MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
ACUERDO DE CONCEJO N° 0038 -2019-A-MPCH
Chincha
Alta, 23 de Septiembre de 2019
Visto; el 0ficio
N°118-2019-GORE.ICA-GRPPAT/SPES. Rgto. 15159-2019, de fecha 13de Agosto del 2019, Presentado por el Econ. Sub gerente de Planeamiento Estratégico
del Gobierno Regional de Ica, solicitando
la Suscripción del CONVENIO para
la FORMULACION, EVALUACION Y EJECUCION DEL ESTADIO MUNICIPAL “FELIX CASTILLO
TARDIO DE CHINCHA”.
CONSIDERANDO
Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado
por el Articulo Único de la Ley 30305, señala que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de
gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia”;
Que, el
Art. 41 de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala que los
Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos
de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del
órgano, de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse, a una
conducta o norma institucional;
Que, en
el Artículo 9° (26), atribuciones del Concejo Municipal, en el cual se manifiesta
que es atribución del Concejo Municipal el de “Aprobar la celebración de
convenios de cooperación nacional e internacional y convenios
Interinstitucionales”, convenios que apoyaran en mejorar la prestación de
servicios de Salud, Educación y otros en el Distrito de Chincha Alta, Provincia
de Chincha;
Que, con
Informe N° 633-2019-MPCH/GAT/SGO-MARC, el Sub Gerente de Obras recomienda se
sujete dicha solicitud a las disposiciones del Sistema Nacional de Programación
y Gestión de Inversiones y se suscriba el Convenio para la FORMULACION, EVALUACION
Y EJECUCION DEL ESTADIO MUNICIPAL “FELIX CASTILLO TARDIO DE CHINCHA” sin
ninguna observación.
Que, con
Informe N° 016-2019-MPCH/GM/OPMI-KAQE, la encargada de la Oficina de
Programación Multianual de Inversiones, concluye que, de acuerdo a los
antecedentes, se comunica la NO existencia de Proyecto con la denominación
Estadio Municipal Félix Castillo Tardío de Chincha , en el PMI Institucional de
la Municipalidad Provincial de Chincha, además RECOMIENDA; que se debe
tener opinión de la Unidad Formuladora sin
ninguna observación.
Que, de acuerdo
al Informe N°049-2019-MPCH/GAT-UF, el encargado de la Oficina de la
Unidad Formuladora RECOMIENDA,: La Suscripción del Convenio estando de
acuerdo a las clausulas estipuladas en el Proyecto del Convenio con las siguiente
consideraciones:
-
Que, como naturaleza de intervención “CONSTRUCCIÓN” en
los documentos de trámite, los cuales debe plantearse de acuerdo a los
lineamientos metodológicos del invierte.pe, como “RECUPERACIÓN”.
-
Con la Suscripción del Convenio la Unidad Formuladora
de la Municipalidad Provincial de Chincha no podrá formular proyectos de
inversión con el mismo objetivo beneficiarios y ubicación geográfica.
-
A la suscripción del convenio, la Municipalidad
Provincial de Chincha deberá emitir la operación y mantenimiento del proyecto.
-
Es recomendable la ejecución del proyecto por ser de
importancia para la provincia de Chincha porque destaca en diferentes
disciplinas deportiva.
Que, con Informe N° 2993-2019-GAJ/MPCH,de fecha 18 de Septiembre
del 2019, la Gerente de Asesoría
Jurídica, señala que, del análisis del CONVENIO DE COOPERACIÓN
INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN DE
COMPETENCIA MUNICIPAL EXCLUSIVA ENTRE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Y
EL GOBIERNO REGIONAL DE ICA, debe indicarse que está suscrito conforme al
Oficio N° 167-2019-A/MPCH, por el cual la Municipalidad Provincial de Chincha
solicita al Gobierno Regional de Ica la Elaboración de Estudios, Financiamiento
y Ejecución de “Construcción del Estadio Félix Castillo Tardío”, ubicado en
Distrito de Pueblo Nuevo, Provincia de Chincha, facilitando copia Literal de la
propiedad del terreno así como también hace presente su renuncia a ser Oficina
de Programa de Inversiones-OPMI, Unidad Ejecutora y Unidad Formuladora a favor
del Gobierno Regional de Ica y que el mismo debe ser aprobado en Cesión de
Concejo Municipal conforme Acuerdo de Concejo Municipal N° 032-2019-MPCH, el
mismo que se encuentra detallado en el Oficio N° 316-2019-A/MPCH.
Consecuentemente, teniendo en cuenta que dicho proyecto tiene como finalidad
apoyar el deporte Chinchano, siendo los más beneficiados los ciudadanos de
nuestra provincia; y que se cumple todas las condiciones acordadas entre ambas
partes conforme al Informe N° 049-2019/MPCH/GAT-UF, ésta Gerencia de Asesoría
Jurídica RECOMIENDA que se derive al
Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación, siendo nuestra OPINION: Que, es favorable la
suscripción del CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMULACIÓN Y
EVALUACIÓN DEL PROYEC-TO DE INVERSIÓN DE COMPETENCIA MUNICIPAL EXCLUSIVA ENTRE
LA MU- NICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Y EL GOBIERNO REGIONAL DE ICA.
Que, en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 18 de Septiembre del 2019, se debatido la
propuesta de suscribir un Convenio de Cooperación Interinstitucional para la
Formulación y Evaluación del Proyecto de Inversión de Competencia Municipal
Exclusiva entre la Municipalidad Provincial de Chincha y el Gobierno Regional
de Ica:
Estando a lo expuesto y de conformidad con
lo establecido en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nro.
27972 y con el voto UNÁNIME de los Señores miembros del Concejo Municipal y con
la dispensa del trámite de lectura y aprobación de a presente Acta.
SE ACORDÓ:
ARTICULO
PRIMERO.- APROBAR la firma del
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LA FORMULACIÓN Y EVALUACIÓN DEL
PROYECTO DE INVERSIÓN DE COMPETENCIA MUNICIPAL EXCLUSIVA ENTRE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA Y EL GOBIERNO REGIONAL DE ICA.
ARTÍCULO
SEGUNDO.- AUTORIZAR al Señor
Armando Huamán Tasayco Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Chincha, para que pueda suscribir el referido convenio.
ARTÍCULO TERCERO.- DESIGNAR
al (e) de la Oficina de la Unidad Formuladora y la Sub gerencia de Obras de la Municipalidad Provincial de Chincha
para realizar el seguimiento a los objetivos y cumplimiento del compromiso de
dicho Convenio, debiendo informar al
Concejo del resultado de las acciones desarrolladas del referido Convenio.
ARTÍCULO
CUARTO.-
Publicar y Difundir el presente Acuerdo Municipal en el Portal Web
Institucional, y a las Unidades Orgánica de la Municipalidad Provincial, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 44 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
REGÍSTRESE
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Armando
Huamán Tasayco
Alcalde
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