miércoles, 19 de junio de 2019

Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur - Ica Condenó a diez años por delito de Violación Sexual de persona en incapacidad para resistir


ADEMÁS ORDENARON LA UBICACIÓN, CAPTURA Y RECLUSIÓN DEL
SENTENCIADO RICARDO JAVIER PALACIOS ALCA
El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur – Ica, integrado por los señores Jueces Roberto Carlos Estela Vitteri (Presidente), Mao Yasser Monzón Montesinos (Director de Debates)y Jorge Armando Bonifaz Mere, condenaron a DIEZ AÑOS de Pena privativa de Libertad Efectiva a Ricardo Javier Palacios Alca, por el delito de Violación Sexual de Persona en Incapacidad para Resistir, en agravio de L.C.R.V.
Se atribuye al acusado Palacios Alca, haber tenido acceso carnal  con la agraviada, luego de haberla puesto en un estado inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, hechos ocurridos el día  02 de octubre del 2014, en el local “Los Palacios”, ubicado frente a la Universidad Privada San Juan Bautista, donde luego de haber bebido alcohol la agraviada pierde el conocimiento lo que es aprovechado por el acusado para tener acceso carnal, y al recobrar la conciencia la agravia-da, el acusado estaba a su lado, quien la amenazó que no contara lo sucedido por que iba a matar a su padre.
El referido Colegiado, ordenó la inmediata ubicación, captura y reclusión del sentenciado en el establecimiento penal que designe el INPE para el cumplimiento de la sentencia.
Asimismo, se estableció el monto por concepto de REPARACIÓN CIVIL la suma de DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 2,000.00), que deberá pagar el sentenciado a favor de la parte agraviada. Asimismo el Tratamiento Terapéutico del sentenciado por el término de la condena
Del veredicto se tiene que la conducta del sentenciado se encuentra tipificada en el artículo 171 del Código Penal: “El que tiene acceso carnal con una persona por vía vaginal, anal o bucal, o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, después de haberla puesto en estado de inconsciencia o en la imposibilidad de resistir, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años.
Ica, 18 de junio del 2019
Oficina de Imagen Institucional - Corte Superior de Justicia de Ica

Magistrado del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Sur - Ica

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