MARTES 30 DÍA NO LABORABLE A NIVEL NACIONAL
Por Decreto Supremo N° 124-2019-PCM
de fecha 13 de julio último, ha sido declarado Jornada y día no laborable a nivel
de Lima Metropolitana y la provincia Constitucional del Callao para los trabajadores de los sectores público y privado los días viernes 26 y sábado 27 de
julio.
En el artículo 1 de dicho Decreto
Supremo indica
1.1. Declárase jornada no laborable
sujeta a compensación, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional
del Callao, para los trabajadores de los sectores público y privado, desde las
12:00 horas hasta las 23:59 horas del día viernes 26 de julio de 2019.
1.2. Declárase día no laborable sujeto a
compensación, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del
Callao, para los trabajadores de los sectores público y privado, el día sábado
27 de julio de 2019.
1.3. Para los fines tributarios, las
horas dejadas de laborar son consideradas hábiles.
Asimismo en su artículo 2° indica la
forma en la que serán compensadas las horas dejadas de laborar.
En el sector público, la jornada y
el día no laborados se compensan en los quince (15) días inmediatos
posteriores, o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad
pública, en función de sus necesidades.
En tanto que en el sector privado y
en las empresas del Estado, la forma en que se hace efectiva la recuperación de
las horas y el día dejados de laborar se determina mediante acuerdo entre el
empleador y sus trabajadores; a falta de acuerdo decide el empleador.
La recuperación de las horas y de
los días no laborados se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el
descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso, el tiempo de
trabajo que comprende la recuperación de horas puede ser mayor al periodo
dejado de laborar.
Cabe recordar que el martes 30 de
julio es día no laborable a nivel nacional en el sector público, tal
disposición fue dada mediante el Decreto Supremo N° 002-2019-PCM de fecha 3 de
enero del 2019.
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