MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE MORA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 09-2019-MDTM
Tambo de Mora,
26 Setiembre del 2019.
VISTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora, en
Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Setiembre del 2019, sobre el
Proyecto de Ordenanza Municipal propuesto por el Área de Seguridad Ciudadana:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DEL SERENAZGO DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMBO DE
MORA
ARTÍCULO PRIMERO. - APROBAR la creación del servicio de
Serenazgo en la jurisdicción del Distrito de Tambo de Mora, para que se
mantenga el orden interno del distrito mediante el patrullaje y seguridad en
todas sus modalidades, sin que ello implique sustitución o conflicto de
competencias con la Policía Nacional del Perú, a quien se reconoce como ente
rector en la materia, conforme al proyecto de ordenanza que se adjunta.
ARTÍCULO SEGUNDO.- AUTORIZAR al señor Alcalde para que
disponga las acciones administrativas correspondientes con el objeto de
desarrollar adecuadamente el servicio de Serenazgo, así como, también, el
cumplimiento de las disposiciones municipales afines.
ARTÍCULO TERCERO.- La Municipalidad Distrital de Tambo de Mora,
a través de la Sub
Gerencia de Seguridad Ciudadana y
Defensa Civil que depende de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios
Públicos, con relación al Serenazgo del Distrito de Tambo de Mora, tiene las
siguientes competencias.
a) Planificar organizar, dirigir, supervisar
y evaluar al Serenazgo de la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora.
b) Coordinar las actividades y
acciones con la Policía Nacional de Perú a nivel del Distrito de Tambo de Mora.
c) Promover la participación vecinal
en asuntos de seguridad.
d) Coordinar el servicio y acciones
conjuntas con los responsables del Serenazgo del distrito de Tambo de Mora.
e) Convocar a reuniones de
coordinación con la Municipalidad Distrital de Tambo de Mora y la Policía
Nacional del Perú.
f) Otra que disponga el Concejo
Municipal del Distrito de Tambo de Mora.
ARTÍCULO CUARTO.- Funciones
generales del servicio de Serenazgo:
a) Planificar y ejecutar operaciones de ronda
y patrullaje general va sea a pie o en vehículos motorizados o no motorizados,
en coordinación con la Policía Nacional de Perú.
b)
Prestar auxilio y protección a la comunidad.
c) Supervisar e Informar el
cumplimiento de las normas de seguridad en establecimientos públicos de cualquier
naturaleza e índole.
d)
Propiciar la tranquilidad, orden, seguridad y convivencia pacífica de la
comunidad e asumir el control del
tránsito vehicular en todos aquellos lugares necesarios donde no se
encuentran los efectivos de la Policía
Nacional del Perú.
e) Vigilar la prestación de
la calidad de vida, limpieza y ornato público.
f) Colaborar y prestar apoyo a los
órganos de su respectivo Gobierno Local cuando lo solicita para la ejecución de
acciones de su competencia.
g) Implementar y actualizar el sistema de información integrado,
h) Orientar al ciudadano cuando
requiere algún tipo de información,
i) Otras funciones que se le
encarguen, los mismos que deberán ser establecidos en el reglamento.
ARTÍCULO QUINTO.- AUTORIZAR LA MODIFICACIÓN de la
Estructura Orgánica e INCLUIR al Reglamento de Organización y Funciones para
incorporar el servicio de Serenazgo a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana y
Defensa Civil que depende de la Gerencia de Desarrollo Económico y Servicios
Públicos.
ARTÍCULO SEXTO.- ESTABLECER, que el
Serenazgo Municipal del Distrito de Tambo de Mora, está prohibido de efectuar
labores especiales, como resguardar a empresas privadas, salones de juegos,
casas comerciales, locales de fiesta y/o que no sean actividades de vigilancia
ciudadana.
ARTICULO SÉPTIMO.- FACULTAR, al señor
Alcalde dictar normas complementarias mediante Decreto de Alcaldía.
REGÍSTRESE, COMUNIQÚESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Yohn Alexander Najar Moreyra
Alcalde
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