MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SUNAMPE
ORDENANZA
MUNICIPAL Nº 015-2019-MDS
Sunampe, 30 de
octubre 2019
EL ALCALDE DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUNAMPE
POR CUANTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de
fecha 25 de octubre del 2019;
VISTO:
Los Informes N° 413-2019-GDS/MDS de
la Gerencia Social e Informe N° 1064-2019-GAL/MDS de la Gerencia de Asesoría
Legal sobre el Proyecto de Ordenanza Municipal para Implementación de la
Estrategia de Monitoreo Social, y;
CONSIDERANDO:
Qué de conformidad con el artículo
194 y 195 de la Constitución Política del Perú las Municipalidades tienen competencias
entre otras para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos
locales es de su responsabilidad planificar el desarrollo urbano y rural de sus
circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes y el
Artículo 197 precisa que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la
participación vecinal en el desarrollo local.
Qué de acuerdo a lo indicado en el
artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos
de gobierno promotores del desarrollo local, asimismo, de acuerdo al artículo
IV de la misma Ley tiene por finalidad representar al vecindario promover la
adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción.
Qué, mediante Resolución Suprema
N°002-2015 MIDIS, EL Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Crea el Premio
Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las personas“,
como reconocimiento del Estado a los
Gobiernos locales que cumplan eficazmente con los indicadores que contribuyan a
la mejora de los servicios públicos orientados a los ciudadanos y ciudadanas,
en el marco de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social.
Qué,
mediante Resolución Ministerial
N° 170-2019-MIDIS, se aprueba las bases de la Edición Bicentenario del
Premio Nacional “ Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las
personas “, en el cual se establece el Eje Estratégico como eje de la
Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social, cuyo producto “ Municipalidad
implementa mejoras complementarias a la prestación de los servicios de los
Programas Sociales adscritos al MIDIS”, considera el monitoreo social como una
estrategia para fortalecer la gobernanzas local y contribuir en el mejoramiento de las prestaciones de los
programas sociales presentes en el territorio , al servicios de los ciudadanos
más necesitados por su condición de pobreza y vulnerabilidad .
Qué Mediante Acta de Sesión
Extraordinaria de Consejo Municipal de fecha 19 de febrero del 2019 el Concejo
Municipal autorizó la inscripción de la
municipalidad en la Edición Bicentenario del Premio Nacional “Sello Municipal
INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las personas “, así como aceptar las
metas asignadas al distrito para cada producto e indicadores, y promover
acciones para cumplirlas se aprobó el proyecto de la siguiente ordenanza.
“IMPLEMENTACIÓN DE LA ESTRATEGIA DE MONITOREO SOCIAL DE LAS
PRESTACIONES DE LOS PROGRAMAS SOCIALES EN SU JURISDICCIÓN, PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LA GESTION DE LAS MUNICIPALIDADES AL SERVICIO DE LOS CIUDADANOS”
En este sentido es menester para la
gestión municipal dictar las medidas que se estimen necesarias para efectos de
regular los aspectos establecidos en las bases de la Edición Bicentenarios del
Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las
personas”.
Por tanto, estando a los
considerandos precedentes y los antecedentes normativos precitados, en uso de
las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972,
contando con el voto aprobatorio del Consejo Municipal.
SE RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR, de prioridad municipal implementación de
la estrategia de Monitoreo social de los programas sociales como mecanismo de
fortalecimiento de la Gestión Local en el Distrito de Sunampe, Provincia de
Chincha y Región de Ica.
ARTICULO 2º.- ESTABLECER, La
implementación de la estrategia de Monitoreo Social para abordar los aspectos
de eficacia y oportunidades de mejora complementarias de las prestaciones de
los programas sociales presentes en el territorio, en el ámbito de las
competencias municipalidades.
ARTÍCULO 3º.- NOTIFÍQUESE, la presente a
los miembros integrantes del Equipo Técnico Municipal para el Premio Sello
Municipal Edición Bicentenario.
POR LO TANTO:
MANDO SE REGISTRE,
PUBLIQUE COMUNIQUE Y CUMPLA
JOSE MIGUEL MATIAS ROJAS
Alcalde
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