públicos de cualquier naturaleza e índole.
d)  Propiciar la tranquilidad, orden, seguridad y convivencia pacífica de la comunidad e asumir  el control del tránsito vehicular en todos aquellos lugares necesarios donde no se encuentran   los efectivos de la Policía Nacional del Perú.
e)  Vigilar la prestación de la calidad de vida, limpieza y ornato público.
f) Colaborar y prestar apoyo a los órganos de su respectivo Gobierno Local cuando lo solicita para la ejecución de acciones de su competencia.
g) Implementar y actualizar el sistema de información integrado,
h) Orientar al ciudadano cuando requiere algún tipo de información,
i) Otras funciones que se le encarguen, los mismos que deberán ser establecidos en el  reglamento.
ARTÍCULO QUINTO.- AUTORIZAR LA MODIFICACIÓN de la Estructura Orgánica e INCLUIR al Reglamento de Organización y Funciones para incorporar el servicio de Serenazgo a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil que depende de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos.
ARTÍCULO SEXTO.- ESTABLECER, que el Serenazgo Municipal del Distrito de Tambo de Mora, está prohibido de efectuar labores especiales, como resguardar a empresas privadas, salones de juegos, casas comerciales, locales de fiesta y/o que no sean actividades de vigilancia ciudadana.
ARTICULO SÉPTIMO.- FACULTAR, al señor Alcalde dictar normas complementarias mediante Decreto de Alcaldía.
REGÍSTRESE, COMUNIQÚESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Yohn Alexander Najar Moreyra
Alcalde

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