lunes, 15 de julio de 2019

El viernes 26 y sábado 27 de julio será no laborable para Lima y Callao




MARTES 30 DÍA NO LABORABLE A NIVEL NACIONAL

Por Decreto Supremo N° 124-2019-PCM de fecha 13 de julio último, ha sido declarado Jornada y día no laborable a nivel de Lima Metropolitana y la provincia Constitucional del Callao para los  trabajadores de los sectores público  y privado los días viernes 26 y sábado 27 de julio.
En el artículo 1 de dicho Decreto Supremo indica
1.1. Declárase jornada no laborable sujeta a compensación, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los sectores público y privado, desde las 12:00 horas hasta las 23:59 horas del día viernes 26 de julio de 2019.
 1.2. Declárase día no laborable sujeto a compensación, a nivel de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, para los trabajadores de los sectores público y privado, el día sábado 27 de julio de 2019.
1.3. Para los fines tributarios, las horas dejadas de laborar son consideradas hábiles.
Asimismo en su artículo 2° indica la forma en la que serán compensadas las horas dejadas de laborar.
En el sector público, la jornada y el día no laborados se compensan en los quince (15) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el Titular de cada entidad pública, en función de sus necesidades.
En tanto que en el sector privado y en las empresas del Estado, la forma en que se hace efectiva la recuperación de las horas y el día dejados de laborar se determina mediante acuerdo entre el empleador y sus trabajadores; a falta de acuerdo decide el empleador.
La recuperación de las horas y de los días no laborados se sujeta a parámetros de razonabilidad y no afecta el descanso semanal obligatorio del trabajador. En ningún caso, el tiempo de trabajo que comprende la recuperación de horas puede ser mayor al periodo dejado de laborar.
Cabe recordar que el martes 30 de julio es día no laborable a nivel nacional en el sector público, tal disposición fue dada mediante el Decreto Supremo N° 002-2019-PCM de fecha 3 de enero del 2019.

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